"Contrato único; para qué sirve y para qué no sirve.
No sirve para reducir la temporalidad:
Mediante un contrato único el trabajador puede ser cesado en cualquier
momento por el empresario. La indemnización que propone el contrato
único por cese es, además, menor conforme menor es la antigüedad
contractual del trabajador.
De esta manera el contrato único ni penaliza
ni obstaculiza el trabajo de carácter temporal. Y mediante su
aplicación no dejan de existir contratos de duración reducida. Luego, contrato único no es sinónimo de contrato de duración indefinida
en el tiempo. Cuando finaliza el tiempo de permanencia laboral que el
empresario estima necesario, el contrato se interrumpe y el trabajador
“se va a la calle”.
No sirve para cambiar el paradigma de producción económica:
El contrato único es, por el contrario, una tipología contractual sin
influencia alguna para configurar un nuevo escenario de actividades
económicas. (...)
No sirve para mejorar la estabilidad en el empleo:
Todavía no se conocen con exactitud las cuantías de indemnización por
cese o despido asociadas al contrato único. Curioso, ¿no? Y mucho más,
tratándose de la información que en última instancia permite valorar el
grado en el que las instituciones pretenden proteger la estabilidad del
empleo.
Lo previsible es que las indemnizaciones del contrato único
sean, en su mayor parte, menores que las actuales, significando esto que
el contrato único está diseñado para favorecer exclusivamente al sector
empresarial.
Sirve para reducir la tipología de contratos que existen actualmente:
Se elimina el conjunto de posibilidades de elección para que solo
exista una: el contrato único. Pero, como ya se ha indicado, esto no
evita que las contrataciones se sigan realizando fundamentalmente con
carácter temporal.
Es más, nada impide que mediante la articulación de
esta figura siga sucediendo, por poner un ejemplo, que en España dos
millones de trabajadores fueran contratados y cesados en el segundo
trimestre de 2015, antes inclusive de haber permanecido en su puesto de
trabajo tres meses. (...)
Sirve para eliminar del lenguaje económico la expresión “temporal”:
Si algo pretende, si algo persigue la figura contractual denominada
“contrato único” no es eliminar la dualidad del mercado laboral (empleo
temporal versus empleo indefinido).
Es otro tipo de dualidad la que
pretende eliminar. Mediante el establecimiento de un contrato único se
busca aquello que podríamos resumir mediante el siguiente eslogan: “No
lo llames contrato temporal, llámalo contrato único”. Pero cuando
despertaron, la realidad seguía estando ahí." (El Captor, 2015, 25 de noviembre, en Economía Mundial)

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