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29.4.26

El inspector Morocho ratifica que recibió "instrucciones" para que Rajoy no saliera en su informe sobre la 'caja b' del PP... Confirma que el nombre de Dolores de Cospedal también fue excluido por indicaciones de sus jefes... El policía que investigó el 'caso Gürtel' y los 'papeles de Bárcenas' asegura que recibió "todo tipo de objecciones" de toda la escala de mandos para que no aparecieran "cargos públicos" en sus informes... La hostilidad hacia él llegó a un punto que cuando el DAO Eugenio Pino le presentó al comisario Enrique García Castaño, este le espetó: "Y tú qué haces aquí, si tenías que estar muerto"... ha asegurado que dio cuenta de estas presiones a los jueces que estuvieron al frente de la instrucción del caso Gürtel y que presentó una queja ante la Fiscalía Anticorrupción (Ana María Pascual)

 "El inspector Manuel Morocho, investigador del caso Gürtel y de los papeles de Bárcenas, copa la sesión de este miércoles del juicio por la operación Kitchen. Fue el responsable del informe de la Unidad Central de Delincuencia Económica (UDEF) sobre el caso Gürtel y denunció presiones internas de sus superiores para hacer desaparecer los nombres de Mariano Rajoy, entre otros dirigentes del PP.

A Cospedal no se la pudo incluir

Apartarle del caso

Los informes, parados, en la DAO y el PP

(Ana María Pascual , Público, 29/04/26)  

27.4.26

M. Rajoy: todo falso (salvo alguna cosa)... entre gracieta y gracieta conviene no olvidar que, bajo la presidencia de Rajoy, todo un ministerio del Interior dedicó (presuntamente, de momento) recursos y esfuerzos a eliminar cualquier prueba que Luis Bárcenas pudiera emplear para salpicar a dirigentes del Partido Popular y del Ejecutivo, y Montoro se dedicaba (presuntamente, de momento) a legislar al dictado de empresas privadas a cambio de mordidas millonarias. Todo graciosísimo. Muy típico de gobiernos de repúblicas bananeras donde política y mafia se dan la mano... es más que evidente quién era el beneficiario de toda la Operación Kitchen: se llama Partido Popular y se apellida Rajoy, Cospedal, etcétera, etcétera. La pregunta es quién ordenó ponerla en marcha y la mantuvo, utilizando hasta setenta agentes de policía para espiar a Luis Bárcenas, extesorero del partido... en la misma sala del juicio, Bárcenas señaló directamente a Rajoy al contar cómo la trama hizo desaparecer un audio en el que se escuchaba al también presidente del PP meter en la trituradora la última página de la “contabilidad extracontable” (o sea, ilegal, en negro) en presencia del tesorero... todo esto no ayuda en absoluto a otorgar alguna credibilidad al teatro judicial emitido en directo... ¿Y lo de Montoro? Pasito a pasito, con mucha calma y gracias al esfuerzo muy personal de una fiscal rigurosa y un juez de provincias sin apenas recursos. Claro que debería decretarse una “prioridad nacional”: garantizar, de verdad, una justicia igual para todos (Jesús Maraña)

 "Rajoy, como en la canción de Sabina, lo niega todo, incluso la verdad. Lo cual no es ninguna sorpresa. Pero merece la pena explorar un poco lo que esconde esa natural desgana, esa retranca del personaje que al parecer produce cierta empatía aunque le sirva a la persona para esquivar responsabilidades gravísimas. Porque entre gracieta y gracieta conviene no olvidar que, bajo la presidencia de Rajoy, todo un ministerio del Interior dedicó (presuntamente, de momento) recursos y esfuerzos a eliminar cualquier prueba que Luis Bárcenas pudiera emplear para salpicar a dirigentes del Partido Popular y del Ejecutivo en las múltiples irregularidades ya sentenciadas por el Supremo en el caso Gürtel. Como tampoco olvidamos que en esos mismos años, y bajo la misma presidencia del Gobierno, en el ministerio de Hacienda de Cristóbal Montoro se dedicaban (presuntamente, de momento) a legislar al dictado de empresas privadas a cambio de mordidas millonarias. Todo graciosísimo. Muy típico de gobiernos de repúblicas bananeras donde política y mafia se dan la mano.

Lo que Mariano Rajoy hizo el jueves durante la media hora que pasó por la Audiencia Nacional fue defender a su amigo y subordinado durante muchos años Jorge Fernández Díaz y al número dos de este, su secretario de Estado en Interior, Francisco Martínez. Y, de paso, defenderse a sí mismo aunque formalmente nunca haya sido acusado. Por eso sostiene Rajoy que la Kitchen “no fue una operación política”, sino “una operación policial” cuyo objetivo fundamental era “coger el dinero del señor Bárcenas y averiguar quiénes eran sus testaferros”. Y, por supuesto, todo “se ajustó a la legalidad” (ver aquí). Y los elefantes vuelan y los caballitos ladran. A estas alturas es más que evidente quién era el beneficiario de toda la Operación Kitchen: se llama Partido Popular y se apellida Rajoy, Cospedal, etcétera, etcétera. La pregunta es quién ordenó ponerla en marcha y la mantuvo, utilizando hasta setenta agentes de policía para espiar a Luis Bárcenas, extesorero del partido. 

El pasado lunes, en la misma sala del juicio, Bárcenas señaló directamente a Rajoy al contar cómo la trama hizo desaparecer un audio en el que se escuchaba al también presidente del PP meter en la trituradora la última página de la “contabilidad extracontable” (o sea, ilegal, en negro) en presencia del tesorero que él mismo había nombrado (ver aquí). Rajoy asegura que eso es “absolutamente falso”. Y es la palabra de uno contra la del otro, puesto que ya se encargó precisamente la Kitchen de destruir cualquier prueba documental (o no, quién sabe si en las profundas alcantarillas de Villarejo existe alguna copia) que pudiera aclarar el enigma.

