"La desesperación de aquellas personas que siguen sin encontrar salida a
su deplorable situación económica después de años de crisis y que se ven
asfixiadas por las deudas, sumado a la pequeña subida del consumo y el
barato precio del dinero, han traído consigo un repunte de las empresas
que ofrecen dinero “rápido y fácil”. Son los conocidos como créditos rápidos o minicréditos,
que inundan los cortes publicitarios de la televisión y las marquesinas
de las calles con agresivas campañas de captación de clientes.
Los créditos rápidos, llamados así por la velocidad con la que se
conceden, son préstamos de menor importe, inferiores a 200 euros
–llamados minicréditos y que escapan a cualquier legislación– y hasta
los 6.000 euros. El plazo de devolución es otra característica singular
de estos préstamos. Algunas empresas ofrecen la posibilidad de devolver
los créditos en plazos de entre 12 y 36 meses, pero muchas de ellas,
como 1credito.es o twinero.es, ofrecen préstamos a devolver en un máximo
de 30 días.
La inmediatez en la disposición del dinero, los sistemas de
contratación a distancia (teléfono e internet) y la poca o nula
exigencia de garantía de pago son otras de las características de estos
préstamos que facilitan el acceso a personas empujadas por la urgencia o
la desesperación, que responden a impulsos consumistas, con una mayor
predisposición a no poder devolver el dinero, o a colectivos más
desprotegidos, excluidos por el sistema bancario tradicional y sin
capacidad de defenderse ante los abusos cometidos por estas empresas por
un posible impago o demora.
Intereses del 2.000% TAE
Pero, sin duda, lo más llamativo, a la vez que peligroso, son los
tipos de interés que ofertan estas empresas. Los intereses, comisiones y
penalizaciones de muchas de estas compañías multiplican en cientos de
veces los tipos de interés de los préstamos al consumo que comercializan
en la banca tradicional o del precio actual del dinero. (...)
Si los tipos de interés que ofertan estas compañías no fueran lo
suficientemente altos de por sí, las penalizaciones y recargos aplicadas
a los retrasos en los pagos terminan de encarecerlos de manera
exorbitada. Algunas empresas, como Cashper, cargan con 20 euros de comisión el retraso en un pago, aunque éste sea de un solo día. A esto se le suman las “comisiones por informar” del retraso que cobran muchas de estas empresas. Cobros de 20 euros por el simple hecho de enviar al cliente un SMS avisando del impago o 35 euros por el envío de un SMS, una carta y un email.
Según un estudio realizado por la asociación de clientes de la banca Adicae sobre el crédito no hipotecario en España, las penalizaciones por impago pueden multiplicar los costes del préstamo,
como ocurre con la empresa Vivus.es, que obliga al cliente, en caso de
impago al vencimiento de una cuota, a pagar una penalización por mora de
un 1% diario de la cantidad pedida.
En Kredito24, si el retraso en la
devolución es de un día, los intereses y gastos supondrán un 20% más, y
de esta forma correlativamente hasta alcanzar el 45% si el plazo
transcurrido es de 20 días. En el caso de Creditomovil, pasados tres
días desde la fecha de vencimiento, tendrá un coste adicional de 10
euros. Transcurridos 10 días, ese coste adicional será de 15 euros a
sumar a los 10 del paso anterior, y así sucesivamente; cantidades
exorbitadas comparadas con los importes de los préstamos. (...)
Las penalizaciones económicas no son los únicos abusos que pueden
sufrir los clientes en caso de demora o impago. En un estudio realizado
por la Cooperativa de Investigación Social y de Mercado Indaga Research
para la Asociación General de Consumidores, los clientes de créditos
rápidos entrevistados narran las agresivas técnicas de recobro que usan
estas empresas.
“Cuando tienes un retraso son capaces de llamarte cada hora mediante un sistema de marcado automático”, dice uno de ellos. Otro cliente explica que “hubo
un momento de cartas con amenazas. Llegaban a llamar a mi familia, la
localizaban, llamaban a mis padres y llegaron a llamar a mi hermano, que
vive al lado de mis padres, sólo por tener el mismo apellido que yo”, lo que supone una posible infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Además, aprovechando la urgencia y desesperación de muchos de los
clientes que acuden a este tipo de servicios, las empresas que
comercializan estos préstamos eluden la obligación de información y
transparencia. Según un sondeo realizado por Adicae entre sus socios en
2015, el 68% de los encuestados que accedieron al crédito rápido afirmaban que no fueron informados con claridad y sencillez
de las condiciones.
El 56,3% afirmó que no conoce las consecuencias de
no pagar el crédito y el 64% tuvo problemas con la contratación del
mismo, porque la explicación fue difusa y porque había cláusulas que les
parecieron abusivas.
¿Quién los controla?
Los créditos rápidos no cuentan con una definición legal, ni
regulación o tratamiento específico. Muchas de las compañías que los
comercializan son entidades no financieras, por lo que escapan a la
regulación del Banco de España. También a la de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, ya que no son sociedades cotizadas. (...)
Usura
La Ley Azcárate de 1908, todavía vigente, sobre la usura indica que será cancelado todo contrato con “un
interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente
desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales
que el crédito resulte leonino por las circunstancias de angustia o
similar en la que se concedió”, pero no establece un tipo de interés concreto.
Esta ley, declaran desde Adicae, “es
muy ambigua y la realidad nos muestra que en caso de conflicto hay que
acudir a la jurisprudencia y al análisis del caso por caso, con el
perjuicio que este enfoque individualista conlleva para la defensa de
los consumidores, en lugar de regularla de forma clara y con una
solución general y colectiva”. (El Salmón contracorriente, 27 de septiembre de 2016, Yago Álvarez )

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