"El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha decidido
anular el concurso llevado a cabo por la Generalitat en 2012 para
adjudicar la gestión de la empresa pública Aigües Ter-Llobregat (ATLL),
encargada de llevar hasta el área metropolitana de Barcelona el agua
que consumen casi cinco millones de ciudadanos.
El tribunal considera
que el proceso vulneró "los principios de publicidad, concurrencia e
igualdad". (...)
La sección quinta de la sala contencioso-administrativa del TSJC se
ha pronunciado por primera vez sobre el fondo de este enrevesado
conflicto para anular el "conjunto del procedimiento de contratación",
que acabó ganando el consorcio de Acciona frente a Agbar.
El Organismo
Administrativo de Recursos Contractales de Cataluña estimó el recurso
que interpuso Agbar y declaró que la oferta de Acciona era
“inadmisible”. El juez considera, en cambio, que la oferta sí era
admisible, pero concluye que el concurso era “nulo”.
La principal razón para anular el procedimiento es que las bases del
concurso incluían un programa de obras que primero se calificó como
orientativo pero que al final se indicó que era obligatorio. Según el
tribunal, ello causó una “situación de confusión grave” en la
elaboración de propuestas que es contraria a los principios de
“transparencia, publicidad e igualdad”, que son “esenciales” en materia
de contratación. (...)" (
Dani Cordero
, El País, Barcelona
23 JUN 2015)
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