Pero lean: “Es claro que el origen de la Operación Kitchen ni estuvo relacionado ni afectaba al ministerio del Interior. Y es obvio que el señor Bárcenas era el tesorero del Partido Popular, no del ministerio del Interior y no dependía ni estaba vinculado con dicho ministerio”. Esto escribía, negro sobre blanco, la defensa del exministro Fernández Díaz en julio de 2021. Por entonces los principales acusados iban lanzando dardos para que en las alturas del PP tuvieran claro que no se iban a “comer el marrón” de unos cuantos años de cárcel por unas prácticas mafiosas cuyo único interés era de partido, no policial. De hecho, no se conoce que durante todo ese periodo la trama llevara ninguna de sus pesquisas o acciones a la autoridad judicial correspondiente. 

Y además, a Rajoy le traiciona la cronología. El mensaje de “Luis, sé fuerte” lo envía el 18 de enero de 2013, dos días después de conocerse que Luis Bárcenas oculta una fortuna millonaria en Suiza. Dice ahora que la Kitchen, que se puso en marcha en verano del mismo año, perseguía la recuperación del dinero de Bárcenas, cosa que, a la luz de ese mensaje enviado, tenía sin dormir a Rajoy, más ocupado por esas fechas en recortar servicios públicos y subir impuestos.

Por último, sostiene Rajoy –también en su día responsable de Interior–, que ni los ministros ni los secretarios de Estado ni, por supuesto, los presidentes “están en las operaciones policiales” ni en “los fondos reservados”. Ahora va a resultar que Rajoy defiende la inocencia de José Barrionuevo y Rafael Vera, condenados por el Supremo en los años noventa por una operación parapolicial ilegal realizada con dinero público.

La amnesia selectiva de Rajoy, casi tan aguda como la de María Dolores de Cospedal, y las clamorosas mentiras de ambos fueron celebradas por las defensas de Fernández Díaz y Francisco Martínez con unas pocas preguntas cómplices. Y, si cabe aún más llamativo, el silencio de la fiscalía y de la abogacía del Estado. Siempre hay una explicación técnico-jurídica o procesal que lo justifica todo. Y en este caso todo está condicionado, como ya hemos advertido alguna otra vez, por la instrucción del juez Manuel García-Castellón, que se esforzó muchísimo en delimitar toda la investigación de la Kitchen al ministerio del Interior, evitando explorar a fondo la vertiente política que conducía a las alturas del PP y del Gobierno. Incluso se han dejado fuera de este juicio de la Kitchen audios que todos hemos escuchado y que ponen en evidencia la declaración que este mismo jueves hizo Cospedal. “Yo a Villarejo le hacía preguntas, no encargos”, aseveró tan pancha, y añadió además que nunca había hablado por teléfono, “ni fijo ni móvil”, con el comisario, como si no hubiera escuchado media España su voz indicándole que lo de “la libretita” donde Bárcenas apuntaba sus pagos “sería mejor lograrlo parar”. Pero resulta que Cospedal puede mentir sin consecuencias, precisamente por su estatus peculiar de testigo que fue imputada con un archivo provisional de la causa (ver aquí).

Por mucho que la presidenta del tribunal, Teresa Palacios, justifique su actitud en los interrogatorios de estos días como consecuencia de que sólo cabe en este juicio lo que figura en los escritos de acusación, se agradecería un mínimo esfuerzo por lo que debería ser el objetivo prioritario de una causa judicial: conocer los hechos presuntamente delictivos, identificar a sus responsables y, por último, castigarlos si se demuestra su culpabilidad. Ni la retranca de Rajoy ni el sonriente cuajo de Cospedal, tan cómodos ambos con la permanente asistencia de Palacios cortando todo intento de evidenciar que es imposible juzgar la Kitchen sin conectarla con la Gürtel, ayudan en absoluto a otorgar alguna credibilidad al teatro judicial emitido en directo. Y respecto al fiscal y la abogacía del Estado, resulta asombrosa su renuncia a poner en aprieto alguno a Rajoy o a Cospedal mientras hay que leer tropecientas columnas en la prensa diestra denunciando la permanente “injerencia” del Gobierno en la acción de la justicia. A la vista está la eficacia de las “presiones” del malévolo Bolaños: Begoña Gómez, camino del banquillo con una petición de cárcel que casi dobla a la de Fernández Díaz; el hermano de Sánchez, también pendiente de juicio oral; el ex fiscal general, condenado sin prueba alguna; la Kitchen, juzgándose como si hubiera sido una ocurrencia de Villarejo y de otro policía cuya salud mental le impide declarar; y Ábalos y Koldo al borde de la trena (sobran los motivos) mientras el ínclito Aldama se pasea tan campante y el novio de Ayuso sigue comprando áticos en Chamberí. ¿Lo de Montoro? Pasito a pasito, con mucha calma y gracias al esfuerzo muy personal de una fiscal rigurosa y un juez de provincias sin apenas recursos.

Claro que debería decretarse una “prioridad nacional: garantizar, de verdad, una justicia igual para todos."

