30.4.13

El 'ahorro' sanitario de la empresa Capio provocó graves secuelas a un niño

"El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Comunidad de Madrid a pagar una indemnización a una familia cuyo hijo fue víctima de una negligencia cometida en el Hospital Infanta Elena de Valdemoro de Madrid.

 La Consejería de Sanidad que dirige Javier Fernández Lasquetty, tendrá que responsabilizarse, por tanto, de un error que tuvo lugar en uno de los hospitales públicos de gestión privada de la región: la empresa Capio controla todo el personal (sanitario y no sanitario) de dicho centro.(...)

 Y es que, según los informes periciales del caso, las secuelas que le han quedado al pequeño, nacido en 2008 en el citado hospital, derivan de la no utilización "de los medios diagnósticos necesarios", la "desatención" del niño y "la demora en la corrección quirúrgica". Al final, el afectado fue correctamente diagnosticado e intervenido en el Hospital público de La Paz.  (...)

El informe aportado por los progenitores en su denuncia, realizado por un experto en Medicina Legal y Forense, concluye que hubo varios errores diagnósticos en Valdemoro: "en la consulta de cardiología pediátrica, el 30 de abril, donde se realiza un ecocardiograma informado como "corazón normal'" mientras "el menor presentaba síntomas que tenían que haber hecho sospechar la existencia de una patología". 

"Dichos síntomas se repitieron desde el día 8 de junio de 2008 hasta el 5 de julio", continúa el escrito. Al día siguiente, el pequeño es hospitalizado con dificultad respiratoria. Tres días después recibe el alta "con diagnóstico de bronquitis aguda e intolerancia oral sin que conste que se realizase prueba de imagen diagnóstica para descartar patología cardiaca alguna", sentencia.

 Ya en septiembre de ese mismo año, el bebé vuelve a ser ingresado, entre otros síntomas, con un "soplo sistólico" que fue estabilizado antes de volver a darle el alta con un diagnóstico de "asma intrínsica". 

¿Su conclusión? "Que ha existido un error diagnóstico continuado por falta de medios; que la asistencia del Hospital de Valdemoro no es acorde a la lex artis ad hoc y por esta causa se produjo una demora importante en la necesaria corrección quirúrgica de la malformación congénita".  (...)

"Hay que destacar que, a pesar de la progresiva evolución desfavorable, con dos visitas a urgencias y un ingreso hospitalario, con casi cuatro meses de edad, no se realizó ninguna prueba de imagen", señala.

 Sus conclusiones, también, reveladoras: "La actuación del Servicio de Pediatría del Hospital Infanta Elena de Valdemoro se puede decir que ha sido muy económica por no utilizar los medios diagnósticos necesarios. Y por la misma razón, no ajustada a lex artis".    (Público, 30/04/2013)

No hay comentarios: