"Según el censo del Instituto Nacional de Estadística de 2011, hay en
España unos 3,4 millones de viviendas vacías. De ese total, se calcula
que entre 800.000 y un millón están en manos de entidades financieras o
grandes promotoras.
Buena parte de esas viviendas está manchada de
sangre. Proviene de ejecuciones hipotecarias. Las víctimas son las de
siempre. Familias que firmaron contratos abusivos con los bancos, que
han perdido el empleo, y que, de un golpe, se han quedado sin ingresos,
sin casa y endeudados. (...)
El grueso de esas viviendas es hoy propiedad muerta. Desocupada,
infrautilizada. Como todo lo que toca el Vampiro. Algunos ayuntamientos
han comenzado a enviar señales de alarma. Producida una ejecución
hipotecaria, no es extraño que la entidad financiera se desentienda de
lo que ocurre en los pisos desocupados.
Las consecuencias son obvias:
ingreso de ratas y otras alimañas, generación de focos infecciosos,
filtraciones de agua. Satisfecho, el Vampiro tampoco tiene interés en
actuar como un vecino diligente. Ni asiste a las reuniones de comunidad
ni paga. (...)
La otra cara de este festín
impúdico es lo que ocurre fuera del castillo de los privilegiados:
aumento de la exclusión social urbana y de la pobreza infantil,
agudización la xenofobia en los barrios más degradados, depresiones y
otras enfermedades vinculadas a la falta de techo.
Y la muerte, claro,
como recordó hace algún tiempo Manuel Gómez Beneyto, presidente de la
Comisión Nacional de Psiquiatría, a propósito de la relación entre
suicidios y desahucios.
En
muchos países de Europa, la vampirización sin fin es considerada una
auténtica patología social. Y para erradicarla, se recurre no solo a
técnicas de fomento, sino también a sanciones. En Dinamarca, en los
municipios de mayor tamaño, se imponen multas a los propietarios de
viviendas que las mantengan vacías más de 6 semanas.
En los Países
Bajos, este fenómeno ha sido combatido, entre otras vías, mediante la
despenalización de la ocupación de viviendas vacías durante más de un
año. En Francia, las viviendas desocupadas pueden ser sancionadas con un
canon.
Y si se trata de personas jurídicas que las han mantenido
desocupadas durante 18 meses, pueden dar lugar a requisas. En Alemania y
Reino Unido, los propietarios pueden verse forzados a alquilar e
incluso se prevé la expropiación.
En
el caso español, el Vampiro del poder
inmobiliario-constructor-financiero no se ha dejado domesticar con tanta
facilidad. La Ley catalana del derecho a la vivienda, de 2007,
contempló la expropiación del uso de las viviendas vacías que
permanecieran desocupadas de forma permanente e injustificada durante
más de 2 años. Aunque la medida nunca fue aplicada, fue una de las
primeras que el Gobierno de CiU decidió derogar.
La ley andaluza sobre
función social de la vivienda, de 2013, decidió lanzar la ristra de ajos
directamente sobre las sociedades mercantiles y las entidades
financieras. E introdujo, para ello, la posibilidad de que les fuera
expropiado el uso de las viviendas en casos de “emergencia social”. Como
en tantos otros casos, el Vampiro contó con leales aliados
institucionales.
A poco de aprobada la norma, la Comisión Europea sostuvo que este tipo de
previsiones ponía en riesgo la asistencia financiera al sistema bancario
español. También el Gobierno se plegó a las exigencias de la Troika y
solicitó al Tribunal Constitucional que suspendiera su aplicación.
Gracias
a las ocupaciones espontáneas u organizadas por movimientos como la
Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), muchas de las viviendas
zombies generadas en los últimos años han vuelto a la vida. Algunos
ayuntamientos, por su parte, se han atrevido a idear algunos antídotos y
han comenzado a multar a los bancos por tener pisos vacíos o
desocupados.
Son medidas de mínimos, desde luego, pero resultan
fundamentales si se quiere evitar que la impunidad sea absoluta. Después
de todo, en la actuación de las entidades financieras puede verse algo
más que simples infracciones administrativas. (...)
Ayer mismo, el Observatorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) presentó un Dictamen Jurídico
preparado por el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad
de Barcelona, Juli Ponce, para el Ayuntamiento de Terrassa, en Cataluña.
En él se recuerda, entre otras cuestiones, que existen varios artículos
del Código Penal que podrían incriminar a los bancos.
Así, por ejemplo,
el 281, que prevé penas de prisión y de multa para quien “detrajere del
mercado materias primas o productos de primera necesidad con la
intención de desabastecer a un sector del mismo” o de “forzar una
alteración de precios”, sobre todo en “situaciones de grave necesidad”.
O
el 289, que también sanciona a quien “por cualquier medio destruyera,
inutilizara o dañara una cosa propia de utilidad social”, o “de
cualquier modo la sustrajera al cumplimiento de los deberes legales
impuestos en interés de la comunidad”.
Que
estas sanciones puedan aplicarse depende, como es obvio, de que exista
voluntad institucional y una presión social suficiente y constante. En
cualquier sociedad decente, esa presión debería traer aparejada algunas
medidas que, en un contexto de emergencia como el actual, se han tornado
de sentido común.
La primera, la prohibición tajante de los usos
especulativos y anti-sociales de la propiedad privada, comenzando por
aquella que afecta a bienes básicos como la vivienda.
La segunda, la
expropiación de los expropiadores, esto es, el desarme del actual poder
inmobiliario-financiero en beneficio de una banca ética, pública y
social, y de un parque amplio de vivienda social de alquiler. Esa sería
la auténtica estaca en el corazón del Vampiro." (Gerardo Pisarello,Artículo publicado en eldiario.es, en Attac España, 25/03/2014)
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