"(...) En esencia, y con nuestro marco legal, una renta vitalicia se construye tomando como base un activo
de los indicados por la normativa que regula el sector del seguro en
España.
Resumiendo muy mucho, se monta adquiriendo un activo de renta
fija de una determinada calidad (vamos, generalizando, deuda pública), que es la que proporcionará los rendimientos a los asegurados y las ganancias a la entidad comercializadora.
Es decir, una renta vitalicia es un vehículo ideal para transmitir renta fija pública a los inversores particulares. Eso explica muchas cosas, a la vez que trae consecuencias de otras.
- Será casualidad que el sector del seguro no cuente siquiera con una normativa garantista similar a toda la parafernalia MIFID. Ideal para poder colocar renta fija pública en una inversión a largo plazo, con los tipos en mínimos, y con serias posibilidades de perdida si se rescata anticipadamente.
- Nada tendrá que ver el que la banca española se haya cargado de deuda pública española, y que para seguir tragando en el futuro deba hacer hueco, aligerando su stock, y compartirla con sus clientes a través de las filiales aseguradoras (con sus correspondientes márgenes). Todo sea por el buenrollismo con Papá regulador, a la par que Papá emisor.
- Casualmente, este Estado que vela por el ciudadano indefenso y sin el cual estaría al arbitrio del salvaje capitalismo procura fomentar esas rentas vitalicias con medidas fiscales como las propuestas, aunque ya gozan de un marco fiscal muy generoso (buena parte de las rentas estan exentas en función de la edad del perceptor).
Conclusión, los estancos bancarios y aseguradores siguen desempeñando su labor y es bailar al son de la música que marca el Estado, ese que luego silba como si no tuviese nada que ver con desaguisado." (IC, El blog salmón, 05/08/2014)
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