"El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Girona ha condenado a Bankia a devolver 28.565 euros a un jubilado, de 78 años y con escasa formación financiera,
que invirtió esa cantidad en la adquisición de participaciones
preferentes en 2008 y 2009 en Caixa Laietana (integrada en el banco en
2010).
El fallo judicial pone de relieve que la complejidad de este
producto financiero era tan elevada que ni la directora de la sucursal
que colocó las preferentes a este cliente dominaba sus características, por lo que no pudo dar explicaciones correctas de lo que estaba vendiendo.
Para el juez, la Caja actuó dolosamente por omisión,
al no facilitar información al demandante sobre un producto tan
complejo, falta de datos que permitió que se cerrase la operación. Por
todo ello, anula los dos contratos de compra de las preferentes.
La
sentencia insiste en que la directora de la sucursal de Caixa Laietana
donde se produjo esta compra de preferentes tampoco parecía saber muy
bien el alcance de este producto. Esta mujer, testigo en el pleito, "no fue capaz de explicar correctamente el producto en
comparación con lo expuesto por los peritos, de forma que difícilmente
pudo hacerlo en el momento de la contratación".
Añade la resolución que
la responsable del banco "tampoco fue capaz de explicar la razón por la
que la entidad calificó el producto como no complejo y poco después como
complejo, y desconocía el funcionamiento del mercado en el que se
negocia (AIAF)".
Por otro lado, el juez señala que tampoco se
cumplió la obligación de efectuar al cliente un perfil de idoneidad, ya
que el realizado era mucho más escueto de lo que marca la Ley del
Mercado de Valores, aunque en él consta que el cliente, trabajador jubilado del sector del metal, tenía solamente una formación básica, "algo difícilmente conciliable con la posibilidad de que comprendiese lo que se le ofrecía". (Público, 04/07/2012)
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