9.3.17

La PAH se moviliza ante los juzgados para exigir la paralización de los desahucios... por la aplicación de las sentencias europeas que anulan las cláusulas abusivas (que 'todas' las hipotecas españolas contienen)

"Los laberintos del derecho y el sufrimiento de las personas. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciaba el pasado 26 de enero contra las cláusulas de “vencimiento anticipado” en las hipotecas. 

Esta cláusula “abusiva”, que figura en la mayoría de los préstamos hipotecarios, permitía la apertura de un procedimiento de ejecución hipotecaria y el desahucio en caso de que el afectado dejara de pagar varias cuotas. 

Así, por el impago de generalmente tres mensualidades (incluso una en muchos casos), el banco podía declarar finalizado el contrato y reclamar toda la deuda pendiente además de los intereses. Plataformas de Afectados por las Hipotecas (PAH) de todo el estado se concentraron ayer frente a las puertas de los juzgados, para exigir el archivo de todos los procedimientos de ejecución hipotecaria. 

El argumento esgrimido es precisamente la sentencia del TJUE, que declara la cláusula de vencimiento anticipado “ilegal” y “nula”. La generalización de este requisito abusivo permite concluir, según la PAH, que son ilegales todos los procedimientos de ejecución hipotecaria y desahucios llevados a término desde 1995. 

 Pero las idas y venidas por los tribunales no han concluido. El pasado dos de marzo la Audiencia Provincial de Madrid acordó la suspensión de las ejecuciones hipotecarias por “vencimiento anticipado” en los juzgados madrileños. 

El motivo radica en que la Audiencia Provincial está a la espera de que el TJUE responda a las cuestiones que le ha planteado el Tribunal Supremo español sobre la sentencia del 26 de enero. También la Audiencia Provincial de Castellón ha adoptado el criterio de mantenerse a la expectativa. 

Además, estas decisiones judiciales ya han tenido efectos prácticos. El Juzgado de Instrucción número tres de Navalcarnero resolvió el pasado dos de marzo la suspensión de una vista, al hilo de las instrucciones de la Audiencia Provincial de Madrid. 

Fuentes de la PAH recordaron asimismo que el Juzgado de Primera Instancia número 32 de Madrid suspendió el 24 de febrero los procedimientos en que los deudores hubieran alegado como “abusiva” la cláusula de vencimiento anticipado. 

En un comunicado difundido antes de la concentración ante la Ciudad de la Justicia de Valencia, la PAH subraya que el TJUE “está dejando en evidencia la posición de algunos jueces y tribunales españoles, reticentes a archivar las ejecuciones hipotecarias por las numerosas cláusulas abusivas que figuran en la práctica totalidad de los contratos”.

 La sentencia recuerda a las instancias judiciales españolas “una vez más, que tienen la obligación de atenerse a la normativa comunitaria, en concreto a la Directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores”, destaca la nota de prensa de la PAH. 

Se da la circunstancia de que en la sentencia del 26 de enero, el alto tribunal europeo analizó el caso presentado por un juez de Santander, en el que el impago de siete cuotas mensuales sobre un total de 564 que integraban el préstamo dio lugar al vencimiento anticipado de la hipoteca. Pero se trata de una sentencia más. 

El 21 de diciembre el Tribunal de Justicia de la UE ya dictaminó que las entidades financieras del estado español tendrían que devolver, con carácter retroactivo, el importe de las cláusulas “suelo” aplicadas de manera abusiva en las hipotecas. 

En la Ciudad de la Justicia de Valencia, portavoces de la PAH se entrevistaron con el magistrado-juez decano de Valencia, Pedro Luis Viguer, y con el presidente de la Audiencia Provincial, Fernando de Rosa, a quienes les preguntaron por su posición sobre la sentencia del TJUE.

 “Les hemos pedido que se paralicen los procedimientos hipotecarios pendientes de resolución, y se declaren nulos cuando incluyan cláusulas de vencimiento anticipado”, informa Jesús González, activista contra los desahucios.

 La respuesta recibida apunta a que los juzgados de primera instancia actuarán según las directrices de la Audiencia Provincial de Valencia, y que ésta ha decidido por unanimidad que los juzgados de lo civil continúen con los procedimientos y examinen “caso por caso” si existen cláusulas de vencimiento anticipado. 

Fuentes de la PAH señalan que hubieran preferido la suspensión, como en Castellón y Madrid, aunque no consideran negativo el criterio de la Audiencia Provincial de Valencia, ya que los juzgados “están archivando los procedimientos en caso de encontrar cláusulas opacas”.  (...)

Las concentraciones han tenido lugar pocas fechas después que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) informara de la cifra de desahucios en el estado español durante 2016, que se eleva a 63.037 y la mayoría afectó a alquileres. (...)"            ( Enric Llopis , Rebelión, 08/03/17)

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