29.4.13

Las participaciones preferentes: la gran infamia

"A estas alturas del despropósito bancario en España, a nadie le sorprenderá que señale a las sucursales bancarias y su política de colocación de productos financieros como uno de los principales culpables de la apropiación indebida de los ahorros de miles de familias

 El delito técnicamente no será éste, pero delito o falta sin duda hay detrás de muchos casos (por no decir la mayoría) de venta de participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y demás productos de ahorro tóxicos, como los denomino en mi primer libro.

Si los bancos son responsables de primer orden, nuestros reguladores, Banco de España y CNMV, no se quedan atrás. Tanto la ausencia de asesoramiento debido (o falta de diligencia) en las sucursales, como el potencial peligro de las preferentes y sus primas-hermanas, eran conocidas por los reguladores invisibles, sordos y ciegos. 

Lo que pasa es que no quisieron actuar, o no se atrevieron por miedo a los verdaderos dirigentes de nuestra vida pública, los banqueros.  (...)
 
Para explicar adecuadamente a un cliente qué es una participación preferente no hace falta leerle todo el clausulado del contrato (si bien espero que nadie vuelva a firmar sin leer a lo que se obliga), sería suficiente con decirle que una participación preferente es un producto híbrido (a caballo entre la renta fija y la variable), complejo, de riesgo y que no está garantizado por Fondo de Garantía alguno.

Si además queremos ser unos vendedores honrados, le diremos al ahorrador que la rentabilidad que ofrece el producto depende de que el banco o caja tenga beneficios en el periodo en cuestión (y no se acumulan para un futuro más próspero), que no tiene vencimiento y que solo podremos vencer a la perpetuidad intentando vender en el mercado secundario, asumiendo pérdidas si procede, y señalando el significado real de preferente: en caso de liquidación del banco, se tiene preferencia respecto a los accionistas a la hora de cobrar, es decir, se es el penúltimo de la fila (y no se cobra, si de bancos quebrados estamos hablando). Y en caso de cajas, ni siquiera se es el penúltimo, ya que no hay accionistas en peor situación.

Si a un cliente se le explicó que las participaciones preferentes eran una “especie” de depósito a plazo más rentable, que se podía recuperar en 48 horas, se le engañó. Se le estafó. Y además la venta en 48 horas que se mencionaba, era entre clientes del mismo banco, a precios fuera de mercado. Y como argumenta el Dr. Fernando Zunzunegui esta práctica supone una flagrante manipulación de precios que vulnera el Código de Comercio.

Nos rasgamos las vestiduras con las quitas fijadas a los depositantes chipriotas, a partir de los 100.000 euros. Mucho más grave es la quita ignominiosa que se aplicará a los preferentistas mal informados, que realmente eran clientes conservadores cuyo interés era contratar un depósito a plazo normal."           (El blog salmón, 23/04/2013)

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