"Las instituciones de inversión colectiva no nacen en el mundo fiscal sino en el financiero[1];
el sistema tributario lo que hace es dotarlas de un traje ignífugo para
evitar que los impuestos las “achicharren”; todo ello en aras de
favorecer la inversión nacional y con el miedo permanente a que si estas
instituciones pagaran lo que en justicia deberían pagar, huirían a
refugiarse a otras administraciones fiscales (la luxemburguesa es la
“tierra prometida”) más compasivas con el capital financiero. (...)
La Ley incluye dentro de estas instituciones a los siguientes grupos:
Las Sociedades de Inversión de Capital Variable, las tristemente célebres SICAV’s, Los Fondos de Inversión (FI), las sociedades de inversión inmobiliaria (SII), Los Fondos de inversión inmobiliaria (FII), Fondos de titulación hipotecaria (FTH) (...)
Otros fondos: el fondo de titulación de activos
resultantes de la moratoria nuclear, el fondo de garantías de
Operaciones de Financiación de Inversiones en el Exterior, el Fondo de
Inversiones en el Exterior y el Fondo para Operaciones de Inversión en
el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa.
Para gozar del tipo del 1% y, en general, del régimen tributario más
beneficioso establecido para las Instituciones de Inversión Colectiva,
se precisa, precisamente, el cumplimiento de la condición de
“colectiva” que acompaña al nombre. Por eso el artículo 29.5 de la Ley
del Impuesto sobre sociedades exige que el número de partícipes sea
igual o superior a 100. (...)
Concebidas como instituciones colectivas, las SICAV´s, en realidad, son
instituciones de inversión individual en las que se refugian los grandes
patrimonios. Aparentan una condición de “colectividad” inexistente y
con ella, pueden circular libremente, al tipo reducidísimo del 1%. (...)
En el ejercicio 2.009, último del que hay datos estadísticos
publicados por la Agencia Tributaria, el número de instituciones de
inversión colectiva en territorio común (es decir, excluido País Vasco y
Navarra) ascendía a 6.048, mientras que en 2.005 había 5.773. Al
parecer la crisis no afecta a la creación de instituciones de inversión
“especulativa”.
¿Sabía usted que la mitad de las instituciones de inversión colectiva
no declaran base imponible alguna para tributar, siquiera al 1%. En
2.009, de las 6.048 existentes, sólo 2.551 declararon base imponible
positiva.
El 2.008 fue mucho peor: de las 6.282 existentes, sólo lo
hicieron 1.678. En los mejores tiempos de crecimiento económico (2.005 y
2.006), con subidas espectaculares en bolsa, todavía una de cada tres
no declaraba beneficio tributable?
¿Sabía usted que las instituciones de inversión colectiva, declararon en 2.009 un activo de 264.840,466 millones de euros[5],
mientras que el activo no corriente (inversión) del resto de empresas
“productivas” suponía 2.667.707,133 millones de euros?
¿Recuerda que las
instituciones de inversión colectiva no pueden participar de forma
permanente en los fondos propios de otras sociedades y, por supuesto,
tampoco pueden prestar dinero para que empresas productivas compren
bienes de equipo?
La conclusión es obvia: en España casi un 10% del
capital disponible se dedica a inversión no productiva. Los datos en
2.006 eran aún más reveladores: más de un 20% se derivaba a la inversión
no productiva." (Attac España, 20/04/2012)
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