Jesús Maraña , InfoLibre, 25/04/26)

20.4.26

Ernesto Ekaizer: El juez Peinado se ha convertido en un juez estrella, jaleado por una judicatura ávida de sangre para ajustar cuentas contra la corte de Sánchez/Fernando VII, y Begoña Gómez/María Cristina... la sección 23 respalda aspectos esenciales de su instrucción... No ha visto ninguna anomalía en su manera de limitar el ejercicio del derecho de defensa, algo que en cualquier otro procedimiento sería considerado una salvajada... como no consiguió lo que deseaba sonsacar a Güemes, lo imputó. ¿Qué quería? Que dijera: se ha contratado a Begoña Gómez por ser la esposa del Presidente del Gobierno. Y Güemes pagó con su propia imputación su rechazo a esa versión que quería Peinado... la sección 23 dijo que era incorrecto. ¿Es solo incorrecto fabricar una declaración de un testigo para coaccionar a otro? La referencia gratuita y forzada a Fernando VII ha sido incorporada a autos, como el del 11 de abril, el paso previo a la apertura de juicio oral... además, aunque el juez Peinado ha instruido la causa por procedimiento abreviado, ha rizado el rizo, que sea el pueblo el que juzgue a nuestro Fernando VII en la persona de su consorte Begoña Gómez... "huelga decir que en una sociedad tan polarizada como la madrileña, la suerte puede estar echada antes de comenzar el juicio”, señala un abogado penalista

 "(...) el foco para Peinado no es Begoña Gómez. Es Pedro Sánchez/Fernando VII.

Si se hace un flash back de la instrucción del juez Peinado, es decir, si a partir de esta confesión sobre Fernando VII se proyecta el retrovisor, se comprenden mejor los hitos de su método.

Se presenta el juez en el Palacio de la Moncloa para que Pedro Sánchez comparezca como testigo; vuelve a hacerlo, aunque esta vez con una tarima, para tomar declaración al ministro de Gracia, perdón (así se llamaba en época de Fernando VII, ministro de Gracia y Justicia), al de Justicia del gobierno de coalición, Félix Bolaños) y cita a declarar a varios cargos del Palacio de la Moncloa.

Toda su instrucción proyecta una sombra palaciega hasta que, finalmente, en su auto del 11 de abril, será él mismo quien lo confiese.

Periodistas, políticos y juristas, que han visto cómo los magistrados de la sección 23 de la Audiencia de Madrid, los “superiores”, por así decir de Peinado -resuelven los recursos de apelación contra sus resoluciones- se preguntan por qué, después de haber tumbado un número considerable de sus errores procesales -usar providencias, que no requieren motivación, cuando están en juego derechos fundamentales, o imputar a personas basándose en una invención, como el caso de Juan José Güemes, para citar solamente dos ejemplos entre muchos- no han anulado esta investigación.

Y la respuesta es simple: porque la sección 23 respalda aspectos esenciales de su instrucción.

No ha visto ninguna anomalía en su manera de limitar el ejercicio del derecho de defensa, algo que en cualquier otro procedimiento sería considerado una salvajada.

El juez, por ejemplo, resuelve los recursos de reforma -el que las partes presentan ante resoluciones del propio juez antes de ir en apelación a la sección 23- con una parsimonia extraordinaria.

En su resolución del 8 de enero de 2025, por ejemplo, ya acumulaba 16 recursos pendientes. Y los despachó de un plumazo, es decir, los desestimó todos.

He aquí su filosofía:“En fase de instrucción no sería admisible el recurso de apelación, y ni siquiera el de reforma, pero en cualquier caso la determinación de las diligencias de investigación decididas por el juez instructor debe entenderse que las ha considerado pertinentes”. Y punto.

Es decir, aquello que Balzac, basándose en la atribución a Napoleón Bonaparte, señala Esplendores y miserias de las cortesanas (1847)“El juez instructor es el hombre más poderoso de Francia”.

El patrón de conducta del juez es que no resuelve los recursos de reforma. Y, para más inri, de acuerdo con su conducta en otros procedimientos aunque la defensa del imputado/investigado acude a la Audiencia de Madrid directamente en apelación como es el juez quien lo debe elevar ya se encarga de retrasar los tiempos.

El juez Peinado necesita que nadie pueda revisar en tiempo real -como ha sido después de cinco meses el caso de la entrada y registro en el registro en el domicilio y empresa de Juan Carlos Barrabés por parte de la Audiencia- sus actuaciones.

En el de Juan José Güemes le imputó por un delito de falso testimonio que no podía instruir y le dejó cinco meses en dicha situación. El juez fabricó un testimonio atribuyéndolo a una testigo, Blanca Gil de Antuñano, y con ello, como no consiguió lo que deseaba sonsacar a Güemes, lo imputó. ¿Qué quería? Que dijera: se ha contratado a Begoña Gómez por ser la esposa del Presidente del Gobierno.

Y Güemes pagó con su propia imputación durante cinco meses su rechazo a esa versión que quería Peinado

Y ni siquiera anuló, con los videos en la causa, esa imputación. Fue decisión de la sección 23. Dijo que era incorrecto.

¿Es solo incorrecto fabricar una declaración de un testigo para coaccionar a otro?

Pero es que sí, la sección 23, incluso, al guiar a Peinado para que investigue a Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, también ha practicado invenciones.

“Resulta dudoso -sostiene un auto de la sección 23- y puede ser el primer indicio que sustente el delito de malversación, que el nombramiento de la asistente de la esposa del presidente de Gobierno, haya recaído en una amiga íntima de Begoña Gómez, pues sería la primera vez, en este tipo de nombramientos, que no se hace recaer en un funcionario experto en protocolo, para el mejor ejercicio de la función, sino que se hace recaer en una persona de su máxima confianza”.

Sostienen, pues, que el “primer indicio” que sustentaría la posible malversación sería que Cristina Álvarez es amiga íntima de Begoña Gómez.

Y, que, también, sería la “primera vez” que este tipo de nombramientos no recae en un “funcionario experto en protocolo”.

¿Es esto cierto?

No consta en la causa que esas personas nombradas al amparo de la ley sobre el personal de libre designación y personal eventual, que precisamente se hace sobre la base del concepto de confianza, tengan formación como expertos o expertas en protocolo.

Por tanto, la pregunta es: ¿por qué sostiene la Sala lo que es a todas luces un hecho falso?

Porque ya lo dejó claro esta sección 23 en junio de 2025 en lo que podemos denominar la virtual “guía” realizada en su auto del 12 de junio de 2025 sobre los pasos que debía dar Peinado.

