22.11.25

Ernesto Ekaizer: Como no se ha podido probar que el Álvaro García Ortiz filtró el correo de confesión de dos delitos fiscales de Alberto González Amador, se condena sin pena de cárcel, con inhabilitación de dos años, pero sigue como fiscal de a pie tras dimitir en los próximos días... “Ha triunfado la tesis de Marchena. Hemos llegado demasiado lejos para absolver. Como no hay prueba de la filtración, y se ha negado a dimitir, busquemos otro delito que nos permita imponer una condena simbólica, multa y una inhabilitación que le aparte del cargo, que es de lo que se trataba. Sin prisión ni pérdida de la carrera, que no hay que pasarse” señaló a El Periódico un magistrado tras conocer el fallo... La imputación del 15 de octubre de 2024 tenía un objetivo nada inconfesable: la renuncia del fiscal general. Pero lo que Marchena no podía imaginar era su resistencia. Dimitiría tras ser imputado y el caso se archivaría. Por tanto, sin conseguir la prueba de la filtración había que conseguir hacer caer al fiscal por otro medio: una sentencia descafeinada pero condenatoria al fin

 "Como no se ha podido probar que el Álvaro García Ortiz filtró el correo de confesión de dos delitos fiscales de Alberto González Amador, se condena sin pena de cárcel, con inhabilitación de dos años, pero sigue como fiscal de a pie tras dimitir en los próximos días, una vez que se notifique la sentencia en aplicación del artículo 417.1 del Código Penal. El tribunal considera la banda de inhabilitación menos grave así como descarta la prisión, que está prevista si fuese una revelación con carácter grave.

“Hemos llegado demasiado lejos” sería el gran argumento para justificar la condena de 5 magistrados contra 2 que ha fallado el tribunal de enjuiciamiento en el caso del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

“Ha triunfado la tesis de Marchena. Hemos llegado demasiado lejos para absolver. Como no hay prueba de la filtración, y se ha negado a dimitir, busquemos otro delito que nos permita imponer una condena simbólica, multa y una inhabilitación que le aparte del cargo, que es de lo que se trataba. Sin prisión ni pérdida de la carrera, que no hay que pasarse” señaló a El Periódico un magistrado tras conocer el fallo.

La nota informativa del 14 de marzo de 2024 de la Fiscalía vuelve en lo que será la sentencia a un plano relevante.

Según el auto de la Sala de Admisión del 15 de octubre de 2024, en esa nota “aparentemente no hay información indebidamente revelada, ante el conocimiento público de los hechos”, Advertía que, en cambio, “horas antes de la nota de prensa, los correos entre el fiscal del caso y el letrado del particular [Alberto González Amador] fueron revelados, estando los mismos en poder del Fiscal General del Estado y de la jefa provincial”.

En rigor, nunca fueron investigados en la instrucción de juez Ángel Hurtado “los correos" que fueron revelados, como afirmaba en su auto la Sala de Admisión.

Porque el primer correo objeto de filtración fue el que difundió Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, a un medio de comunicación y posteriormente a muchos más, el 13 de marzo de 2024. Y este correo nunca se ha tenido en cuenta.

Aunque solo se ha difundido el fallo contra el Fiscal General del Estado, fuentes jurídicas señalan, que la nota informativa, según hemos apuntado que la nota informativa sera considerada especialmente por la mayoría favorable a una sentencia condenatoria.

La defensa de González Amador pedía cuatro años de cárcel y de tres de inhabilitación ademas de la suspensión de empleo y sueldo, por el delito de revelación de secretos. El Colegio de Abogados de Madrid solicitaba cuatro años de cárcel.

La magistrada ponente, por la absolución

La magistrada ponente, Susana Polo, elaboró una ponencia -se trata de aquella que por turno propone el contenido de una sentencia- absolutoria. Apreció que las pruebas existentes no permitían condenar a Álvaro García Ortiz más allá de toda duda razonable. Pero la iniciativa chocó con un muro del que solamente se desmarcó la magistrada Ana Ferrer.

El líder de la liquidación del fiscal General del Estado, Manuel Marchena, no necesitó, según fuentes judiciales, emplear su arte de persuasión para lograr la mayoría de 5 contra 2.

