"El nuevo decreto de turismo de Catalunya, que ha
sido aprobado este martes por el Govern de la Generalitat a propuesta de
la Conselleria de Empresa i Coeneixement, incorpora la figura de hogar compartido que permitirá a cualquier persona alquilar su vivienda con fines turísticos, aunque estará sometida a algunas limitaciones: el inmueble tendrá que ser la vivienda principal del titular y este tan solo podrá compartir ese piso con un máximo de cuatro personas con estancias iguales o inferiores a 31 días.
Además, el titular tendrá que residir y compartir la vivienda con los turista y
tendrá que contar con una cédula de habitabilidad como único requisito
para poder alquilar su vivienda, al margen de estar inscrito en un
registro de alquiler turístico que deben elaborar los ayuntamientos, que
en última instancia podrán decidir sin en esa población se puede llevar
a cabo la actividad de vivienda compartida. Las corporaciones locales
tendrán que dar los detalles a la Generalitat, que se encargará de elaborar el registro general en Catalunya.
"No es una práctica nueva", ha comentado el director general de Turisme de la Generalitat, Octavi Bono,
"ya se está realizado: hay cerca de 10.000 viviendas en estas
condiciones en Barcelona y 14.000 en Catalunya", ha agregado. "Hay que
regularlo para que la actividad tribute y los entes
locales tengan control de la actividad", puntualizó Bono. Este apartado
de la nueva normativa no entrará en funcionamiento hasta dentro de un
año, periodo en el que debe los ayuntamientos deben asumir esta
tipología de alojamiento turístico.
La normativa aprobada allana el camino a las plataformas de hospedaje como Airbnb,
ya que normaliza la existencia de este tipo de establecimiento que
podrá utilizar las plataformas para publicitar la oferta y poner en
contacto a arrendatario y arrendador. (...)" (Max Jiménez, El Periódico, 04/08/20)
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