2.3.17

¿Qué pasaría si la legislación hipotecaria española fuera ilegal desde hace al menos 22 años? Pues absolutamente todas contienen una cláusula ilegal, según declara el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. ¿Y si a causa de esa cláusula usted hubiera perdido la vivienda?

"¿Qué pasaría si la legislación hipotecaria española fuera ilegal desde hace al menos 22 años? ¿Qué pasaría si todas y cada una de las hipotecas firmadas contuvieran al menos una cláusula abusiva que un juez debería haber declarado nula pero que no pudo revisar porque se lo prohibía la legislación española?

 ¿Y si a causa de esa o esas cláusulas usted hubiera perdido la vivienda? ¿Y si los gobiernos de distinto signo político no hubieran velado en todos estos años por la protección del consumidor a pesar de los reiterados avisos lanzados desde Europa?

 ¿Y si la mayor instancia judicial europea respaldara lo que la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) viene denunciando desde hace años?

El pasado 26 de enero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicaba una sentencia que, al igual que las siete anteriores dictadas en los últimos cuatro años, daba un varapalo a la legislación hipotecaria española.

Pero ésta “no es una sentencia más”, dice la PAH, porque considera abusiva la cláusula de vencimiento anticipado de las hipotecas, una cláusula que no sólo se encuentra en todas las hipotecas firmadas en las últimas décadas, sino que también es la que invocan las entidades financieras para iniciar el procedimiento de ejecución hipotecaria y reclamar de golpe toda la deuda más intereses cuando el cliente haya dejado de pagar tan sólo tres cuotas hipotecarias, condenándolo a la pérdida de su vivienda y a una deuda de por vida.

El TJUE establece que la legislación española no cumple con la Directiva 93/13/CEE relativa a la protección de los consumidores, porque sólo les concede el plazo de un mes para oponerse a la ejecución, y porque impide a los jueces examinar de oficio la abusividad de una cláusula si no ha sido aplicada en la práctica. (...)

Frente a esto, el TJUE es claro: si una cláusula es abusiva y se declara nula, “debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula”.

Esto obligará a los bancos, si se aplica correctamente la medida, a la devolución de entre 3.000 y 7.000 millones de euros a todos los afectados por esta cláusula, y abre la posibilidad de que miles de familias soliciten la paralización de sus procedimientos de ejecución.

La pelota está ahora en el tejado del Tribunal Supremo, que el 15 de febrero se reunirá en pleno para establecer unos criterios para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Luxemburgo.

 La clave: la Directiva 93/13/CEE
 
“Podemos afirmar sin ningún temor que todas las ejecuciones hipotecarias y desahucios habidos desde el 1 de enero de 1995, fecha en que debieron haber sido implementadas las medidas contenidas en la Directiva 93/13/CEE, lo han sido mediante la aplicación de una legislación que además de injusta, inhumana y criminal, era también ilegal”, decía la PAH justo después de la publicación de la última sentencia del TJUE.

“La directiva sale en 1993, y los Estados tienen un año para trasponerla [al derecho nacional]. En España no se ha hecho desde Felipe González hasta la actualidad, y lo que se ha hecho ha sido totalmente insuficiente, como la Ley 1/2013 –dice Carlos Macías, portavoz de PAH Barcelona–.

 Esto nos abre la oportunidad de pedir que los jueces españoles paralicen las ejecuciones hipotecarias en proceso y suspenderlas hasta revisar todas las cláusulas abusivas y eliminarlas, entre ellas la de vencimiento anticipado, que es la que ha llevado a la ejecución hipotecaria de más de 700.000 familias desde 2007”.

¿Y qué pasará con todas estas familias, las que ya han perdido su vivienda? Macías indica que es necesario “abrir un mecanismo de reparación del daño causado a cientos de miles de familias que han sido ejecutadas con una legislación ilegal. No es fácil, estamos trabajando en el cómo”.

Para el abogado Martí Batllorí, “se abre un periodo de incertidumbre jurídica, pero también de esperanza y oportunidad para muchas familias que están en un procedimiento de ejecución hipotecaria o para quienes han perdido su vivienda de recuperar o compensar el daño sufrido por una ley hipotecaria injusta. Se puede pedir la nulidad de todos los procedimientos, aunque no sabemos si se va a conceder”.

Jurídicamente se sostiene, y hay algunos juzgados que lo han hecho, indica Batllorí, pero la situación es más evidente para los procedimientos en marcha que para aquellos que ya se cerraron. En cualquier caso, “la nulidad de los procedimientos ya finalizados se va a plantear, y los tribunales van a tener que pronunciarse porque, entre otras cosas, la sentencia del 26 de enero hace saltar por los aires la cosa juzgada, la que hace que no puedas volver sobre algo que ya habías discutido”.

Estamos hablando de cientos de miles o millones de casos. “Se habla de seis o siete millones de préstamos con cláusulas suelo, y cientos de miles de ejecuciones hipotecarias finalizadas que tenían estas u otras cláusulas abusivas”, continúa este abogado.  (...)"                (Gladys Martínez López

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