"Introducción
La organización de un proceso de ruptura
monetaria tiene cierta complejidad operativa, en primer lugar porque
hay una serie de cuestiones jurídicas y legales a las que hay que
atender y, en segundo lugar, porque genera temores a devaluaciones de la
moneda, procesos inflacionistas, quiebras y defaults, etc…
Hay gente que piensa que, si España abandona el euro, mañana la luz no se encendería al darle al interruptor.
Sin
embargo, tenemos mucha experiencia en el proceso de introducir una
nueva moneda. ¿Recordamos que hace apenas tres lustros sustituimos la
peseta por el euro? Ese proceso ocurrió sin incidentes. Volver a las
divisas nacionales no tiene por qué ser tan complicado como nos quieren
vender los partidarios del euro.
En los próximos párrafos abordamos
únicamente el caso sencillo de una salida unilateral de la economía
española. No nos ocupamos del caso de una disolución acordada de la
moneda común ni el de una salida simultánea de varios países. Sin
embargo creo que muchas de las soluciones serían válidas para todos los
escenarios citados.
1º Introducción de la nueva moneda
La moneda que emite el estado no es más que un crédito fiscal. La gente demanda la moneda del estado porque sirve para pagar los impuestos que impone el estado. El gasto público pone la moneda en manos del público. Los impuestos sirven para retirar la moneda y son el mecanismo que le da valor a la moneda. Este es el funcionamiento de un sistema de circulación fiduciaria.
Por tanto, la introducción de una nueva
moneda es algo tan sencillo como anunciar que, en adelante, todos los
impuestos se pagarán en nuevas pesetas, reales, escudos, pesos,
maravedíes o como quiera que se llame la nueva moneda.
Para evitar la toma de posiciones de los
agentes, la salida se debe anunciar por sorpresa, con los bancos ya
cerrados durante el fin de semana, y ser aprobada mediante una reunión
de urgencia de las Cortes.
Los tratados europeos no contemplan
ningún mecanismo de salida del euro porque los autores del tratado
pretendían que la moneda común fuera irreversible. Nos queda el artículo
50 del TUE, que permite a un estado retirarse voluntariamente de la UE.
Pero, si no queremos salir de la UE, debe plantearse como un acto de
recuperación de soberanía. España debería agarrarse a dos tipos de
argumentos jurídicos.
En primer lugar, podría argüir que los tratados
sobre la unión monetaria le causan unas dificultades económicas que
tienen un coste insoportable. A la luz de las escandalosas tasas de
desempleo, crecimiento de la pobreza y caídas de la producción creo que
el argumento es incuestionable.
En segundo lugar, podría alegar
incumplimientos de los tratados por parte de un BCE, que no actuó a
tiempo para asegurar la estabilidad financiera pues no evitó una masiva
fuga de depósitos en 2011 y que se extralimitó en sus competencias al
chantajear al gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero con la carta
confidencial que le envió Jean Claude Trichet en 2010.
2º Tipo de cambio fluctuante
Se anunciará un tipo de cambio de paridad 1:1 con el euro para evitar el problema del redondeo. En adelante la nueva moneda fluctuará libremente. Empeñarse en mantener un tipo de cambio fijo en una economía con tendencia a incurrir en déficits comerciales solo puede hacerse con tipos de interés elevados y altas tasas de desempleo
3º Tratamiento de la deuda pública
En aplicación de la lex monetae se redenominará la deuda pública en la nueva moneda al tipo de cambio 1:1. Esto equivale a una reestructuración de deuda que, en lugar de colocar a los acreedores en contra de la posición del gobierno, como en el caso de que tuvieran que asumir una quita, les alinea para que, en la medida de sus posibilidades, actúen para sostener el tipo de cambio, ya que, a partir del mismo momento de la redenominación, pasará a ser flotante.