“El pescado estaba vendido antes de empezar la deliberación” señaló una fuente del Tribunal Supremo a este periódico. “No hubo necesidad de debatir”, añadió.

La originalidad en las tribulaciones de la Sala consistió en lo siguiente: Susana Polo hizo la ponencia que llevó el 15 de octubre de 2024 a imputar al fiscal general del Estado.

Fue ella quien fue ponente, también, en la llamada Sala de Admisión, formada por cinco magistrados. Esos cinco formaron parte después del tribunal en el juicio oral. A ellos se añadieron otros dos: Andrés Martínez Arrieta, presidente de la Sala Penal, y Ana Ferrer. Siete, pues, en total.

¿Qué pasó para que un año después de imputarle, ahora ya como ponente del tribunal de enjuiciamiento, la magistrada Polo propusiera la absolución?

Hay que retrotraerse a octubre de 2024. La Sala de Admisión estaba presidida por el entonces presidente de la Sala Penal del Supremo, Manuel Marchena, y sus miembros eran Polo (ponente), Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela.

Polo tenía que exponer sobre la solicitud del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de imputar al fiscal general del Estado por haber emitido una nota informativa en la que, sostenia el TSJM, se incluían datos reservados de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, vertidos en un correo electrónico enviado por su abogado, Carlos Neira, a la Fiscalia de Madrid.

Voto particular en instrucción, no

Según la ponente, la nota no vulneraba derechos de González Amador. Pero Marchena sostenía que era necesario, al menos, si se dejaba al margen la citada nota (emitida el 14 de marzo de 2024), abrir diligencias sobre la filtración del correo. En todo caso, esas diligencias seguramente se archivarían porque nunca han llegado a detectarse a los responsables de las filtraciones.

Polo quiso presentar un voto particular, pero Marchena, según ella ha narrado a varias personas, la disuadió.

El argumento: en este tipo de resoluciones de instrucción no cabían votos particulares.

Sin embargo, como demostró luego, a finales de julio de 2025, el magistrado Andrés Palomo, eso era posible. Él, como ponente en la Sala de Apelaciones, propuso archivar la causa del fiscal general del Estado, los otros dos magistrados votaron a favor de seguir adelante y, por tanto, se cambió la ponencia, lo que dio pie al voto particular.

Es posible que Palomo considerase, según dijo a este cronista, que hacer ese voto particular era un asunto de conciencia.

Y también es probable que ante la autoridad del presidente de la Sala Penal, Marchena, la magistrada Polo decidió recoger velas y plegarse.

Pero tuvo ahora con ocasión del juicio una segunda oportunidad porque sería ponente.

Y ni la instrucción del juez Ángel Hurtado, ni lo que vio en el juicio oral la convenció.

Y propuso la absolución, cuyo único respaldo vino de la magistrada Ana Ferrer.

La imputación del 15 de octubre de 2024 tenía un objetivo nada inconfesable: la renuncia del fiscal general.

Pero lo que Marchena no podía imaginar era su resistencia. Dimitiría tras ser imputado y el caso se archivaría.

Por tanto, sin conseguir la prueba de la filtración había que conseguir hacer caer al fiscal por otro medio: una sentencia descafeinada pero condenatoria al fin.

El magistrado Martínez Arrieta, presidente del tribunal, tiene la potestad de decidir cuando se produce una situación como la del pasado viernes -la ponente se encuentra en minoría- quien debe ser el ponente de la mayoría. Y se la adjudicó a sí mismo.

Martínez Arrieta fue quien protagonizó uno de los incidentes del juicio más sonados. Cuando uno de los periodistas que prestaron testimonio declaró que sabía quien había filtrado el correo y no era el fiscal general, Martínez Arrieta lo interrumpió:

- Una cosa es que no la diga [la fuente de la filtración] pero otra cosa es que nos amenace con que la sabe…

Martínez Arrieta, sabemos ahora, tenía muy claro que iba a condenar al fiscal General del Estado. Su reacción lo delató.

La condena del Fiscal General del Estado será seguramente un legado de su mandato. No es probable que tenga que presidir un juicio tan importante en el año en los diecisiete meses que le quedan hasta jubilarse, en abril de 2027. Marchena tiene, pues, quien le escriba…la sentencia condenatoria."

(Ernesto Ekaizer , blog, 21/11/25)

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