"El
titular del juzgado de instrucción número 1 de la localidad barcelonesa
de l’Hospitalet de Llobregat, Marcos Melendi, ha citado en calidad de
inculpado al anterior director de la oficina de Catalunya Caixa de la
Avenida Severo Ochoa de la localidad, Antonio Puig García, al que imputa
los delitos de estafa, apropiación indebida y delito societario, por
colocar en 2006 más de 96.000 euros que tenían depositados en una cuenta
a plazo fijo a una pareja de ancianos en deuda subordinada de la
entidad, un producto similar a las tristemente célebres participaciones
preferentes, pero aún más sofisticado y, en casos como Catalunya Caixa,
que ha acabado intervenida y en manos del FROB, aún más tóxico.
La citación de Puig en calidad de imputado rompe un tabú que hasta
ahora no se habían atrevido a romper los jueces: depurar las
responsabilidades de los empleados de las entidades financieras que se
encargaron de comercializar las preferentes y la deuda subordinada.
Hasta ahora, los empleados habían quedado fuera de las iniciativas
judiciales porque se les aplicaba el principio de obediencia debida: no
hacían sino cumplir las órdenes de las direcciones de sus organizaciones
a la hora de colocar estos productos entre los clientes de las
entidades.
Sin embargo, recientemente los jueces han decidido evaluar el grado de
entusiasmo con el que los empleados de las entidades comercializaban
estos productos y qué medios utilizaron para convencer a sus clientes.
Especialmente porque recibían comisiones de sus entidades por
comercializar esos productos tóxicos. La mayor parte de los afectados
por el escándalo de las preferentes carecía de los conocimientos
financieros necesarios para evaluar el riesgo del producto.
Muchos de ellos, como la pareja de ancianos de l’Hospitalet que ahora
acusa a la caja de ahorros quebrada y a su empleado, afirman que si
autorizaron a los delegados de las entidades a suscribir estos productos
en su nombre fue porque se les explicó que eran similares a los
depósitos a plazo fijo, pero con rentabilidades muy superiores.
En
realidad, se trata de productos muy sofisticados destinados a los
grandes fondos de inversión, muchos de los cuales también han perdido
ingentes cantidades de dinero, aunque no pueden alegar ignorancia.
Los clientes ordinarios se han encontrado sin acceso a sus ahorros, que
están a disposición de las entidades prácticamente de por vida. Si
además eran clientes de una de las tres entidades que han tenido que ser
rescatadas por el FROB –Bankia, Novacaixa Galicia y Catalunya Caixa–, a
pesar de que fueron engañados cuando se les dijo que estaban colocando
sus ahorros en productos de la familia de los depósitos a plazo fijo, lo
tienen aún peor.
A pesar de su condición de víctimas, no tienen margen para la
negociación porque se enfrentan a entidades propiedad del Estado y se
verán abocados al arbitraje promovido por el Gobierno. Un arbitraje que
les obligará a perdonar a las entidades cerca del 70% de sus ahorros.
El
juez Melendi dictó la providencia en la que cita como imputado al
exdelegado de Catalunya Caixa responsable de la operación el pasado 31
de mayo, aunque no fue comunicada a las partes hasta el 5 de junio, el
mismo día que el titular del juzgado número 3 de la Audiencia Nacional,
Fernando Andreu, hacía lo propio con el delegado de una sucursal de
Bancaja. En el caso que instruye el juez Andreu, además, la víctima de
la estafa no era ni siquiera un particular, sino una empresa.
En el caso de l’Hospitalet, las víctimas
son una pareja de ancianos de 77 años con escasa formación. El marido
fue barrendero durante su vida laboral activa y la esposa, ama de casa,
así que difícilmente podían entender la complejidad del producto
financiero que les colocaron.
Aunque el matrimonio pedía explicaciones con frecuencia a la sucursal
de Catalunya Caixa, nunca obtenía una respuesta satisfactoria. El
delegado que les colocó las subordinadas, además, fue sustituido por el
actual, que como única solución les ofrecía acudir al Tribunal de
Arbitraje de Catalunya.
Fue entonces cuando los hijos del matrimonio decidieron intervenir y
tomar las riendas de la negociación con la entidad. Conscientes de que
el arbitraje les iba a suponer algún tipo de pérdida a favor de
Catalunya Caixa, amenazaron a la entidad con una querella si no
reintegraban la totalidad de los 96.000 euros a sus padres. Ante la
falta de respuesta de la entidad, finalmente presentaron la querella.
La predecesora del juez Melendi, la jueza Zita Hernández, admitió a trámite la querella, que acusa a Catalunya Caixa y a su empleado de estafa, apropiación indebida y delito societario (pdf)
el pasado 22 de enero. Aunque los portavoces oficiales de la entidad
quisieron restar importancia a la decisión de la magistrada, el
precedente causa inquietud tanto en la institución como en el sector,
especialmente después de la citación del empleado como imputado el mismo
día que el juez Andreu hacía lo propio con el delegado de Bancaja.
Entidad de confianza
La querella también insiste en que los querellantes “durante toda su
vida laboral habían ido depositando sus ahorros en dicha entidad en la
confianza de que en una libreta de ahorros de una Caja de Ahorros como
esa, el producto de sus esfuerzos estaría a salvo. El director de la
agencia bancaria les convence de agrupar los diferentes plazos, para una
mayor rentabilidad”.
Sin embargo, y según apunta el mismo texto, “el 11 de octubre de 2006,
el anterior director de dicha oficina les convence para que adquieran un
producto financiero denominado “Obligaciones de Deuda subordinada Caixa
Catalunya”. Según la orden de compra, la “deuda subordinada” es un
“producto indicado para inversores que quieren asumir pocos riesgos o
con un plazo de inversión muy corto, con rentabilidad esperada cercana a
la del mercado monetario”.
Según apunta el texto de la querella, “nunca le entregaron copia de lo
que firmaba, es más tienen anotaciones en su cuenta corriente de no
enviar correspondencia". Igualmente se hace constar que “a efectos de
prelación de créditos de la entidad emisora, esta deuda subordinada se
sitúa detrás de todos los acreedores comunes”. (eldiario.es, 13/06/2013)
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