"Margarita Restrepo es colombiana, lleva 11 años viviendo en España y,
desde el mes de junio de 2012, tiene tarjeta de residencia válida hasta
2017. Pese a estar en situación legal, el Instituto Nacional de la
Seguridad Social considera que no tiene derecho a la asistencia
sanitaria, por lo que la mujer, de 81 años y con múltiples problemas de
salud, se encuentra sin tarjeta sanitaria.
Su hija, Margarita Polo,
nacionalizada española desde 2009, lleva año y medio peleando para
conseguir la asistencia sanitaria pública que necesita su madre. “En el
centro de salud la han estado viendo, pero siempre he tenido el miedo de
que me fueran a cobrar, y con mi trabajo de media jornada no lo puedo
pagar”, explica al teléfono desde Burgos, donde viven ambas.
El Real Decreto-Ley del 24 de abril de 2012, conocido como decretazo, excluyó a los inmigrantes en situación irregular de la asistencia sanitaria normalizada
—solo la contempla para urgencias, niños y mujeres embarazadas—.
Esa
fue la principal consecuencia, la que llegó a conocimiento de la
ciudadanía, pero no la única. La norma modificó, en disposiciones
finales, otros reales decretos, y más adelante se aprobaron órdenes que a
su vez dictaban cómo aplicar los artículos modificados.
Sin hacer
ruido, ha resultado que el decretazo también ha dejado fuera a
otro colectivo, el de los familiares de extranjeros que pidieron la
residencia por reagrupación familiar y la obtuvieron después de la
aprobación del decretazo. Los afectados son, en general,
personas mayores, los padres de trabajadores extranjeros que emigraron a
España para trabajar, regularizaron su situación y después trajeron a
sus familias. (...)
Así las cosas, Restrepo, residente legal en España, se veía sin
derecho a asistencia sanitaria. Gracias a un abogado que ha asesorado a
la familia de forma gratuita, Gustavo Pietropaolo, el caso llegó al
juzgado de lo Social número 3 de Burgos, que dictó sentencia el 22 de
enero y les dio la razón: “Declaro el derecho de la actora a la
asistencia sanitaria con cargo al Sistema Nacional de Salud como
asegurada”.
El juez desmonta la interpretación que hace el INSS, según la cual
Restrepo estaba obligada a tener un seguro médico privado para poder
acceder al permiso de residencia y no convertirse en una carga para el
Estado.
La sentencia afirma que, en cualquier caso, se le concedió la
residencia y que el INSS ya no tiene nada que decir: “No es competente
para valorar con efectos jurídicos los requisitos de una autorización de
residencia ya concedida y dejar a la misma, de hecho, sin efecto, en la
materia sometida a su consideración, la asistencia sanitaria”. El INSS
asegura que recurrirá. (...)
En Médicos del Mundo
aseguran que están ayudando en más casos, en varias comunidades
autónomas, de padres reagrupados a los que se niega la asistencia. “Este
colectivo se encuentra ahora en un limbo. Se da la contradicción de
que, si hubieran seguido estando en situación irregular, en algunas
comunidades tendrían tarjeta sanitaria.
No les informaron de eso; a
algunas familias no les hubiera interesado pedir la reagrupación de
saber que no iban a tener asistencia”, dice una portavoz. “El real
decreto, pensado para evitar el turismo sanitario, ha resultado ser una
chapuza a la que se han ido añadiendo parches, que genera
desconocimiento y que deja fuera a colectivos muy vulnerables”, añade. (...)" (El País, 19/02/2014)
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