“La coordinadora del CADTM en Bélgica, Cécile Lamarque, reivindica los derechos humanos para que no se pague la deuda ilegítima
Se nos dice que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades”,
pero ¿a qué responde realmente el aumento de la deuda externa, sea
pública o privada?
Primero, al “alza explosiva” de los tipos de
interés en la década de los 80, coincidiendo con la llegada al gobierno
de Reagan en Estados Unidos y Thatcher en Gran Bretaña; además, a la
aprobación de sucesivas contrarreformas fiscales para el beneficio de
los grandes patrimonios y las rentas más altas, que han menguado los
ingresos estatales; a dos tratados, primero el de Maastricht y después
el de Lisboa, que fuerzan a los estados a financiarse en los mercados
internacionales en lugar de hacerlo a través del Banco Central Europeo
(BCE), a una tasa de interés muy inferior; por último, al coste de los
planes de rescate y las maniobras de las agencias de calificación
rebajando la nota de los estados. Es decir, “el endeudamiento en los
países europeos no deriva de un incremento del gasto público”, subraya
Lamarque. (...)
El pago de la deuda y los planes de austeridad ahogan a las poblaciones
del sur. Frente a lo que muchos ya califican de “austericidio”, el CADTM
propone la realización de Auditorías Ciudadanas que delimiten qué parte
de la deuda es ilegítima y, por tanto, no debe pagarse. Hay argumentos
jurídicos que avalan las alternativas al binomio recortes-pago de la
deuda.
Por ejemplo, el último informe del experto de la ONU sobre deuda
exterior, de abril de 2012, afirma que los estados acreedores y las
instituciones financieras “no deben aprovechar las crisis para imponer
reformas estructurales en los estados deudores”. También se explica en
el mismo informe que los acreedores “no deberían imponer como condición
de los préstamos o del alivio de la deuda, la aplicación de políticas
como la privatización, la capitalización, la liberación del comercio, la
desregulación de las inversiones o la liberalización del sector
financiero”.
Pero, afirma Cécile Lamarque, “la Troika impone actualmente
estas medidas a los países de la periferia europea”. (...)
Siguiendo con las razones procedentes del Derecho, la activista
recuerda que los estados “no tienen la obligación absoluta de reembolsar
una deuda; deben hacerlo si se trata de deudas contraídas por el
interés general”. Para ello, añade, puede invocarse la Carta de la ONU
(1945); la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) o la
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo (1986), entre otros textos.
El
Derecho Internacional podría convertirse en un valioso aliado, de no
ser porque las resoluciones de Naciones Unidas suelen quedarse en “papel
mojado”. Una resolución del 18 de julio de 2012 llega a afirmar que
todo estado “tiene la responsabilidad de promover el desarrollo
económico, social y cultural de la población (…) y no verse condicionado
por fórmulas específicas de políticas económicas externas”.
En otros
casos, los estados pueden alegar motivos de fuerza mayor que les
imposibilitan pagar las deudas. Según el Derecho Internacional, los
estados también pueden ampararse en el “estado de necesidad” (“peligro
para la existencia del estado y para su supervivencia política y
económica”). Afirma Cécile Lamarque que Grecia podría invocar este
principio para no reconocer parte de la deuda con los acreedores
internacionales.
En los países de la periferia europea podría
asimismo aplicarse el criterio sostenido por el experto de la ONU sobre
deuda externa en su último informe: “cuando por causas ajenas a la
voluntad del estado prestatario cambien las circunstancias, puede
justificarse una moratoria de la deuda”. ¿Cuáles serían estas
circunstancias?
Por ejemplo, según la activista del CADTM, el incremento
de los tipos de interés que se duplicaron en el periodo 2010-2011
respecto a 2008-2009. Otras veces el arsenal jurídico contra la deuda
requiere de menos pormenores. Basta con invocar los principios generales
del derecho internacional cuando se refieren a la “equidad”, “buena
fe”, “abuso de derecho” o “fraude”. (...)
Deudas ilegítimas por condicionalidades vinculadas a los préstamos. Éste
es uno de los criterios con mayor potencial de materialización hoy en
la Unión Europea. La deuda de los países de la periferia se halla
íntimamente ligada a las políticas de austeridad e incluso a la
imposición de gobiernos “títeres” (caso de Italia y Grecia).
Lamarque
también señala la posibilidad de declarar ilegítimo el endeudamiento
producido por la compra de material militar (el ejemplo griego). O el
derivado de la construcción de infraestructuras y grandes proyectos que
afecten a las poblaciones y al medio ambiente. (...)
En el mismo libro se citan otras muestras de resistencia. Tras el pánico
financiero de 1837, los estados de Mississippi, Arkansas, Florida y
Michigan repudiaron la deuda pública contraída con inversores
extranjeros. Se adujo que estas inversiones no habían producido
beneficios. (...)
En 2010 y 2011 los ciudadanos islandeses decidieron mediante
referéndum oponerse al reembolso de la deuda exterior, así como llevar a
juicio a los gobernantes responsables.
Rafael Correa en Ecuador
(2008) dejó de pagar, tras la realización de una auditoría con
participación de los movimientos sociales, parte de la deuda exterior
con la banca privada.
Éste es uno de los grandes paradigmas aunque,
según Cécile Lamarque, “podría haber llegado más lejos”. Grecia, Italia,
Irlanda, Francia, Bélgica, Irlanda, Inglaterra, Portugal, España,
Túnez, Grecia…Proliferan las plataformas por la auditoría de la deuda
con la implicación de la sociedad civil. Trabajan en red para coordinar
las luchas. “Porque el endeudamiento es un problema crónico del Sur, de
los países periféricos de todo el mundo”, concluye Cécile Lamarque." (Enric Llopis, Rebelión, 13/03/2013)
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