4.1.11

El agujero inmobiliario español

"En el caso español, el endeudamiento de empresas no financieras ocupa la primera plaza de las grandes economías. Solo países con mucho menor peso económico, como Irlanda o Portugal, están por encima.

Del endeudamiento de las sociedades no financieras, una parte corresponde a la financiación de grandes multinacionales españolas. Sin embargo, otra parte está enterrada en el sector inmobiliario español. Esta es la parte preocupante. (...)

El endeudamiento de las familias españolas no alcanza la importancia relativa del endeudamiento empresarial en el ranking internacional. Con una proporción en torno al 87% del PIB, está claramente por debajo del Reino Unido o EE UU, aunque haya superado con creces la media de la eurozona (alrededor del 62%).

El principal problema del endeudamiento familiar español no es, por tanto, su nivel, sino la rapidez con la que ha crecido y la inadaptación de la legislación española para resolver situaciones de elevado endeudamiento familiar.

Aunque la morosidad hipotecaria de las familias se encuentra en límites manejables (2,58%), el número de ejecuciones hipotecarias se está acelerando: el año pasado fueron 93.319, y este año, solo en el primer semestre, ya alcanzaban las 51.975.

Estas cifras infravaloran el problema, puesto que una petición puede suponer la subasta de varios inmuebles, si bien es cierto que la estadística incluye no solo familias. El número de ejecuciones del primer semestre de 2010 es similar al de todo el año 2008 y representaría un 23% de las compraventas del primer semestre de 2010 si cada ejecución fuera un inmueble.

¿Qué pueden hacer las familias para rebajar o hacer frente al sobreendeudamiento? (...)

Una segunda posibilidad es declarar una suspensión de pagos. En este tema, el rápido crecimiento del endeudamiento familiar ha pillado fuera de juego al legislador. A diferencia de otros países con una larga tradición de fuerte endeudamiento familiar como EE UU, en España no existe una legislación concursal adecuada para las familias. (...)

La tercera solución es la modificación de las condiciones hipotecarias. En Estados Unidos, donde los embargos se cuentan por millones, el Gobierno puso en marcha en marzo de 2009 el programa Consigue que tu vivienda sea asequible (Making home affordable) para favorecer la modificación de créditos hipotecarios y evitar embargos. (...)

En el caso español se puso en marcha una moratoria hipotecaria en marzo de 2009 para que los desempleados con una hipoteca de menos de 170.000 euros pudieran dejar de pagar el 50% de la cuota hipotecaria, con un máximo de 500 euros, durante tres años y a devolver en 15 años.

La moratoria española ha sido un rotundo fracaso: hasta junio de 2010 se ha utilizado únicamente el 1,3% del total disponible en la línea ICO (6.000 millones). (...)

En principio, los bancos deberían estar interesados en una modificación, puesto que intentan evitar aumentos en la tasa de morosidad por sus efectos sobre los ratings, y una ejecución hipotecaria implica normalmente la pérdida de en torno al 50% del valor del bien. (...)

La cuarta fórmula para hacer frente al sobreendeudamiento hipotecario es la dación en pago: devolver la vivienda y saldar la deuda... En la actualidad, los productos hipotecarios en España son generalmente préstamos personales con garantía hipotecaria.

Esto quiere decir que si el cliente no puede pagar y devuelve una vivienda cuyo valor de mercado es inferior a la deuda (según Standard & Poor's, esto ya sucede en un 8% de las hipotecas españolas), aún debe la diferencia.

No parece conveniente cambiar las reglas del juego a estas alturas para las hipotecas ya concedidas. Si los contratos incluyen cláusulas abusivas, hay que denunciarlas, pero la condición básica del contrato es clara y conocida.

El argumento de que en otros países los préstamos hipotecarios son diferentes puede servir para pensar en cambios futuros, pero no para alterar la naturaleza de las hipotecas ya concedidas. Es cierto que las entidades financieras están aceptando daciones de empresas inmobiliarias para evitar apuntar esos créditos como morosos.

Pero la tasa de morosidad de las familias es cuatro veces menor que la correspondiente tasa de las inmobiliarias, por lo que hay menos incentivos a aceptar daciones de particulares. (...)

En resumen, no parece razonable aceptar la dación en pago, vinculada a hipotecas ya concedidas, como fórmula obligatoria o impuesta judicialmente.

El impacto de esta medida sobre los balances bancarios podría provocar que los beneficios para las familias sobreendeudadas se transformaran, siguiendo la doctrina imperante en la actualidad, en costes para todos los contribuyentes.

En el futuro se podría pensar en hipotecas a la americana. Para las hipotecas ya firmadas por familias que se encuentran en situación de estrés financiero se debe pensar en modificaciones hipotecarias." (JOSÉ GARCÍA MONTALVO: Devolver el piso y saldar la hipoteca. El País, Negocios, 02/01/2011, p. 13)

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