6.7.14

Los efectos de las recalificaciones: de un valor catastral de 496 euros, a otro de 3,8 millones de euros

"Los desmanes de la actividad inmobiliaria siguen pasando factura a los ciudadanos siete años después del estallido de la burbuja. Los Ayuntamientos vieron en el negocio del ladrillo un filón para llenar sus arcas. Durante la pasada década los consistorios recalificaron suelos rústicos a urbanizables para crear nuevos barrios o urbanizaciones, lo que suponía un incremento casi automático del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). 

 Miles de contribuyentes, desde campesinos hasta empresarios, han visto cómo su recibo del IBI se disparaba durante estos años aunque su terreno siguiera siendo un campo de patatas. Una sentencia del Tribunal Supremo, sin embargo, pone fin a esa anomalía: si un suelo se ha recalificado pero no se ha podido construir en él, su dueño solo deberá pagar como si fuera rústico. Unos 900.000 propietarios podrían beneficiarse del fallo.

El origen de la sentencia está en un grupo de propietarios de suelo de Badajoz, entre ellos la Fundación Dolores Bas. La entidad tiene el 50% de una finca en la que se cultivan cereales. Nunca se ha puesto un solo ladrillo, pero la finca fue declarada urbanizable y su recibo del IBI se disparó. “No tenía sentido.

 Tenemos incluso una subvención agrícola”, explica su abogado, Luis Díaz-Ambrona, quien afirma que entre los afectados hay el de una parcela en Fresno de Torote (Madrid) que en 2006 tenía un valor catastral de 496 euros. Solo dos años más tarde, su dueño se quedaba sin aliento al ver la nueva valoración: 3,8 millones de euros.

 Sus propietarios estaban negociando con el consistorio pagar el tributo con terrenos de la propia parcela. “Es muy corriente ver una diferencia de 50 veces entre el recibo que se pagaba cuando el suelo era rústico al que se abona tras ser declarado urbanizable, pero puede llegar a ser incluso de 100 veces”, asegura Díaz-Ambrona.

 El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dio la razón a la fundación al considerar que para que un suelo sea urbano precisa de un plan urbanístico o bien de obras de urbanización. Sin embargo, la Administración central del Estado recurrió el caso en el Supremo al considerar que “la doctrina” que se estaba sentando era “gravemente dañosa para el interés general y además claramente errónea y no ajustada a Derecho”.

 El Abogado General del Estado advertía de la gran cantidad de inmuebles que se verían afectados, unos 900.000, y “el daño económico directo” que se infligiría a las arcas públicas. El abogado solicitaba que no se considerara necesaria la aprobación de “un instrumento urbanístico” para considerar la “naturaleza urbana del suelo urbanizable”. El Supremo, no obstante, desestima ese recurso “al no poder aceptarse la doctrina que postula el Abogado General del Estado”.

 Fuentes judiciales explicaron que la sentencia del Supremo abre la puerta a que los propietarios de esas 900.000 fincas dejen de pagar ese IBI hinchado. Lo que está por ver es si, además, tienen derecho a ser compensados por lo abonado en años anteriores. 

Porque esas valoraciones que también alimentaron la burbuja se dieron en todo el territorio. Durante la burbuja la recalificación de una finca no era una mala noticia para el propietario. Al pasar de rústica a urbanizable, su valor se incrementaba y podía sacar tajada al venderla a un promotor. Demanda había de sobra. Hoy eso ya no es así. 

Muchos propietarios de suelo, algunos de los cuales lo adquirieron como inversión, han quedado atrapados y tienen que hacer frente a un IBI elevado. Algunos, dicen fuentes del sector, los han devuelto a los Ayuntamientos y otros han pasado a manos de los bancos.  (...)"             ( , El País, Barcelona 27 JUN 2014)

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