“En concreto, respecto de la investigada Cristina Álvarez, ¿qué indicios de responsabilidad se le pueden imputar? La investigación tendrá que centrarse en si se sobrepasó en el desempeño de las funciones públicas que le fueron encomendadas para favorecer el plan delictivo de la investigada [Begoña Gómez] en el delito de tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privado. “[La conducta de Cristina Álvarez, asistenta de Gómez] podría suponer una desviación de recursos públicos en favor de intereses privados y lo que es más importante ofrecidos dentro de una estructura institucionalizada de poder que sirve para reforzar una indudable influencia como es la presidencia del Gobierno”.

Ya el Palacio de la Moncloa o la investigación sobre el Palacio aparecía proyectada.

“ [La citada estructura de poder] “Podría permitir inferir la solidaridad con la actuación de la principal investigada [Begoña Gómez], al tiempo que refuerza frente a terceros el carácter prevalente de la conducta de la principal investigada [Begoña Gómez], apuntalando el aura de indudable influencia que como esposa del presidente del Gobierno y ejerciendo sus funciones desde ese entramado del Palacio de la Moncloa podía tener toda su actividad privada”.

Hemos avanzado.

La referencia gratuita y forzada a Fernando VII ha sido incorporada a autos, como el del 11 de abril, el paso previo a la apertura de juicio oral.

Pero, además, aunque el juez Peinado ha instruido la causa por procedimiento abreviado, en cierto momento, en 2025, ha rizado el rizo: que sea el pueblo el que juzgue a nuestro Fernando VII en la persona de su consorte Begoña Gómez.

Es decir: que un jurado popular de Madrid juzgue los presuntos delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida.

“Los delitos de malversación y tráfico de influencias exigen una valoración previa, o sea, no son delitos de los que podríamos llamar de derecho natural. Son delitos que exigen una valoración jurídica que un jurado no está en condiciones de hacer. Un abogado, por ejemplo, no puede ser miembro del jurado. Un jurado puede decirte si un señor disparó la pistola o no disparó, si está probado que el arma era de esta persona o no vale. Y huelga está decir que en una sociedad tan polarizada como la madrileña, la suerte puede estar echada antes de comenzar el juicio”, señala un abogado penalista consultado por El Periódico.

El juez Peinado se ha convertido en un juez estrella al final de su carrera. Se jubila en septiembre próximo al cumplir 72 años.

Y lo hará en olor de multitudes, jaleado por una judicatura ávida de sangre para ajustar cuentas contra la corte de Fernando VII (Sánchez) y María Cristina (Begoña Gómez)"

(Ernesto Ekaizer, , blog, 19/04/26) 

13.4.26

El inspector que investigó 'Kitchen' identifica a Mariano Rajoy con los apodos de ‘el Asturiano’ y ‘el Barbas’... El inspector Fraga ha explicado que en un informe plasmó que el Asturiano tuvo conocimiento de la operación, pero el juez instructor, Manuel García Castellón, cerró esa línea de investigación (Público)... Despiporre después de que el inspector principal de 'Kitchen' identifique a Rajoy como 'el Asturiano': "Ya solo faltaría averiguar quién es el misterioso M. Rajoy" (Tremending)

 "El inspector jefe de Asuntos Internos de la Policía Nacional que instruyó la pieza Kitchen, Gonzalo Fraga, ha explicado este lunes las evidencias en el sumario que conducen a la conclusión de que el Barbas y el Asturiano es Mariano Rajoy, a preguntas del fiscal.  

Solo nos faltaría que averigüen de una vez quién es el misterioso M. Rajoy.

Europa Press @europapress

El responsable de la investigación policial de la 'Operación Kitchen' ratifica que la trama se refería a Rajoy como "El Asturiano" o "El Barbas": "La persona a la que denominan 'El Asturiano' es Mariano Rajoy"

De europapress.es

 12:02 p. m. · 13 abr. 2026 ·55,6 mil Visualizaciones

12:51 p. m. · 13 abr. 2026 ·4.768 Visualizaciones

10.4.26

Antonio Maestre: La "casualidad" ha querido que la causa de las mascarillas de José Luis Ábalos conviva en la agenda con la Kitchen del PP... La convivencia de ambas causas permite encontrar una genealogía de la maldad en la corrupción de los partidos... La corrupción del PP es siempre más grave. Es peor. Llega a lugares que no solo dejan sin recursos públicos las arcas de todos, sino que pervierten los derechos fundamentales de muchos ciudadanos hasta dejar tocada la esencia misma de la democracia, al usar a las más altas instituciones de la seguridad de un país para ocultar pruebas que les perjudican y perseguir a adversarios políticos que ponen en cuestión el mantenimiento en el poder de la derecha.... La de Àbalos es corrupción cutre, chusca, torrentiana, la que usa el dinero público para contratar prostitutas, ladronzuelos de cuarta categoría que empiezan a coger de la caja para pagar sus deudas de vida y placer ... cuando se ve a Koldo y Ábalos sentados de manera patética en la tribuna del Tribunal Supremo en contraposición con la cúpula del Ministerio del Interior del PP es que lo que ocurrió en el gobierno de Rajoy fue más grave, pero acaba sepultado cuando se empieza a desgranar hasta el detalle lo que ocurrió con la pata del gato a la que Ábalos le pagó el veterinario... Así, poco a poco, con lo folclórico y lo degenerado, con la broma y el puterío, el de siempre y el mediático, lo que fue uno de los mayores escándalos de la democracia queda olvidado... Spanish Revolution: ¿Queréis que confiemos en la justicia? El caso Kitchen vuelve a dejarlo claro: cuando la investigación se acerca al poder, las pruebas desaparecen y las responsabilidades se diluyen. Los audios que implican a Cospedal, fuera del juicio. Ella, como testigo y protegida

Spanish Revolution ‪@spanishrevolution.bsky.social‬

 ¿Queréis que confiemos en la justicia? El caso Kitchen vuelve a dejarlo claro: cuando la investigación se acerca al poder, las pruebas desaparecen y las responsabilidades se diluyen. Los audios que implican a Cospedal, fuera del juicio. Ella, como testigo y protegida.

