3.5.13

"Una buena regulación de la dación en pago no lleva a ningún banco a la quiebra"

"Miquel Sàmper (Terrassa, 1966) es decano del Colegio de Abogados de Terrassa y adjunto a la presidencia del Consejo General de la Abogacía Española. Además, es el gran impulsor de las Oficinas de Intermediación Hipotecaria, un servicio gratuito que la Abogacía y una veintena de ayuntamientos ofrecen para facilitar la comunicación entre las entidades financieras y las familias que no pueden pagar sus préstamos de vivienda o que ya se encuentran en un proceso de ejecución hipotecaria.

El proyecto nació en enero de 2012 en Terrassa y se ha ido extendiendo a todo el territorio español: Jerez, Cádiz, Granada, Almería, Córdoba, Girona, Manresa, Granollers, Ourense, Pontevedra, Zaragoza, Valencia, Castellón, Mataró, Antequera, Gijón, Málaga, Teruel, Pamplona y Jaén ya se encuentran en funcionamiento. Y Barcelona, Tarragona y Salamanca están gestionando su puesta en marcha.

Según sus propios datos, las Oficinas de Intermediación han conseguido acuerdos entre las partes en más de la mitad de los casos. El coste medio de cada expediente cerrado ha sido de 166 euros (que en ningún caso paga el usuario del servicio) frente a los 3.000 euros de coste del proceso judicial hipotecario y los otros 3.000 que el expediente judicial supone al Estado.
 
Las Oficinas de Intermediación Hipotecaria han conseguido, de media, un 60% de acuerdos. ¿Eso quiere decir que hay posibilidad de entendimiento entre bancos y familias?

Claro que la hay. Mucho más de lo que se piensa. Nuestro objetivo es conseguir una solución que perjudique lo menos posible a la familia. Por eso, lo primero que hacemos es un diagnóstico de la solvencia presente y futura del deudor. 

No es lo mismo una familia en la que ella está pendiente de conseguir una plaza de profesora y él es un aparejador en paro que un matrimonio en el que él es peón de la construcción desempleado y ella trabajadora doméstica. Hay gente que va a tener muchísima dificultad para reincorporarse al sistema productivo y es mucho más vulnerable.

¿Cuáles son las soluciones más frecuentes?

En los casos más difíciles sólo cabe la dación en pago que cancela la deuda y el establecimiento de un alquiler social de no más de 200 euros. En todos los demás se evalúan las posibilidades de refinanciamiento del préstamo y la deuda. 

Se revisan plazos y condiciones, e incluso se establecen periodos de carencia por los que se deja de pagar durante tres y hasta cinco años, porque se entiende que la situación de insolvencia es transitoria. Si después esa familia no se recupera, el acuerdo se puede revisar.

¿Ha mejorado la actitud de los bancos para intentar evitar los desahucios?

Los bancos siguen estando muy duros. Pero de a poco su muro de hormigón se va resquebrajando. Un poco por los cambios legales que, aunque insuficientes, ha ido introduciendo el Gobierno, y por los exhortos que ha hecho la Unión Europea para adaptar la normativa española y eliminar cláusulas abusivas.

 Pero sobre todo por la presión social, que es cada vez más grande. En cualquier caso, no se puede confiar en la bondad de la entidad bancaria para solucionar el problema de un impago. Por eso en Bruselas está preparando un documento en el que aconseja que antes de iniciar una ejecución hipotecaria se exija un acto de conciliación, como ocurre por ejemplo en las demandas laborales.  

¿ Hay que ampliar las facultades de los jueces en materia de desahucios, como opina la Defensora del Pueblo?

Si se readapta realmente la normativa a la de la UE, esto no es necesario, porque los jueces sólo tendrían que aplicar la ley. Ahora el marco normativo es patético y está en discordancia con la situación que vivimos. Esto hace que muchos jueces, echándole valor, lleguen a suspender desahucios tirando de jurisprudencia. Aquí el paso valiente lo tiene que dar el Gobierno.  

¿Qué opina de la ley sobre desahucios aprobada en el Congreso?

Creo que se queda corta en muchos aspectos. Para empezar, no hace una interpretación que podamos llamar brillante del tema de las cláusulas abusivas y, sobre todo, no ahonda en la búsqueda de soluciones. Debería institucionalizar un cauce para acercar las posiciones negociadoras de las partes. Por otra parte, se queda corta en cuanto a la dación en pago, que se reserva a casos extremos."   (eldiario.es, 28/04/2013)

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