26.3.12

Una empresa te puede despedir si faltas al trabajo una serie de días aunque sea por enfermedad

"Les pedí un poco de su tiempo para explicarles que no estábamos ante una reforma laboral al uso sino ante un cambio del modelo constitucional de relaciones laborales que desplaza su centro de gravedad desde el trabajo a la empleabilidad, desposeyendo al trabajo de cualquier valor que es lo mismo que decir casi de cualquier derecho.

 Pero como eso es un poco farragoso, les pregunté si sabían que:

 1) Una empresa aunque no tenga pérdidas te puede despedir. Una empresa te puede despedir si faltas al trabajo una serie de días aunque sea por enfermedad. Te pueden modificar el salario y las condiciones laborales sin que tenga que justificar nada que no sea que ha vendido algo menos que hace unos meses.

2) Los convenios colectivos pueden tener los días contados si así lo quieren los empresarios, y cuando desaparezcan volverán los derechos de las lentejas, que si quieres las comes y si no ya sabes.

3) Si hay un Expediente de Regulación de Empleo, el empresario siempre tiene razón salvo que un juez demuestre lo contrario. Con lo cual el currito ya sabe, a gastarse el dinero en abogados y al juzgado.

4) Eso de que los permisos de lactancia en caso de maternidad se puedan compartir, se terminó.

5) Contratos nuevos, baratitos, y pasado un año si no me gustas te pongo de patitas en la calle, sin ningún derecho, y que pase el siguiente…"               (El Cuaderno de Guillermo, 25/03/2012)

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