9:02 · 10 abr 2026 40 republicaciones1 cita55 me gusta 3 

 

 "La "casualidad" ha querido que la causa de las mascarillas de José Luis Ábalos conviva en la agenda con la Kitchen del PP para que la derecha pueda permitirse que su corrupción no ocupe los tiempos en la agenda pública que permitan recordar cuán corrupta es la reacción.

La convivencia en la agenda de ambas causas permite entender quiénes son unos expertos en el arte de la corrupción y quiénes son meros principiantes que se dejan llevar por lo humano. No sabría decir cuál es más dañino para su partido, pero sí tiene unas diferencias fundamentales que permiten evitar la equiparación y encontrar una genealogía de la maldad en la corrupción de los partidos.

La corrupción del PP es siempre más grave. Es peor. Llega a lugares que no solo dejan sin recursos públicos las arcas de todos, sino que pervierten los derechos fundamentales de muchos ciudadanos hasta dejar tocada la esencia misma de la democracia. La derecha consigue la sublimación de la corrupción poniendo en cuestión los resortes mínimos de la participación política al usar las más altas instituciones de la seguridad de un país para ocultar pruebas que les perjudican y perseguir a adversarios políticos que ponen en cuestión el mantenimiento en el poder de la derecha.

El PP es el Ministerio del Interior usando un cura falso para robar pruebas que les permitan librarse de una condena. Es usar al DAO para perseguir adversarios políticos con pruebas falsas. Es la eliminación misma de la democracia jugando con el autoritarismo.

El abalismo es corrupción cutre, chusca, torrentiana, la que usa el dinero público para contratar prostitutas y pagarle la operación al gato de la meretriz. La que se ve empujada a coger lo que no debe por una vida disoluta en la que la fiesta le domina y el vicio supera a la virtud.

Ladronzuelos de cuarta categoría que empiezan a coger de la caja para pagar sus deudas de vida y placer, de película de sobremesa con poco presupuesto, que defienden su honor a los cuatro vientos antes de entrar a juicio para negar que hayan sido puteros, pero cuando llegan delante de un juez, lo primero que dicen es que esa señora que los acusa es puta. Que ellos solo son culpables de los placeres de la carne.

Y luego los escándalos impostados en la prensa patria. Porque no se acaba de entender la condescendencia con el comportamiento de la ínclita Jessica de los análisis sobre el hecho de que se quiera despreciar su opinión porque se pudiera haber dedicado a la prostitución.

Siempre teniendo en cuenta que ella no es la principal responsable del desfalco de fondos públicos, es indudable que ha sido beneficiaria de ese desfalco, siendo consciente de ello, porque nadie que no va a un trabajo en una empresa pública pero cobra el sueldo no puede ser liberada de responsabilidad; sea prostituta, dentista, azafata o mediopensionista.

La diferencia entre ambas corrupciones, entre ambos procederes, es similar al proceso de represión durante la Guerra Civil que la propaganda historiográfica fascista intenta equiparar para expiar sus culpas. La represión republicana se puede definir en Paracuellos, la de miembros fuera del poder que, al margen de las instituciones republicanas, llevaban a cabo procesos de asesinatos masivos, mientras personajes como Melchor Rodríguez evitaban que se produjeran esas matanzas.

En el bando fascista, la eliminación de los izquierdistas era dirigida desde arriba, estructurada, organizada y ordenada por los dirigentes. La fasciosa es la que sigue la cadena de mando y busca la eliminación sistemática; la ordena el general y acaba manchando la sangre de la plaza de toros de Badajoz sin dejar a uno vivo. La reaccionaria es metódica y calculada; la progre es atribulada y caótica, de piel. Todas matan. No todas son iguales en su proceder.

Estos días, lo más que se oye en el debate público cuando se ve a Koldo y Ábalos sentados de manera patética en la tribuna del Tribunal Supremo en contraposición con la cúpula del Ministerio del Interior del PP es que lo que ocurrió en el gobierno de Rajoy fue más grave, pero acaba sepultado cuando se empieza a desgranar hasta el detalle lo que ocurrió con la pata del gato a la que Ábalos le pagó el veterinario o la enchufada que se iba a la biblioteca a leer para aprender sobre trenes.

Así, poco a poco, con lo folclórico y lo degenerado, con la broma y el puterío, el de siempre y el mediático, lo que fue uno de los mayores escándalos de la democracia queda olvidado gracias a esa pareja de corruptos decadentes que operaban desde el Ministerio de Transportes, haciendo daño a su partido y a la democracia, ofreciendo un último favor a la reacción para ir erosionando nuestras instituciones, incluso ocultando los crímenes corruptos de la derecha.

Igual que cuando se denuncia la represión sistemática del franquista que acaba silenciado y olvidado, gritando: "¿Y Paracuellos, qué?"."

