21.12.12

La deuda 'ilegítima' española suma 120.842 millones, como mínimo, según informe de un inspector de Hacienda

"Cuantificación de la deuda “ilegítima”:
 
Como se indicó en el marco conceptual del presente informe, la deuda “ilegítima” era aquélla que no había servido para equilibrar, en sentido contable, la diferencia entre los ingresos y los gastos no financieros del Estado. De la prueba anterior se dedujo que el periodo a estudiar en el que se ha podido generar esta deuda “ilegítima” se concreta a los años 2.008, 2.009 y 2.010. 

Son estos tres años sobre los que vamos a cuantificar la deuda pública “ilegítima” o espuria de acuerdo con la metodología de saldos expuesta en el marco  conceptual. (...)

La deuda pública ilegítima asciende, en 2.008 a 22.444 millones de euros. El destino es evidente: ha sido prestado a terceros como inmediatamente se advierte al ver la partida presupuestaria para esos préstamos (gastos del capítulo 8) con un crédito inicial consignado en la Ley de Presupuestos de 14.981 millones de euros que acabó convirtiéndose, por sucesivas modificaciones presupuestarias en 30.679 millones de euros, más del doble de lo inicialmente presupuestado. (...9

La deuda pública ilegítima asciende, en 2.009 a 47.352 millones de euros. El destino, al igual que en 2.008, es evidente: ha sido prestado a terceros como inmediatamente se advierte al ver la partida presupuestaria para esos préstamos (gastos del capítulo 8) con un crédito definitivo de 35.060 millones de euros, superior al del año anterior, pero esta vez perfectamente previsto a la hora de aprobar los presupuestos del ejercicio [32]. (...)

La deuda “ilegítima” asciende a 25.875 millones de euros, respecto de la que se puede hacer las mismas consideraciones que en los ejercicios anteriores: es dinero que, inmediatamente se ha prestado como se ve en los créditos definitivos del gasto del capítulo 8: 22.694 millones de euros. 

Como consuelo cabe decir que la situación parece que se estabiliza (de hecho, por primera vez en la crisis el crédito inicialmente previsto para esta contingencia era más elevado) aunque, a la vista de las declaraciones actuales (y teniendo en cuenta que los datos de 2.011 no han sido analizados) parece que esa estabilización es sólo un espejismo. (...)

Cálculo global de la deuda ilegítima:

Las cantidades calculadas en los ejercicios 2.008, 2.009 y 2.010 arrojan un saldo de 95.671 millones de euros de deuda “ilegítima”. Si a esto unimos el crédito de gastos del capítulo 8 (activos financieros) recogido en los presupuestos generales del Estado para 2.011, que asciende a 12.632 millones  de euros y que como referencia y por lo que hemos visto, podría valer como deuda ilegítima para 2.011, el resultado asciende a 108.303 millones de euros. 

A estas cantidades habrá que añadir las cantidades que se consignen en los presupuestos para 2.012, a fecha de elaboración de este informe pendientes de probación.  (...)

La deuda “ilegítima”, considerada exclusivamente como aquélla generada no con la finalidad de cubrir déficits públicos no financieros, asciende en principal e intereses, en la actualidad, a más de ciento veinte mil millones de euros (120.842), aproximadamente un 12% del P.I.B.

Segunda.- El origen de esta conducta, iniciada en 2.008, según la cual  el Estado pide prestado para luego, a su vez prestar a terceros, son las prácticas de inyección de fondos a la banca privada, cantidades que, con criterios realistas, ni son ni serán devueltas y que no han generado apenas  ingresos de ningún tipo.

 Dentro de los ciento veinte mil millones de euros de deuda ilegítima y, de acuerdo con el trabajo de campo, se podrían identificar unos cuarenta y cinco mil millones de euros (hasta 2.010), directamente empleados en el saneamiento del sector bancario.

Tercera.- La carga financiera de esa “deuda ilegítima” supone el pago de más de cinco mil millones de euros al año, un 0,5% del P.I.B. En los años siguientes, si el principal de la deuda ilegítima va en aumento y los tipos de interés suben, el pago de intereses de esta deuda ilegítima podrían llegar al 1% del P.I.B. y representarían (siempre que se recorte el déficit público) la cuarta parte de ese déficit.

Cuarta.- En realidad la deuda pública ilegítima es mucho mayor: este informe no ha examinado ni la deuda pública de otras administraciones (Comunidades Autónomas y Entidades Locales) ni la ilegitimidad por otros  conceptos que los estrictamente económicos. Ha quedado fuera la evaluación de la deuda ilegítima generada por gastos en armamento, obra pública inútil, transferencias a confesiones religiosas…"          (Informe sobre la deuda ilegítima de un Inspector de Hacienda. Seres libres para la democracia, 17/12/2012)

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