"A estas alturas del despropósito bancario en España, a nadie le
sorprenderá que señale a las sucursales bancarias y su política de
colocación de productos financieros como uno de los principales
culpables de la apropiación indebida de los ahorros de miles de familias.
El delito técnicamente no será éste, pero delito o falta sin duda hay
detrás de muchos casos (por no decir la mayoría) de venta de
participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y demás productos
de ahorro tóxicos, como los denomino en mi primer libro.
Si los bancos son responsables de primer orden, nuestros reguladores, Banco de España y CNMV,
no se quedan atrás. Tanto la ausencia de asesoramiento debido (o falta
de diligencia) en las sucursales, como el potencial peligro de las
preferentes y sus primas-hermanas, eran conocidas por los reguladores
invisibles, sordos y ciegos.
Lo que pasa es que no quisieron actuar, o
no se atrevieron por miedo a los verdaderos dirigentes de nuestra vida
pública, los banqueros. (...)
Para explicar adecuadamente a un cliente qué es una participación
preferente no hace falta leerle todo el clausulado del contrato (si bien
espero que nadie vuelva a firmar sin leer a lo que se obliga), sería
suficiente con decirle que una participación preferente es un producto
híbrido (a caballo entre la renta fija y la variable), complejo, de
riesgo y que no está garantizado por Fondo de Garantía alguno.
Si además queremos ser unos vendedores honrados, le diremos al
ahorrador que la rentabilidad que ofrece el producto depende de que el
banco o caja tenga beneficios en el periodo en cuestión (y no se
acumulan para un futuro más próspero), que no tiene vencimiento y que
solo podremos vencer a la perpetuidad intentando vender en el mercado
secundario, asumiendo pérdidas si procede, y señalando el significado
real de preferente: en caso de liquidación del banco, se tiene
preferencia respecto a los accionistas a la hora de cobrar, es decir, se
es el penúltimo de la fila (y no se cobra, si de bancos quebrados
estamos hablando). Y en caso de cajas, ni siquiera se es el penúltimo,
ya que no hay accionistas en peor situación.
Si a un cliente se le explicó que las participaciones preferentes eran una “especie” de depósito a plazo más rentable,
que se podía recuperar en 48 horas, se le engañó. Se le estafó. Y
además la venta en 48 horas que se mencionaba, era entre clientes del
mismo banco, a precios fuera de mercado. Y como argumenta el Dr. Fernando Zunzunegui esta práctica supone una flagrante manipulación de precios que vulnera el Código de Comercio.
Nos rasgamos las vestiduras con las quitas fijadas a los
depositantes chipriotas, a partir de los 100.000 euros. Mucho más grave
es la quita ignominiosa que se aplicará a los preferentistas mal
informados, que realmente eran clientes conservadores cuyo interés era
contratar un depósito a plazo normal." (El blog salmón, 23/04/2013)
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