Se
puede pedir la apertura de una línea de swap de euros ilimitada y
temporal al BCE para que éste, siendo acreedor de deuda pública
nacional, en su interés de minimizar las perdidas por la redenominación,
actué como freno a la depreciación de la nueva moneda con respecto al
euro.
4º Restablecimiento del Banco de España como banco emisor nacional de la nueva moneda
Se reclamaría al BCE la devolución de las aportaciones que se hicieron al capital inicial de esa entidad a prorrata de la participación del Banco de España en el actual.[1] El nuevo banco nacional se hará cargo de lo reintegrado. El nuevo banco central recapitalizará los bancos que lo necesiten con la nueva moneda y pondrá en marcha un sistema de compensación de pagos de forma inmediata.
5º No se obligará a los ciudadanos a convertir sus depósitos en euros a la nueva moneda
Los depósitos bancarios no se redenominarán obligatoriamente en la nueva moneda para evitar tanto una gran oferta inicial de esta, como para que el ritmo de cambio sea decidido por los agentes privados a medida que la necesiten para pagar impuestos y realizar otras operaciones dentro del país. Sería conveniente que la introducción de la nueva moneda coincidiera con el inicio de una campaña de recaudación lo que incrementaría la demanda inicial de la misma.
Los depósitos que voluntariamente se redenominen
tendrán una cobertura por el fondo de garantía de depósitos del 100% en
la nueva moneda. El resto de contratos bajo jurisdicción nacional se
redenominarán en la nueva moneda.
6º Se establecerán controles de capitales y control de cambios de manera transitoria
El objetivo es impedir fugas de depósitos al extranjero de carácter especulativo que puedan obligar a recapitalizar los bancos. Pero no es necesario cerrar los bancos ni establecer un “corralito”. El resto de las transacciones bancarias deben seguir realizándose con total normalidad.
7º Aspectos jurídicos
Los aspectos operativos anteriormente citados pueden entrar en conflicto con la legislación europea en cuanto a los siguientes asuntos:
A) Al declarar que el Estado solo
aceptará y realizará pagos en la nueva moneda ¿el euro dejará de tener
la consideración de moneda de curso legal siendo la nueva la que ostente
ese estatus de forma exclusiva?
Según los tratados de la UE “Los
billetes de banco emitidos por el BCE y los bancos centrales nacionales
serán los únicos billetes de banco de curso legal dentro de la Unión”.
Si bien está claro que el estado puede imponer que todos los pagos y
cobros se realicen en su moneda, ¿plantearía problemas en los pagos
entre los agentes privados en el interior?
B) Los poderes sobre política monetaria
que conceden los tratados y el estatuto del BCE dejarían de tener efecto
sobre el territorio nacional en el momento de la introducción de la
nueva moneda aunque no haya una previa declaración de salida del euro.
¿Qué efectos, tanto legales como políticos, tendrían siempre que el euro
siga existiendo tras la salida? Sin procedimiento regulado de salida de
la eurozona, ¿es posible y legal que el BCE ponga inconvenientes a la
recuperación del capital inicial del BCE y las reservas en divisas que
en su día se aportaron? Siendo razonable desde el punto de vista
económico que el BCE facilitara una línea swap al nuevo banco emisor
puede que se negara desde el punto de vista político (ya hemos
presenciado este tipo de comportamiento con los rescates a Irlanda
Grecia Portugal etc…).
C) En el caso de que la salida se
hiciera en contra de los deseos de los restantes miembros de la eurozona
¿qué medidas de represalia política podrían darse durante el proceso
aparte de los mencionados desde el BCE, como por ejemplo sobre la unión
aduanera o la supresión de controles en frontera?
8º Estabilidad de precios
La amenaza de una hiperinflación es un espantajo agitado frecuentemente por los partidarios del euro. Pero, el factor que determina si hay inflación es que la demanda agregada supere la capacidad de producción real de la economía.
