"(...) Hasta septiembre de 2013, el proyecto
de almacenamiento submarino de gas natural Castor era desconocido para
la mayoría de la población. Pero cientos de terremotos despertaron
interrogantes en la opinión pública y dieron voz a la lucha local que
llevaba tiempo avisando de los peligros.
En la concesión del proyecto,
una de las cláusulas contemplaba el derecho a compensación de la empresa
promotora si se extinguía la concesión o si la empresa renunciaba,
incluso en caso de dolo o negligencia.
Un año más tarde los terremotos, y
poco después de que la promotora, ESCAL UGS, renunciase a la concesión,
la "solución" que el gobierno central ha puesto sobre la mesa es pagar
una compensación a la empresa promotora, por esta renuncia, pero a cargo
de la factura del gas, (...)
La forma para aprobar la compensación ha sido un Real Decreto Ley (RDL), en vigor desde el pasado 3 de octubre, que permite la salida de ESCAL UGS y coloca a Enagas como gestor de las instalaciones. El gobierno emite derechos de cobro a 30 años por valor de 1.350 millones de euros y los cede a la banca.
Enagas
canaliza la operación y los bancos pueden posteriormente vender en los
mercados esta deuda (como con el déficit eléctrico), o quedárselo en sus
balances, recibiendo una rentabilidad que supera el 4%.
A
la ciudadanía le preocupa cómo se concretará el pago de la
indemnización a través de sus facturas del gas, y qué pasará con una
infraestructura peligrosa que, en vez de desmantelarse, se deja
hibernada indefinidamente.
En la clase política implicada en las
diferentes fases del proyecto, en cambio, tiene que encontrar la manera
de no salir salpicada de este caso. Mientras tanto, la ACS de Florentino
Pérez (que controla 66% de ESCAL UGS) sabe que cobrará los 1.350
millones de euros íntegros (...)
La compensación que recibirá ESCAL UGS de 1.350 millones de euros es una cifra que puede confundir. Con el interés del 4,2% que va asociado a esa cantidad (se acumulan las cantidades a devolver más los intereses correspondientes año tras año durante los 30 años) se convierte el importe a pagar por la ciudadanía en cerca de 4.700 millones de euros.
Sin olvidar los 100 millones de
euros anuales que cuesta el mantenimiento de las instalaciones, y otros
gastos de operación y administración (aunque no cuantificables) y que
también correrán a cargo de la ciudadanía.
Esta tercera fase nos muestra
como la deuda beneficiará a los sectores gasista y financiero que toman
parte en la operación financiera. Una operación que ahogará la
población consumidora de gas, que será quien finalmente pagará una deuda
engrasado a través de sus facturas. (...)
El
pago a los bonistas por parte de ESCAL UGS estaba asegurado en la
medida en que el Estado aprobara una compensación (la que figura ahora
en el RDL citado). Por ello, la renuncia generaba prisa para tomar una
decisión antes del 30 de noviembre, fecha límite para la puesta en
marcha de las instalaciones según el prospecto que en su día se entregó a
los bonistas.
Una negativa por parte del Estado a aceptar la renuncia,
una decisión más tardía que esperara a los estudios o los procesos
judiciales en marcha, o la exigencia del desmantelamiento de las
instalaciones, hubieran expuesto a ACS, ya que se habrían tenido que
devolver los bonos en su totalidad.
En definitiva, en la medida en que
el Estado español redujera (o si una sentencia judicial anulara) la
compensación a ESCAL UGS, más expuesto se vería ACS ante el pago de los
bonos, y menos expuesta a la ciudadanía a "contribuir" al pago de una
deuda que no es suyo.
Con
la medida actual, los escenarios posibles sobre los que se ha
especulado en los últimos meses (asumir la deuda desde los Presupuestos
Generales, nacionalizar las instalaciones, negociar una quita de la
deuda, o iniciar el proceso para anular definitivamente, según la
posibilidad que dejaba abierta el Tribunal Supremo), se acabó eligiendo
la peor opción para la ciudadanía: la que socializa la totalidad de esta
deuda privada, que abre la puerta a que este siga creciendo ya seguir
utilizando las instalaciones en un futuro. (...)" (ICEA)
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