23.8.11

Explicando los derivados...

"El aumento de la probabilidad de reestructuración de la deuda griega ha causado un fuerte contagio a otros países periféricos e incluso a España e Italia, a través del mercado de derivados de crédito CDS (credit default swaps o permuta de riesgo crediticio) que ha aumentado desproporcionadamente sus spreads. (...)

Este mercado mayorista permite que dos partes, llamadas comprador de protección y vendedor de protección, entren en un acuerdo diseñado para transferir al vendedor de protección la pérdida financiera en la que el comprador incurra si una tercera, llamada "entidad de referencia", que no es parte de la transacción y que puede ser una entidad pública o privada, reestructura o impaga su deuda, provocando un "evento de crédito".

El comprador paga una cantidad anual, o spread, al vendedor, que deja de pagar si acontece dicho evento, en el que el vendedor debe de pagar al comprador, a cambio de la entrega física del título de deuda (bono o crédito) su valor nominal al contado o mediante una subasta del evento de crédito.

Al principio, los CDS surgieron para asegurar deudas al contado en el mercado de derivados de crédito con liquidación física. Sin embargo, hoy, en la gran mayoría de los casos, el comprador de protección no tiene una posición acreedora al poseer dicho bono o préstamo, ni el vendedor de protección (su contrapartida) tiene una posición contraria o deudora, sino que ambos especulan sobre la probabilidad de impago de determinadas emisiones de deuda o la solvencia de sus emisores, tomando posiciones largas o cortas sobre la "entidad de referencia" sin necesidad de tener ninguna posición física.

Así, el inversor que compra protección se pone corto sobre la entidad de referencia y el vendedor de protección se pone largo sobre ella. Es decir, ha pasado de ser un instrumento de protección a otro de especulación, siendo su volumen muchísimo mayor que el de sus bonos subyacentes ya que solo basta con encontrar una contraparte que tome la posición contraria para realizar una transacción sin haber subyacente alguno.

La UE está considerando restringir la toma de posiciones cortas sin poseer el subyacente (naked o CDS desnudos) por varias razones.

Primero, se vende un activo que no se tiene beneficiándose de la caída de su precio cuando los inversores suelen beneficiarse del activo comprado cuando sube su precio.

Segundo, la regla de cualquier seguro es asegurar algo que se posee, no algo que no se tiene, no es una apuesta sino un instrumento regulado.

Tercero, las expectativas de impago tienden a autocumplirse, ya que si varios inversores especulan sobre el impago de una deuda, otros tendrán un incentivo a unirse, ya que juntos conseguirán forzarlo, justificando así que tenían razón de haber apostado a favor del impago.

Cuarto, los CDS desnudos desempeñaron un papel importante en la desestabilización del sistema bancario internacional y ahora algunos de los bancos que fueron rescatados con dinero público utilizan CDS para especular contra la deuda de los Gobiernos. (...)

Finalmente, el Banco de Pagos de Basilea (BIS, por sus siglas en inglés) acaba de publicar unas estadísticas sobre las tenencias consolidadas netas de deuda de Grecia en manos de bancos extranjeros tanto públicos (54.000 millones de dólares) como privados (11.000 millones) y en manos de entidades financieras no bancarias (81.000 millones).

Además, incluye otras exposiciones potenciales, como contratos de derivados por 7.000 millones de dólares, garantías extendidas por 44.000 millones y otros riesgos crediticios por 9.000 millones.

En total, 206.000 millones de dólares, de los que 162.000 millones están en bancos europeos y 44.000 millones en no europeos. De los primeros, 65.000 millones están ubicados en Francia, 40.000 millones en Alemania y 41.000 millones en Estados Unidos, de los que 33.000 millones parecen ser venta de protección de bancos americanos a europeos." (GUILLERMO DE LA DEHESA: Interrelaciones entre CDS, bonos, 'ratings' y bancos. El País, Negocios, 17/08/2011, p. 16)

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