(Antonio Maestre  , blog, 09/04/26) 

7.4.26

La nefasta instrucción de Kitchen, ¿será un acto fallido del juez instructor para que haya nulidades o se anule el juicio? María Dolores de Cospedal, secretaria general del Partido Popular, contrata en 2009 a Villarejo para intentar la desactivación del ‘caso Gürtel’ y como derivada del mismo, ya con el PP en el Gobierno, encarga al comisario en 2013 recuperar los documentos comprometedores y posibles grabaciones del que fuera tesorero nacional del PP, de la total confianza de Mariano Rajoy... es una actividad encargada por Cospedal. A quien, en uno de sus mandobles, Garcia-Castellón decidió salvar. Las evidencias contra ella eran tan abrumadoras que el fiscal Serrano dio una batalla sin tregua por profundizar la investigación sobre la participación del PP. Pero la perdió... La necesidad era vital porque ese material suponía un riesgo para la permanencia misma del PP en el Gobierno... Esa batalla ahora la está dando una acusación popular, la del PSOE, que solicita suspender el juicio, declarar la nulidad de la conclusión de la instruccion de García-Castellón, la incorporación oficial de pruebas marginadas por el instructor, y la reapertura la investigación... la foto de los diez acusados sentados en el banquillo muestra que sea lo que sea ha sido una operación policial. No parapolicial (Ernesto Ekaizer)

"La nefasta instrucción de Kitchen, ¿será un acto fallido del juez instructor para que haya nulidades o se anule el juicio? Teresa Palacios, presidenta de la sección cuarta de lo Penal, y ponente de la sentencia, deberá, junto con los otros dos miembros del tribunal, resolver si ‘salvar la instrucción’ in extremis, enviar el caso a la Audiencia de Madrid, o declarar la nulidad parcial o total de la causa. Normalmente, se celebra el juicio y se dejan para resolver en la sentencia las llamadas cuestiones previas donde se cuestiona la instrucción de la causa.

En más de dos años de investigación de la operación montada por el Ministerio del Interior y el Cuerpo Nacional de Policía para controlar -en los años 2013-2015- o robar material comprometedor para Mariano Rajoy en poder del extesorero nacional del Partido Popular, Luis Bárcenas, el juez Manuel García- Castellón hizo mandobles a diestro y siniestro, o a izquierda y derecha, que el juez y la Fiscalía Anticorrupción han cocinado un Frankenstein.

Lo primero que consagra la sesión inaugural del juicio en San Fernando de Henares - las vistas se celebrarán una semana allí y otra en Madrid sucesivamente- es que la Operación Kitchen fue una actividad de los más altos cargos del Ministerio del Interior y el Cuerpo Nacional de Policía (CNP).

Es decir: la foto de los diez acusados sentados en el banquillo muestra que sea lo que sea ha sido una operación policial. No parapolicial, como siguen diciendo medios de comunicación que repiten el mantra de estos años. A saber que se trataba de una actividad de las cloacas, las alcantarillas del Estado. Aqui estamos ante la élite, la Planta Noble del Estado.

Una precisión: en el banquillo se sentaban nueve porque el décimo, el que a propuesta de Maria Dolores de Cospedal, secretaria general del PP, se encargó de la Operación Kitchen, tomó asiento en estrados, junto a los letrados de las defensas.

Ese décimo acusado se llama José Manuel Villarejo.

La conclusión preliminar es que el Partido Popular convirtió al CNP en un instrumento privado suyo para ajustar cuentas en este caso con “uno de los suyos” que se había convertido en enemigo por poseer documentos que comprometían al partido cuando Mariano Rajoy era presidente del Gobierno.

La necesidad era vital porque ese material suponía un riesgo para la permanencia misma del PP en el Gobierno.

Escuchar a los letrados de los diez acusados en el primer día del juicio, dedicado a las cuestiones previas -donde se dirime sobre cuestiones procesales y derechos fundamentales durante el proceso de investigación- fue una sesión terapéutica de psicoanálisis.

Hoy responderán a las defensas el Ministerio Fiscal, las acusaciones populares y particulares.

García-Castellón y la Fiscalía Anticorrupción utilizaron el secreto sumarial durante la mayor parte de la instrucción para construir el caso al margen de los imputados y su derecho de defensa.

El ejemplo más extremo fue el del comisario Enrique García-Castaño, 'El Gordo', que fuera jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional, vamos, el que dirigió durante largos años seguimientos, pinchazos telefónicos, con acceso a artilugios de todo tipo.

Declaró García-Castaño hasta siete veces bajo secreto sumarial, sin intervención de las defensas de los imputados y con la sola presencia de los fiscales. Y fue cambiando de versión, hasta, finalmente, aceptar parte de los hechos, en los que él tuvo una participación estelar. Como, por ejemplo, entrar sin autorización judicial en el pequeño bajo en el que Rosalía Iglesias, esposa de Bárcenas, restauraba muebles en la calle General Díaz Porlier, 32 de Madrid. Buscaba los famosos pendrives que atesoraba Bárcenas.

Los imputados nunca le cuestionaron. Es posible que pudieran hacerlo en cierto momento, aunque es verdad que García-Castaño sufrió un ictus en 2022 y, más tarde, a raíz de las secuelas, el juez archivó la causa contra él. Lo cierto es que, convertido en una especie de testigo de cargo, no hubo oportunidad de ver qué grado de fortaleza exhibía cuando cambió de bando. García-Castaño ya está fuera de la causa por las secuelas de su ictus.

Una cosa es que el juez y los fiscales pensaran que la investigación de altos cargos de Interior y de la Policía desataría múltiples presiones del poder político y otra que para poner sordina a ellas se orientaran a hacerlo todo en secreto, para cocinarlo sin riesgos. Utilizamos la palabra española como ironía para significar que en todos lados había, por así decir, Kitchen. O en este caso, una Contra Kitchen.

Uno de los temas ya planteados en la causa, y retomados por las defensas en las cuestiones previas, es el de la ‘perpetuatio iuridictionis’. Es decir: la competencia de la Audiencia Nacional, asumida al comienzo de la investigación, se perpetúa y no puede modificarse. La doctrina del Tribunal Constitucional señala que esa perpetuación asegura la efectividad del derecho a la tutela judicial efectiva y el juez predeterminado por la ley, evitando la manipulación del proceso.

Ahora bien, las defensas denuncian que la instrucción de Kitchen en la Audiencia Nacional es, en rigor, la manipulación de la tutela judicial efectiva. En otros términos que esa perpetuación lesiona el derecho fundamental que permite a toda persona acceder a los tribunales para defender sus intereses legítimos.

