"Un Juzgado de Madrid ha condenado a Bankia a devolver a una niña de 9
años los 35.000 euros que sus padres invirtieron en su nombre en
preferentes a instancias de la entidad, que actuó con "oscuridad" y
"mala fe" al "anteponer sus intereses" ocultándoles su situación real de
"insolvencia".
La sentencia, dictada por la titular del Juzgado
de primera instancia número 87 de Madrid, considera nulo tanto el
contrato de adquisición como el canje posterior por acciones, añade a
esa cifra los intereses desde el 26 de mayo de 2009, los cuales deberán
devolver los títulos y los cupones recibidos.
Según la resolución,
los progenitores de la menor siguieron los consejos de los empleados de
Caja Madrid para adquirir preferentes bajo la creencia de que podrían
recuperar el dinero para dedicarlo a sus estudios, trabajadores que a su
vez seguían las "consignas" de sus superiores para colocar estos
productos.
Dicha operativa "obedecía a una nueva política de
captación de recursos propios" iniciada por la entidad pero, en lugar de
comunicar con "lealtad, claridad, transparencia y advirtiendo de esas
circunstancias a los clientes, se limitó a ofertarles" preferentes con
la atracción de la mejor rentabilidad.
"La ocultación de la real
motivación de la emisión de estas participaciones preferentes (que
previamente habían sido rechazadas por inversores más avezados y
profesionalizados)", dice la juez, llevó a los demandantes a firmar un
contrato que "no responde a la verdadera finalidad o causa por la que
creían estaban contratando".
Así, estima que si se hubiera
explicado "realmente" esas circunstancias a sus clientes, "es posible
que la situación de afectación social no hubiera sido tan masiva".
Por
ello, señala que Bankia "obró con total oscuridad, con mala fe,
anteponiendo sus propios intereses a los de sus clientes" al ocultar
"los riesgos de insolvencia cierta" en que se hallaba y haciendo
"partícipes forzosos" de esa situación a los demandantes, representados
por el despacho Castañeda.
Así, subraya que la entidad no les
informó de que los estaba "convirtiendo en tales dadores forzosos, a
sabiendas" de que estaba captando recursos propios de inversores "cuya
voluntad no era convertirse en accionistas o partícipes del riesgo y
ventura societaria", sino invertir en productos seguros.
También cree probado que, tal y como alegaron los afectados, los test de
conveniencia se le entregaban ya rellenados, lo que lleva a la
magistrada a pensar que "no se adoptaron todas las medidas esenciales"
para advertirles de sus riesgos." (Finanzas.com, 14/02/2014)
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