Con una tasa de desempleo del 23% y con un índice de producción
industrial que todavía se encuentra al 80% del nivel de 2006 es más que
dudoso que la economía no tuviera capacidad real para atender un
crecimiento de la demanda. Si empezamos a tener problemas de inflación
es que la salida del euro ha sido exitosa en acabar con el desempleo.
En segundo lugar, hay que ser consciente
de que la moneda es un monopolio del estado. Todo monopolista tiene la
potestad de fijar el precio. Por tanto, si se aplican políticas de gasto
no inflacionistas no tiene por qué haber inflación. Para evitar la
inflación basta con tener un buen sistema tributario que drene liquidez
excesiva sobre todo si nos encontramos cerca del pleno empleo.
El estado
puede además favorecer procesos de compra pública que favorezcan menos a
los grandes oligopolios (el capitalismo de amiguetes con sus
sobrecostes de la corrupción).
Si, como pensamos, la nueva moneda no
tiene por qué devaluarse significativamente, tampoco debemos esperar que
se produzca un proceso de importación de inflación por un
encarecimiento de las importaciones.
En todo caso, este impacto en los
precios, de producirse, sería un shock único que, con una adecuada
gestión, no tiene por qué prolongarse en el tiempo.
9º Emisión de nuevas monedas y billetes
Disponemos de una Fábrica Nacional de Moneda y Timbre que puede fabricar monedas y billetes. En la página web del BCE se cuenta que antes de la introducción del euro había 15 imprentas produciendo mil millones de billetes al mes.
Por tanto una
imprenta podría imprimir 67 millones en un mes. El Banco de España dice
en su página web que la producción de billetes requerida en España para
el lanzamiento del euro fue de 1.924 millones repartidos entre las siete
denominaciones (5 €, 10 €, 20 €, 50 €, 100 €, 200 € y 500 €). Al ritmo
citado de 67 millones al mes tardaríamos 28 meses en conseguir los
billetes necesarios.
El problema de la falta de metálico
puede ser menos grave de lo que parece. El porcentaje de dinero físico
sobre la masa monetaria total hoy en día es pequeño, inferior al 8% de
la magnitud M2.
Un estudio de abril de 2011 del BCE halló que, en cerca
del 70% de las empresas de la eurozona, las transacciones en efectivo
representaban menos del 5% de su facturación. Además ya existe una
limitación de pagos en efectivo de 2.500 € por transacción.
El inconveniente de la falta de monedas y
billetes es fácil de resolver con soluciones tecnológicas. Es posible
hacer pagos de bajo importe mediante transacciones electrónicas,
aplicaciones de pago on-line, monederos electrónicos y aplicaciones para
teléfonos móviles.
El mayor problema es el uso de monedas y
billetes para las máquinas expendedoras, algunas de las cuales recaudan
para empresas públicas o concesionarias (autopistas, transportes por
ferrocarril etc…).
Es necesario preparar un plan de contingencia para
atender los problemas que se planteen y dirigir el diseño de los
billetes y monedas de manera que sea solo un cambio de software para
continuar funcionando y no obligar a un cambio de hardware en todas
estas máquinas.
Hasta que las nuevas monedas y billetes entren en
circulación habría que permitir el uso de los euros al cambio oficial
asumiendo el riesgo de que sean acaparados y desaparezcan de la
circulación.
10º Deuda del sector privado
Las empresas han obtenido préstamos por valor de 292 mil millones € de no residentes. Dada la escasa internacionalización de la mayoría de las empresas españolas, entendemos que la mayor parte de este saldo lo adeudan grandes empresas (las del IBEX35).
Algunas empresas han financiado su expansión internacional con
préstamos y emisiones de deuda. Presumiblemente, una gran parte de esos
préstamos se destinaron a inversiones reales en otros países y otros
activos financieros. No conocemos qué porcentaje de esta deuda está
sometida a ley extranjera. Sin embargo, para empresas muy
internacionalizadas, como el Grupo Santander o Telefónica, el mercado
español representa un porcentaje pequeño de su facturación.