Porque, sostienen, los delitos que se persiguen -encubrimiento, malversación, delito contra la intimidad- no son competencia de la Audiencia Nacional sino de los tribunales de la Audiencia de Madrid.

Y, señalan, tampoco reúnen el requisito por el cual sí podrían investigarse en la Audiencia Nacional, a saber, ser delitos conexos con aquellos que se suelen investigar en dicho tribunal: terrorismo, narcotráfico, delitos cometidos en el extranjero, entre otros.

Es verdad que esa conexidad parece más un recurso para que la causa se quedase en la Audiencia Nacional.

Otro de los argumentos es que la causa Kitchen investigaba los “encargos” recibidos por el comisario José Manuel Villarejo, dada su condición de policía en activo, y por los cuales se le pagaba con dinero o en especie. Con contratos.

¿Cuál es la relación de este abanico investigador y Kitchen? La única más clara es que María Dolores de Cospedal, secretaria general del Partido Popular, contrata en 2009 a Villarejo para intentar la desactivación del ‘caso Gürtel’ y como derivada del mismo, ya con el PP en el Gobierno, encarga al comisario en 2013 la búsqueda del Santo Grial.

Es decir: detectar primero y recuperar después los documentos comprometedores y posibles grabaciones del que fuera tesorero nacional del PP -de la total confianza de Mariano Rajoy, quien le nombra al dejar el puesto Álvaro Lapuerta- para lo cual Villarejo se pone manos a la obra con la colaboración del Ministerio del Interior y la Policía Nacional. Todos a por el Santo Grial. Y Villarejo cobra por ello, aunque sea bajo la forma de adelantar pagos y pasar factura después. No es Cenyt, la empresa de Villarejo, pero es una actividad encargada por Cospedal.

A quien, en uno de sus mandobles, Garcia-Castellón decidió salvar. Tras tomarle declaración como imputada -un teatrillo- archivó la causa para ella al concluir la investigación, el 29 de julio de 2021.

Las evidencias contra ella eran tan abrumadoras que el fiscal Serrano dio una batalla sin tregua por profundizar la investigación sobre la participación del PP. Pero la perdió. La Sala Penal de la Audiencia Nacional hizo piña con el juez García-Castellón.

Esa batalla ahora la está dando una acusación popular, la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), que solicita suspender el juicio, declarar la nulidad de la conclusión de la instruccion de García-Castellón, la incorporación oficial -ya estaban en la causa- de pruebas marginadas por el instructor y su sucesor-el juez Garcí-Castellón se jubiló- y la reapertura la investigación." 

(Ernesto Ekaizer, blog, 07/04/26) 

25.3.26

Los traslados forzosos acordados por la nueva presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de cuatro magistrados de la Sección Terceira —la que resuelve los recursos sobre parques eólicos y contratos públicos como el del Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo— puede comprometer las garantías constitucionales de independencia e inamovilidad judicial... Jueces para la Democracia relaciona la expulsión de Villares con "presiones políticas y empresariales". La asociación denuncia que apartar a la mitad de la Sección Terceira sin consulta previa ni motivación suficiente pone en riesgo la inamovilidad e independencia judicial garantizadas por la Constitución... El comunicado recuerda que la Sección Terceira ha sido objeto de una presión mediática y política "constante" durante los últimos años... La Sección Terceira venía paralizando decenas de parques eólicos en Galicia —79 proyectos están actualmente detenidos por decisiones judiciales— en un sector que mueve miles de millones de euros y miles de puestos de trabajo. Los fallos judiciales llegaron a ser recurridos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en su momento dio la razón a la Xunta y a las promotoras. La presión sobre la sala era, por tanto, enorme y venía de múltiples frentes (Manuel Vilas López)

"La sección territorial gallega de Xuíces e Xuízas para a Democracia ha publicado un contundente comunicado en el que expresa su "profunda preocupación" por los traslados forzosos acordados el 12 de marzo por la nueva presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). La asociación considera que la medida, que afecta a cuatro magistrados de la Sección Terceira —la que resuelve los recursos sobre parques eólicos y contratos públicos como el del Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo— puede comprometer las garantías constitucionales de independencia e inamovilidad judicial, y advierte de que "no es descartable que la ciudadanía piense que las reiteradas presiones políticas y empresariales finalmente consiguieron el resultado perseguido".

 Jueces y Jueces por la Democracia (JJpD) es una de las cinco asociaciones profesionales de jueces y magistrados de España. Fundada en 1984, se define como una organización civil progresista surgida tras la escisión de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM). A pesar de ser la tercera asociación en número de miembros (aproximadamente entre el 8% y el 10% de la carrera judicial), cuenta con una importante representación en órganos como el Consejo General de la Magistratura (CGPJ).

 El colectivo subraya que lo ocurrido es inusual tanto en su forma como en su alcance. El procedimiento habitual cuando se reorganizan secciones es el concurso interno voluntario entre magistrados, con consultas previas a los presidentes de sección y a los propios afectados. En este caso, sin embargo, cuatro magistrados han sido reubicados de golpe, sin audiencia previa y sin que ninguno de ellos cuente con experiencia en las materias que deberán asumir. "Ninguno de los cuatro trasladados tiene experiencia previa en esta sala en las concretas materias que les son encomendadas", señala el comunicado, augurando una "evidente disfuncionalidad" en ambas secciones durante los primeros meses.

 MOTIVACIONES QUE NO CONVENCEN

Xuíces e Xuízas para a Democracia pone también el foco en la debilidad de los argumentos esgrimidos por la presidencia de la sala para justificar los traslados. Las resoluciones apelan a facultades gubernativas de carácter organizativo, pero la ley exige que ese tipo de decisiones se apoyen en criterios aprobados anualmente por la Sala de Gobierno. El comunicado señala que no consta que tales criterios hayan sido aprobados ni publicados. A falta de esa base, los acuerdos recurren a fórmulas genéricas como "crecimiento profesional" u "oportunidades en la carrera" de los magistrados afectados, argumentos que la asociación considera incompatibles con el efecto real que la medida va a producir.

