15.7.26

La Audiencia de Badajoz condena al hermano de Pedro Sánchez siguiendo la doctrina del Supremo sobre el fiscal general, pese a que no existió indicio probatorio acreditado... La Sala que ha juzgado a once acusados por 'enchufismo' en relación a esa plaza adjudicada al hermano de Sánchez en 2017 cita profusamente la argumentación de la sentencia redactada por Andrés Martínez Arrieta que condenó a García Ortiz a la pena de inhabilitación especial para ejercer el cargo de fiscal General del Estado por dos años... la sentencia de Badajoz reproduce pasajes íntegros de la famosa sentencia del Alto Tribunal, que afirmó como hecho probado que fue el propio fiscal general o "una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento", quien filtró a la prensa el correo referido al novio de Ayuso. Ello, sin soporte probatorio... En esa misma línea, el ponente de esta sentencia de la Audiencia pacense, Emilio Francisco Serrano, arma un relato sobre prevaricación administrativa, dando por hecho que la plaza se creó por "razones espurias", pero a la vez asegurando que no ha quedado probado que ese trato de favor hacia David Sánchez obedeciera a un tráfico de influencias por parte de responsables de la Diputación de Badajoz... Es decir, la sentencia admite que no ha podido probarse quién pidió que se creara la plaza o si los condenados, entre los que figuran ocho funcionarios o extrabajadores de la Diputación, actuaron motu proprio "con el designio de favorecer al Sr. Sánchez Pérez-Castejón por su relación de parentesco con quien era una figura política señera..." (Ana María Pascual)

"La sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz que condena a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, y al exlíder de los socialistas extremeños Miguel Ángel Gallardo por prevaricación en relación a la plaza de coordinador de los conservatorios pacenses, se respalda en la histórica sentencia del Tribunal Supremo que condenó al exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz, el 9 de diciembre de 2025, como autor de un delito de revelación de datos reservados, pese a que no existió indicio probatorio acreditado.

(Ana María Pascual, Público, 14/07/26)  

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