El hecho es que el Consejo de Ministros acabó ayer con una práctica por la que, si una entidad argumentaba que "tenía la intención" de igualar una atractiva oferta que había recibido el cliente, éste no podía marcharse. El tiempo pasaba y, en muchas ocasiones, el banco o caja no concretaba la supuesta mejora. El cliente seguía atado a la hipoteca más cara sin posibilidad legal de cambio.
A partir de hoy, "sólo se puede impedir el cambio de entidad" si "verdaderamente iguala o mejora las condiciones que la segunda entidad ha ofertado al deudor". Se obliga a la entidad de la que es cliente "a presentar una oferta vinculante al deudor en 10 días, en la que se concretarán los términos de la igualación o mejora". Así, la mera manifestación de mejorar las condiciones no frenará la subrogación. También se ha cambiado la Ley del Mercado Hipotecario de 1981 en el sentido de que se reconoce el uso de avales bancarios o seguros como una garantía para elevar la relación entre préstamo y valor de tasación hasta el 95%." (El País, ed. Galicia, Economía, 25/04/2009, p. 28)
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