"En 2009, Abengoa presentó una demanda contra México ante
el CIADI, el tribunal internacional de arbitraje del Banco Mundial. Lo
hizo después de que una fuerte movilización social hubiera conseguido la
paralización de una planta de gestión de residuos peligrosos de su
propiedad en el Estado de Hidalgo, en una zona declarada área protegida
por la UNESCO. Cuatro años más tarde, el laudo arbitral emitido por ese
tribunal privado dictaminó que la empresa tenía que ser indemnizada con
31 millones de euros.
En 2012, Repsol interpuso ante ese mismo tribunal un
recurso contra Argentina por la expropiación por parte del gobierno de
Cristina Fernández de la que hasta entonces había sido su filial YPF. A
la vez, la petrolera emprendió acciones legales ante tribunales
nacionales en Buenos Aires, Nueva York y Madrid.
Y se benefició de toda
la presión política, económica y mediática ejercida por el Estado
español y la Unión Europea. Dos años después, la multinacional llegó a
un acuerdo con el gobierno argentino y fue compensada con 5.000 millones
de dólares en títulos de deuda pública.
En 2014, ACS abandonó el proyecto de
construir un depósito de gas natural frente a las costas de Castellón y
Tarragona tras demostrarse la relación entre las inyecciones de gas y
los cientos de terremotos que habían sufrido en esa zona. El Gobierno
español asumió los costes del proyecto Castor e indemnizó al consorcio
empresarial liderado por la constructora de Florentino Pérez con 1.350
millones de euros. Durante treinta años estaremos pagándolos en la
factura del gas.
A principios de 2018, España se enfrenta a una treintena
de demandas internacionales de arbitraje presentadas por diferentes
transnacionales energéticas, fondos de inversión y sociedades de
capital-riesgo. Son conglomerados empresariales que hace una década se
lanzaron a hacer inversiones especulativas en el sector de las
renovables, esperando obtener altas rentabilidades gracias a las primas
que hasta 2010 otorgó el Estado español.
Pero cuando los gobiernos de
Zapatero y Rajoy recortaron sucesivamente esas subvenciones, decidieron
utilizar todos los instrumentos legales a su disposición para reclamar
el dinero que iban a dejar de ganar. En caso de perder las demandas, el
Estado se enfrenta al pago de miles de millones de euros en
compensaciones.
Así funciona la lex mercatoria,
el ordenamiento jurídico global basado en las normas sobre comercio e
inversiones que protege los intereses de las grandes empresas por todo
el mundo. Un entramado de contratos privados, tratados comerciales,
acuerdos de inversión, políticas de ajuste, préstamos condicionados,
disposiciones internacionales y laudos arbitrales que blindan los
negocios de las multinacionales y sitúan los beneficios empresariales por encima de cualquier otra consideración.
Un Derecho duro —vinculante, sancionador, coercitivo— que se basa en
una idea de la seguridad jurídica únicamente vinculada a los intereses
comerciales.
Es lo que hemos llamado la arquitectura jurídica de la impunidad, que sitúa
en el vértice de la pirámide normativa los derechos del capital
transnacional y desplaza los derechos humanos al ámbito declarativo.
Y
que, mientras tutela con fuerza los intereses de las grandes
corporaciones, ofrece la otra cara de la moneda a la hora de regular sus
obligaciones. Estas se remiten a las legislaciones nacionales
—previamente sometidas a las políticas neoliberales—, a un Derecho
Internacional de los Derechos Humanos que es manifiestamente frágil, y a
una “responsabilidad social” que opera como un Derecho blando (soft law)
basado en la voluntariedad, la unilateralidad y la no-exigibilidad
jurídica.
Por decirlo con un ejemplo: mientras Abengoa, ACS y Repsol
pueden recurrir a tribunales de arbitraje y presionan a los gobiernos
para exigirles compensaciones por lesionar sus expectativas de negocio,
las comunidades afectadas por las operaciones de estas multinacionales
no tienen ninguna instancia internacional a la que llevar sus demandas.
Como se recoge en su Estrategia 2020,
la política comercial y la acción exterior de la Unión Europea se
orientan a “crear un entorno favorable para las empresas y facilitar su
acceso a los mercados exteriores, incluidos los mercados públicos”. En
este marco, todos los tratados de ‘libre comercio’ y los acuerdos de
asociación firmados en los últimos años, junto a otros muchos que se
están negociando en la actualidad tanto a nivel bilateral como
multilateral, sirven para otorgar plena seguridad jurídica a esos
negocios empresariales.
La lex mercatoria avanza adecuando las
diferentes normativas nacionales e internacionales a los intereses de
las grandes corporaciones, fortaleciendo la armadura jurídica de la que
estas son las principales beneficiarias. (...)" (Juan Hernández Zubizarreta (@JuanHZubiza) y Pedro Ramiro (@pramiro_) son investigadores del Observatorio de Multinacionales en América Latina (OMAL) – Paz con Dignidad. , La Marea, 17/01/18)
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