3.2.15

La auditoría podrá emitir una opinión argumentada acerca de la legalidad, la ilegitimidad e incluso la nulidad de la deuda contratada por Grecia con la troika

"(...) Algunos elementos clave que la realización de la auditoría podría sacar a la luz:

(...) A partir de 2010 y hasta 2012 los créditos concedidos por la troika a Grecia sirvieron en gran parte para rembolsar a los acreedores durante ese período, a saber, los bancos comerciales de las principales economías de la UE, comenzando por las entidades alemanas y francesas. 

 Cerca del 80% de la deuda griega en 2009 estaba en manos de bancos comerciales de países de la UE. Entre estos, solo los bancos alemanes y franceses mantenían en torno al 50% del total de títulos públicos griegos.

Una auditoría de la deuda griega mostrará que los bancos comerciales europeos aumentaron con intensidad sus créditos a Grecia entre finales de 2005 y 2009 (los créditos se incrementaron en más de 60.000 millones de euros, pasando de 80.000 millones a 140.000 millones) sin considerar la capacidad de Grecia para devolverlos. Los bancos actuaron de manera temeraria, convencidos de que las autoridades europeas vendrían en su auxilio en caso de problema. 
Como ya se ha indicado más arriba, la auditoría mostrará que el presunto plan de rescate a Grecia, puesto en marcha por las autoridades europeas con la ayuda del FMI, ha permitido en realidad que los bancos de algunos países europeos con un peso decisivo en las instancias europeas continúen recibiendo los reembolsos de Grecia transfiriendo el riesgo a los Estados a través de la troika.

 No es Grecia quien ha sido rescatada, sino un puñado de grandes bancos comerciales europeos implantados principalmente en los países más fuertes de la UE. 

Los bancos comerciales han sido así pues reemplazados por la troika, que ha pasado a ser el principal acreedor de Grecia desde finales de 2010. 

La auditoría analizará la legitimidad del plan de rescate. ¿Resulta este conforme a los tratados de la UE (principalmente el artículo 125, que prohíbe a un Estado miembro hacerse cargo de los compromisos financieros de otros Estados miembros)? 

Los prestamistas públicos en 2010 (es decir, los 14 Estados miembros que concedieron préstamos a Grecia por un total de 53.000 millones de euros, el FMI, el BCE, la Comisión Europea, etc.), ¿han respetado el principio de autonomía de la voluntad del prestatario, a saber Grecia? 

¿O se han beneficiado de su angustia ante los ataques especulativos de los mercados financieros para imponerles contratos que van en contra de su propio interés? Estos prestamistas, ¿han impuesto condiciones leoninas, sobre todo al exigir para su devolución tipos de interés exagerados?

Se trata asimismo de auditar la acción del FMI. Sabemos que en el seno de la dirección del Fondo varios directores ejecutivos (el brasileño, el suizo, el argentino, el indio, el iraní, el chino, el egipcio) mostraron sus grandes reservas con respecto al préstamo acordado por el FMI, afirmando sobre todo que Grecia no sería capaz de devolverlo dadas las políticas que le eran impuestas. 

El gobierno griego, ¿solicitó a la administración encargada de las estadísticas, en connivencia con el anterior director gerente del Fondo, falsear los datos exactos a fin de presentar un boletín sobre la salud financiera del país tan malo que permitiera al FMI poner en marcha un plan de rescate? Varios altos funcionarios griegos así lo afirman. 

¿Ha sobrepasado el BCE de manera grave sus prerrogativas al exigir al Parlamento griego que legislara sobre el derecho de huelga, la Sanidad, el derecho de asociación, la educación y la legislación sobre la fijación de salarios? (...)

En marzo de 2012, la troika organizó una reestructuración de la deuda griega que fue presentada en su momento como un éxito. Recordemos que el entonces primer ministro, Yorgos Papandréu, anunció a principios de noviembre de 2011, en la víspera de una reunión del G-20, su intención de convocar un referéndum para febrero de 2012 sobre esa reestructuración de la deuda preparada por la troika. 

Ante la presión de esta, aquel referéndum jamás tuvo lugar y se le retiró el derecho al pueblo griego a pronunciarse sobre las nuevas deudas. Los grandes medios de comunicación dieron eco al discurso de que la reestructuración permitía reducir la deuda griega en un 50%.

 En realidad, esta deuda es mayor en 2015 que en 2011, el año previo a la gran anulación del supuesto 50%. La auditoría mostrará que esta operación de reestructuración, que constituye una vasta superchería, estaba vinculada a la profundización de las políticas contrarias al interés de Grecia y de su población.

La auditoría deberá evaluar si las estrictas condiciones impuestas por la troika a Grecia en contraprestación a los créditos constituyen una violación de una serie de tratados y convenciones que han de ser respetados tanto por los acreedores como por el prestatario, Grecia. 

El profesor de Derecho, Andreas-Fischer-Lescano, comisionado por la Cámara de Trabajo de Viena demostró de manera irrefutable que los programas de la troika son ilegales en virtud del derecho europeo y del derecho internacional. 

Las medidas definidas en los programas de ajuste a los que Grecia fue sometida y las políticas concretas que son la consecuencia directa de ello violan una serie de derechos fundamentales, tales como el derecho a la sanidad, a la educación, a la vivienda, a la Seguridad Social, a un salario justo, pero también a la libertad de asociación y a la negociación colectiva.(...)

La auditoría determinará si, como exige el Reglamento (UE) nº 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 21 de mayo de 2013, antes citado, el "programa de ajuste macroeconómico respeta plenamente el artículo 152 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 28 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea".

 La auditoría debe verificar igualmente si ha sido respetado el siguiente pasaje del Reglamento: "Los esfuerzos de consolidación presupuestaria establecidos en el programa de ajuste macroeconómico tendrán en cuenta la necesidad de garantizar recursos suficientes para las políticas fundamentales, como la educación y la salud." 

Se trata asimismo de verificar si se ha aplicado este principio fundamental del Reglamento: "En el artículo 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se dispone que, en la definición y ejecución de sus políticas y actividades, la Unión tendrá en cuenta las exigencias relacionadas con la promoción de un nivel de empleo elevado, con la garantía de una protección social adecuada, con la lucha contra la exclusión social y con un nivel elevado de educación, formación y protección de la salud humana." 

Se trata de contraponer esto con el informe de evaluación de la puesta en marcha del segundo programa de ajuste estructural, publicado en abril de 2014, por los servicios competentes de la UE y en el que los autores se felicitan de la reducción de un 20% de los empleos públicos griegos.

 En el recuadro titulado "relatos de logros del programa de ajuste económico" (Success stories of the Economic Adjustment Programme) se puede leer que las reformas del mercado laboral han permitido reducir el salario mínimo legal y que se han suprimido 150.000 empleos en la Administración Pública (decrease in general government employement by 150,000, p. 10). 

La auditoría deberá demostrar que las medidas dictadas por los acreedores constituyen regresiones manifiestas en el ejercicio de los derechos humanos fundamentales y la violación flagrante de una serie de tratados. 

 Se pueden identificar importantes irregularidades. En consecuencia, la comisión encargada de la auditoría podrá emitir una opinión argumentada acerca de la legalidad, la ilegitimidad e incluso la nulidad de la deuda contratada por Grecia con la troika."                                    (Éric Toussaint , CADTM, en Rebelión, 22/01/2015)

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