El problema
para ellas es, por tanto, una cuestión de gestión de riesgos de cambio y
de tipos de interés, pero su negocio es lo suficientemente
internacional como para que puedan hacerse con las divisas que necesitan
con las que atender el servicio de los préstamos denominados en moneda
extranjera. En el peor de los casos algunas empresas deberán deshacerse
de sus inversiones internacionales vendiendo sus filiales en Alemania o
América Latina a sus competidores.
Conclusiones
Al día siguiente de la salida de España del euro se plantearán numerosos problemas jurídicos y logísticos que tendremos que resolver. Pero no existen razones para pensar que se producirían alteraciones macroeconómicas inmanejables.
Un célebre
estudio publicado por Andrew Rose, en el que repasaba 69 rupturas de
uniones monetarias producidas desde la Segunda Guerra Mundial, reveló
que los países que han abandonado uniones monetarias suelen ser
mayores, más ricos y más democráticos que los que han continuado dentro
de esos infelices matrimonios monetarios.
A este hallazgo hay que
añadir que, aunque Andrew Rose encuentra una mayor tasa de inflación en
aquéllos, en general no se produjeron graves perturbaciones
macroeconómicas ni antes, ni durante, ni después del abandono.
No hay crisis financiera que no pueda remediar una expansión fiscal lo bastante amplia. Proponemos salir del euro para poder realizar el ajuste fiscal que los tratados europeos impiden realizar. Si salimos del euro y seguimos aplicando políticas de austeridad, este esfuerzo habrá sido baldío.
La
creación de una nueva moneda, abre un abanico de posibilidades, entre
otras, establecer un programa de garantía de empleo y financiar desde el
estado una transformación del modelo productivo gracias a la creación
de un potente sector académico y un sistema de investigación de primer
orden."
( Asociación por el Pleno Empleo y la Estabilidad de Precios (APEEP), Jorge Amar. Presidente, Stuart Medina. Vicepresidente, Totekeil, 10/10/15)
Como alternativa a la salida del euro y para conseguir la soberanía financiera:
europeseta electrónica
Existe una descripción con mucho humor, de economía-ficción,
sobre los beneficiosos efectos que se producirían si en Italia, el gobierno
impusiera una moneda digital (allá por el 2020), para salir de la quiebra
económica y política a la que la permanencia en el euro habría llevado al país. El objetivo se conseguiría rápidamente.
Los únicos perjudicados, los
especuladores de la deuda. Ver: J. D. Alt: ‘Europa,
2020: una ucronía iluminadora’. http://www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=5467 )
Los artículos de Juan José R. Calaza (Juan José Santamaría y Juan Güell) muestran con
gran claridad las ventajas de una europeseta electrónica de circulación interna:
Para entender la europeseta electrónica. Qué es y, sobre todo, qué no es. Enlace: http://www.farodevigo.es/opinion/2012/12/02/entender-europeseta-electronica/720458.html
Para salir de la crisis sin salir del euro: España
debe emitir europesetas (electrónicas). Enlace: http://www.farodevigo.es/opinion/2011/11/27/salir-crisis-salir-euro-espana-debe-emitir-europesetas-electronicas/601154.html
Las europesetas electrónicas, complementarias al euro, estimularán el crédito sin efectos colaterales perversos. Enlace: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=165815
Juan Torres insiste en que es necesario emitir una moneda complementaria al euro. Sus artículos:
Marear la perdiz. Enlace: http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/02/08/andalucia/1360327224_588117.html
Hay alternativas, incluso dentro del euro.
Enlace: http://juantorreslopez.com/publicaciones/hay-alternativas-incluso-dentro-del-euro/
Más información en: 'Si Grecia, España, o
Andalucía emitiesen una moneda digital, respaldada por la energía solar
instalada en sus tejados, alcanzarían la soberanía financiera. La de dar
créditos a familias y empresas': http://comentariosdebombero.blogspot.com.es/2014/06/si-una-autonomia-o-una-gran-ciudad.html
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