"Un grupo de magistrados propone 18 medidas para frenar los
desahucios y critican el "extremadamente agresivo" procedimiento
español de ejecución hipotecaria, creado en 1909 para dar gusto a los
bancos:
1. Determinar el concepto de deudor hipotecario de buena fe, como
sujeto de aplicación de medidas excepcionales en la materia. Serían sólo
afectados por ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o locales
de negocio.
2. Elevación del denominado umbral de exclusión para
flexibilizar los requisitos estrictos que establece el Código de Buenas
Prácticas aprobado por el Gobierno.
3. Regulación imperativa en determinadas circunstancias de la dación en pago.
4.
Establecimiento de un régimen especial en el caso de ejecuciones
hipotecarias de viviendas habituales o locales de negocio, en el sentido
postulado por el Defensor del Pueblo.
5. Limitar los intereses
moratorios, prohibiendo que sean superiores en 2,5 veces al interés
legal del dinero en caso de descubierto.
6. Modificación del
procedimiento de ejecución hipotecaria para que deje de ser un
prigilegio procesal de los bancos, reconduciéndolo a las normas
geneerales de la ejecución ordinaria, aumentando así los motivos de
oposición a la ejecución (pago, nulidad o prescripción).
7.
Atribución de facultades al juez para acordar moratorias que dejen en
suspenso el pago de las cuotas hipotecarias, si concurren circunstancias
excepcionales
8. Revisión legal del concepto de fuerza mayor y
redifinición de la cláusula que permita suspender el cumplimiento de
obligaciones por el deudor cuando las circunstancias se lo impidan por
motivos ajenos a su voluntad.
9. Modificar el régimen de tasación de viviendas, a realizar por expertos independientes.
10.
Elevar el porcentaje de adjudicación al acreedor (actualmente es del 60
por ciento del valor de tasación), ya que la Ley hoy permite al banco
adjudicarse bienes por valor notoriamente inferior al real.
11.
Establecimiento de periodos de carencia en la amortización del capital
de forma obligada y no voluntaria de los bancos como dice el Código de
Buenas Prácticas.
12. Potenciación de subastas por Internet para mejorar las adjudicaciones y el número de interesados en pujar.
13. Regular un procedimiento concursal específico para personas físicas que puedan paralizar ciertas ejecuciones.
14.
Ampliar los supuestos en que el deudor puede continuar usando la
vivienda habitual o local de negocio satisfaciendo un canon mediante
arrendamiento, leasing u otras fórmula jurídicas.
15. Limitar gastos en caso de mora.
16.
Ampliar la posibilidad de que el deudor pueda poner fin a la ejecución
pagando las deudas y rehabilitando el préstamo, ya que actualmente sólo
se puede usar esa posibilidad una vez cada cinco años.
17. Mediación previa o simultánea obligatoria en las ejecuciones hipotecarias.
18. Crear Comisiones Mixtas de Administrción, banca y consumidores para favovecer soluciones negociadas." (Público, 24/10/2012)
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