"Fieles a la consigna de utilizar la reforma fiscal para transferir
rentas de la clases bajas y medias a las altas, los expertos
progubernamentales proponen suprimir el impuesto sobre el patrimonio y,
como no estaría bien visto confesar el auténtico motivo, revisten la
recomendación de todo tipo de falacias con objeto de ocultar sus
verdaderas intenciones. (...)
Para justificar la eliminación del impuesto, el informe Lagares
argumenta que recae exclusivamente sobre las clases medias, puesto que
los contribuyentes de ingresos elevados se escapan de su gravamen
mediante la creación de sociedades interpuestas.
Discurso que posee una
buena dosis de cinismo, sobre todo cuando después se reduce el impuesto
sobre sociedades, o cuando se exime a estas de tributar por los
incrementos patrimoniales o se eliminan los mecanismos de transparencia
que permitían imputar a los socios los beneficios y patrimonios de la
sociedad.
Si las grandes fortunas eluden tributos tales como el IRPF,
patrimonio o sucesiones es únicamente porque el poder político se lo
permite. Las sociedades no se encuentran flotando en el aire, tienen
accionistas que pueden ser identificados con facilidad, y los valores de
aquellas incorporarse al patrimonio de sus dueños.
El Estado dispone de
suficientes mecanismos para evitar la evasión o la elusión (para el
caso, da lo mismo) de este impuesto. Por otra parte, se maneja una
noción de clase media abusiva.
Desde luego, difícilmente el gravamen les
será aplicable a la mitad de los asalariados de Madrid quienes, según
un estudio de Comisiones Obreras, no llegan ni siquiera a ser
mileuristas. Cuando únicamente 169.000 madrileños tributaban por el
impuesto sobre el patrimonio, resulta difícil calificar a este colectivo
de clase media.(...)
El impuesto sobre el patrimonio y el de la renta son complementarios,
pero no solo porque el primero pueda utilizarse como un elemento de
control del segundo (versión de algunos para jibarizarlo), sino porque
puede desvelar aspectos de la capacidad de pago que el IRPF no capta en
su totalidad. Por ejemplo, los bienes de lujo o improductivos no generan
ingresos, y por ello nunca serán gravados en un impuesto sobre la
renta. (...)
Este es precisamente el objetivo de la Comisión cuando propone la
supresión del impuesto sobre el patrimonio, al tiempo que se ensaña con
la tributación de la propiedad inmobiliaria: imputación de la vivienda
propia en el impuesto sobre la renta, eliminación de la deducción por
compra, supresión de la actualización monetaria de las plusvalías en la
venta, y una fuerte subida del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).
En
realidad, el IBI es un impuesto de patrimonio solo que no progresivo y
que recae sobre una única forma de propiedad, la inmobiliaria, que es
también la única que, al menos en España, poseen los pertenecientes a la
clase media y quizá unos pocos de la clase baja.
La única pretensión, por tanto, es la de eximir de tributación al
patrimonio de las clases altas colocado principalmente en acciones y en
toda clase de títulos. El impudor de la Comisión llega a tal extremo que
para justificarse se permite afirmar (eso sí, en letra pequeña) que el
patrimonio financiero ya está gravado, puesto que las SICAV tributan al
1%.
Tal afirmación solo puede obedecer al afán de confundir, pues no se
puede creer que se deba a la ignorancia capaz de identificar lo que es
un gravamen sobre la renta con el del patrimonio. Las SICAV, en las que
las grandes fortunas tienen su patrimonio, tributan al 1%, sí, pero en
el impuesto sobre sociedades, lo que constituye un enorme privilegio y
una exclusión del tipo general que en la actualidad es del 30%." (El impuesto sobre el Patrimonio, el IBI y los expertos, de Juan Francisco Martín Seco en República de las ideas, en Caffe Reggio, 12/04/2014)
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