"El recibo de la luz se ha encarecido un 24% en los últimos seis años –un 34% en diez--,
según los datos del INE (Instituto Nacional de Estadística), que
también revelan cómo en ese tiempo, y pese al encarecimiento de otros
combustibles fósiles como los derivados del petróleo, el gas natural solo ha subido un 13%.
Esa evolución del precio contrasta con la clara tendencia a
la baja que, según la misma fuente, ha tenido el consumo doméstico. Los
50,6 millones de kilovatios/hora que las viviendas principales del país
consumieron en 2006 siguieron creciendo en los últimos años de hinchado
de la burbuja y los primeros de su desinfle hasta los 69,7 de 2010,
para iniciar entonces una reducción constante hasta los 48,5 de 2015,
según indica la Encuesta de Presupuestos Familiares, que revela cómo –cosas del ahorro-- la demanda media por hogar cayó de 3.953 kw de 2010 a 2.641 en solo cinco años.
Ese mismo estudio indica cómo, paralelamente y pese al desplome del consumo, la factura global de los hogares aumentó
de 12.810 millones de euros a 13.280 --con un pico de 14.409 en 2012--
en ese mismo quinquenio, en el que el gasto medio por persona pasó de
277 a 288 euros.
¿Y cómo es posible que el precio de un producto suba un
23% en cinco años mientras su demanda cae un 30,5%? ¿O que el
encarecimiento para las familias alcanzara un 83,2% entre 2003 y 2015
según los cálculos de la Comisión Nacional del Mercado de la
Competencia (CNMC)? Cosas de la regulación del mercado español, los
precios de cuyo sector doméstico solo se ven superados por los de dos
islas como Irlanda y Chiprey
en el que la paradójica evolución de la oferta y la demanda ha tenido
dos efectos principales: un desgarro en el bolsillo de una ciudadanía
azotada por la crisis y unos magros beneficios para las compañías
eléctricas, cuyos tres principales emporios –Endesa, Iberdrola y Gas
Natural-Fenosa-- superaron los 5.000 millones de beneficios en 2015. (...)
Otra cosa es cómo se valora esa cesta de energías, ya que el sistema de “subasta marginal” hace que la más cara de ellas (vea aquí
oferta y demanda en tiempo real) marque el precio de todas las
aportadas. Por eso en épocas de elevada demanda el precio se dispara, ya
que entran en la factura las centrales de reserva, especialmente las que queman gas y derivados del petróleo.
No obstante, tanto la Comisión Nacional del Mercado de la
Competencia (CNMC) como la OCU cuestionan este sistema. La primera
sostiene que las empresas que explotan centrales nucleares e
hidroeléctricas –las únicas sobre las que hasta ahora se ha
pronunciado-- obtienen beneficios extraordinarios, ya que sus
instalaciones están completamente amortizadas, gracias al arrastre de
los precios que marcan las tecnologías renovables y las de combustibles
fósiles.
La organización de consumidores reclama una auditoría sobre el precio
de la luz. “Quizás se paga un precio más alto del que se debería pagar”,
apunta García, que declina pronunciarse sobre los efectos que puede
tener a medio plazo sobre el recibo la obsolescencia del parque nuclear
español, cuyas ocho centrales caducan en los próximos doce años, en los que también vencerán, en cadena, las concesiones de buena parte de las centrales hidroeléctricas del país, cuya reversión al Estado encuentra trabas en el Ministerio de Medio Ambiente que dirige Isabel García Tejerina, contrario también a que las eléctricas deban entregar el 25% de su producción, una obligación de coste millonario con la que el Gobierno lleva más de medio siglo haciendo la vista gorda. (...)
“Los peajes, que suponen la parte fundamental del recibo, son,
básicamente, los costes de distribución” de la energía a través de la
red, aunque incluyen otros conceptos como, entre otros, las ayudas al
carbón y las renovables, la moratoria nuclear o los costes de abastecer a
Canarias y Baleares, explica García. Los marca el Gobierno. (...)
El IVA de la electricidad es del 21%, ya que los gobiernos llevan
décadas coincidiendo en considerar que la electricidad no es un bien de
primera necesidad merecedor del tipo reducido del 4% y dictaminando que
gravar un tributo con otro no es un caso de doble tributación. (...)" (Eduardo Bayona, CTXT, 25/01/17)
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