2.2.16

El Supremo juzga improcedente el despido de una dependienta de Mercadona que regaló una pescadilla que iba a tirar

"El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que acordó la improcedencia del despido disciplinario de una empleada de Mercadona, gerente de la sección de pescadería, que regaló a una clienta una pescadilla que iban a tirar a la basura.

El 5 de octubre de 2013, el supermercado despidió por una falta laboral muy grave a la dependienta de la sección de Pescadería, que llevaba trabajando diecinueve años en Mercadona, acusándola de actuar de forma fraudulenta y con abuso de confianza por regalar a una clienta un artículo destinado a ser tratado para su destrucción.

La empresa consideró que la dependienta había incumplido el artículo 34 de su Convenio Colectivo que contempla “el robo, hurto o malversación cometidos tanto a la empresa como a los compañeros de trabajo, sea cual fuere el importe (…), la apropiación indebida de productos destinados a la basura o promoción (…)”.

 La trabajadora admitió los hechos y reconoció que actuó de ese modo para aprovechar el producto y evitar que se acabara tirando.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) confirmó la sentencia de un juzgado de lo Social de Barcelona que declaró improcedente el despido de la trabajadora al entender que en su conducta no hubo robo, hurto, malversación o apropiación indebida.

La dependienta no contabilizó uno de los productos -la pescadilla- que entregó a una clienta, porque tenía que tirarla y optó por regalarla. La sentencia resolvió que su conducta no era un robo, sino que en todo caso podría haber cometido una falta grave por desobedecer a sus superiores en el ejercicio de sus funciones. (...)"     (Públco, 20/10/2015)

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