"Por mandato del Consejo de Derechos Humanos, varios expertos interrogan al Gobierno francés sobre un proyecto de ley que podría « socavar el estado de derecho ». Entrevistado por Mediapart, Michel Forst, ex relator especial de Naciones Unidas, considera que este texto « agravaría el dispositivo de represión policial ».
Las observaciones de los relatores del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, dirigidas al Gobierno francés sobre el proyecto de ley de « seguridad global », son severas. Este texto, que llegó este mismo martes a la Asamblea Nacional para ser debatido, no sólo « atenta de manera desproporcionada contra las libertades fundamentales », sino que « en el contexto general de la lucha antiterrorista », es « susceptible de socavar el estado de derecho ». (...)
pidieron a Francia explicaciones, en un plazo de 60 días, sobre tres disposiciones en particular.
La primera concierne al uso de imágenes de cámaras individuales (cámaras para peatones) de la policía y la gendarmería. En la actualidad, la utilización, la duración de almacenamiento y las personas autorizadas para ver estas imágenes están enmarcadas y delimitadas (véase aquí y aquí) para evitar cualquier abuso. Sin embargo, el proyecto de ley prevé que las imágenes grabadas puedan ser transmitidas en tiempo real al mando del servicio correspondiente y a los oficiales que participan en las operaciones. Los relatores de Naciones Unidas consideran que « la supresión de estas garantías podría dar lugar a una violación desproporcionada del derecho a la intimidad ».
La otra disposición que les preocupa es la utilización de imágenes de drones, una tecnología que podría ser utilizada por el Estado francés para « vigilar y mantener el orden público ». Una deriva especialmente preocupante dado que el uso de drones implica « el reconocimiento facial y la recogida masiva e indiscriminada de datos personales ». Por lo tanto, el poder ejecutivo podría fichar a los manifestantes en función de sus opiniones políticas.
Pero los peligros, en su opinión, no se limitan a esto. Los relatores temen que « su utilización […] como método particularmente intrusivo, pueda tener un efecto disuasivo » en los ciudadanos, que renunciarían así a su derecho a manifestarse. De este modo, no sólo el derecho a la intimidad, sino también el derecho a la libertad de expresión y de reunión se vería considerablemente amenazados.
Por último, pero no por ello menos importante, la advertencia sobre el artículo 24, que penaliza la difusión de imágenes no difuminadas de las fuerzas del orden. Para los observadores, esta medida representa una amenaza contra el « derecho a la libertad de expresión, incluido el derecho de los periodistas y del público a la información ».
Como ya señaló la Defensora de Derechos Humanos francesa en un dictamen emitido el 3 de noviembre, la filmación y la difusión de las imágenes de los agentes de las fuerzas del orden durante el ejercicio de sus funciones « no sólo es esencial para el respeto del derecho a la información », sino que « la información pública y la publicación de imágenes y grabaciones relativas a la intervención policial son legítimas en el marco del control democrático de las instituciones públicas », escriben los relatores del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
«El uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas del orden » debe ser documentado, insisten. Penalizar la difusión de vídeos de esa violencia podría disuadir a cualquier ciudadano de filmarla, privando así a las víctimas de las pruebas necesarias para denunciar judicialmente dichos excesos. Esto contribuiría a reforzar « una cierta inmunidad ». Los relatores recuerdan que la investigación de las infracciones cometidas por las fuerzas del orden así como « su enjuiciamiento con el objetivo de combatir la impunidad, son una parte esencial de los valores democráticos ». (...)
Desde el inicio del movimiento de los chalecos amarillos, magistrados, periodistas, abogados y manifestantes alertaron al relator sobre la violencia cometida por los agentes del orden durante las movilizaciones. Junto con Clément Voule, relator especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, iniciaron un procedimiento especial, una investigación de varias semanas de duración, en la que se llegó a la conclusión de que se había producido un uso desproporcionado de armas, violando el derecho fundamental de manifestación. « Sin los vídeos, nuestras investigaciones no podrían tener éxito. Es una prueba indispensable. Al prohibirlos, estamos impidiendo que la democracia se exprese libremente », lamenta Forst.
Aunque los diputados macronistas insisten en que seguirá siendo posible filmar y difundir imágenes de policías sin difuminarlas, asegurando que solo se penalizará aquellas imágenes destinadas a perjudicarles, Michel Forst no se deja engañar: « Es un señuelo. Hay una vaguedad en este artículo que lleva a dejar en última instancia a la policía la decisión de lo que finalmente dañará o no su imagen. Delante de un policía fuertemente armado que amenaza con demandarle, el ciudadano común entregará su teléfono o borrará las imágenes. Hay una amenaza, que es muy obvia». (...)
En conclusión, Michel Forst, que sigue trabajando para la ONU, cita el caso de Perú, « donde hay manifestaciones violentas y donde el Gobierno adoptó en marzo un decreto devastador para la libertad de manifestación, un decreto según el cual el uso de la fuerza por parte de la policía se considera razonable hasta que se demuestre lo contrario. Francia no es Perú. Pero a pesar de todo eso, estamos en el mismo esquema ». (Pascale Pascariello , Sin Permiso, 22/11/2020; fuente: Mediapart)
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