 En el caso concreto del magistrado Luis Villares —el más mediático de los trasladados, por su pasado como líder de En Marea y diputado en el Parlamento galego— la presidenta añade como motivo la necesidad de "salvaguardar la imagen de imparcialidad" de la sala, en referencia a varias recusaciones que el Tribunal Supremo acogió en causas relacionadas con el Cunqueiro. Para Xuíces e Xuízas para a Democracia, extender a toda una sección lo que se analizó respecto a un asunto concreto carece de justificación.

 PRESIÓN POLÍTICA SOSTENIDA EN EL TIEMPO

El comunicado recuerda que la Sección Terceira ha sido objeto de una presión mediática y política "constante" durante los últimos años. Responsables políticos y empresariales cuestionaron públicamente no solo las resoluciones de la sala, sino la profesionalidad de sus integrantes, al margen de los canales legalmente previstos para recurrir las sentencias. Tanto la propia Sección Territorial de Xuíces e Xuízas para a Democracia como la Sala de Gobierno del TSXG tuvieron que salir en más de una ocasión a reclamar respeto hacia el trabajo de esos magistrados.

 Ese contexto es clave para entender la polémica que genera ahora el traslado. La Sección Terceira venía paralizando decenas de parques eólicos en Galicia —79 proyectos están actualmente detenidos por decisiones judiciales— en un sector que mueve miles de millones de euros y miles de puestos de trabajo. Los fallos judiciales llegaron a ser recurridos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en su momento dio la razón a la Xunta y a las promotoras. La presión sobre la sala era, por tanto, enorme y venía de múltiples frentes.

 INAMOVILIDAD E INDEPENDENCIA, EN JUEGO

La asociación sostiene que el traslado forzoso y colectivo de la mitad de los miembros de la Sección Terceira puede vulnerar dos derechos fundamentales recogidos en la Constitución: el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, consagrado en el artículo 24.2, y la inamovilidad e independencia judicial del artículo 117.1. "Este movimiento puede socavar la actuación independiente de los miembros del tribunal, al resultar intimidados por la amenaza de traslados forzosos y otras represalias por el ejercicio de la función que tienen encomendada constitucionalmente", advierte el texto.

 El comunicado concluye con un doble llamamiento: a los órganos gubernativos del poder judicial, para que ejerzan sus facultades "con cuidado y prudencia"; y a la ciudadanía y a la comunidad jurídica, trasladándoles el apoyo explícito a los magistrados que desempeñaron su labor "en circunstancias especialmente complicadas y en un contexto de reiteradas presiones". 

 La nueva presidenta de la sala, María Azucena Recio González, que tomó posesión el 6 de marzo tras imponerse al propio Villares en la competición por el cargo, no ha hecho declaraciones públicas más allá de lo recogido en las resoluciones. La Xunta de Galicia y la patronal eólica tampoco se han pronunciado oficialmente sobre la reorganización."

( , Galicia Press, 25/03/26)

26.2.26

Si te sientan en el banquillo sin indicios, ¿quién puede asegurarte que no te van a condenar sin pruebas? Esta es la dramática situación en el caso de la exvicepresidenta valenciana Mónica Oltra y otros 12 acusados... Dos jueces -el titular, que fue durante varios años instructor de la causa, y su sustituta durante su permiso de paternidad- se han negado a dictar la apertura de juicio oral por falta de indicios de criminalidad. Pero deben hacerlo... Es un caso de ordeno y mando inédito en un sistema como el español que ya da una idea de su evolución claramente inquisitorial... para la magistrada Bayarri, de la sección cuarta de la Audiencia de Valencia el derecho penal es un cálculo de probabilidades, manifiesta innovación en el derecho español... "No se precisan, en la sociedad actual, órdenes , instrucciones, consignas ni indicación alguna para ejercer el dominio”... En apoyo de su afirmación, Bayarri cita al premio Príncipe de Asturias 2025, el filósofo coreano Byung Chul... "una nueva técnica de poder, que dá acceso a la esfera de la psique, convirtiéndola en su mayor fuerza de producción y de explotación, sin dejar de ser, por ello, un sistema de dominación. Sutil, pero no por ello menos antagónico a la libertad individual. Dominación efectiva, aunque sin dominio aparente”... La magistrada concluye: "Estos 'no hechos' declarados como indiciariamente acreditados, pugnan con el tenor literal de los hechos descritos por el propio Instructor en su relato fáctico" (Ernesto Ekaizer)

 "Si te sientan en el banquillo sin indicios, ¿quién puede asegurarte que no te van a condenar sin pruebas?

Esta es la dramática situación en el caso de la exvicepresidenta valenciana Mónica Oltra y otros 12 acusados por un presunto delito de encubrimiento de abuso sexual contra una menor.

Dos jueces -el titular, que fue durante varios años instructor de la causa, y su sustituta durante su permiso de paternidad- se han negado a dictar la apertura de juicio oral por falta de indicios de criminalidad.

Pero deben hacerlo. En realidad es el titular, ya de vuelta en el juzgado número 15, el magistrado Vicente Ríos, quien debe hacerlo.

Según el auto difundido por la sección cuarta de la Audiencia de Valencia este martes 24 de febrero de 2026 "procede el dictado de auto de apertura de juicio oral conforme a lo interesado y al dictado por el magistrado instructor la resolución debida, que deberá verificarse en el tiempo procesal pertinente, sin dilación, el contenido previsto igualmente en la norma, es decir, con la fundamentación jurídica ordinaria que debe acompañar a los antecedentes de hecho”

Es un caso de ordeno y mando inédito en un sistema como el español que ya da una idea de su evolución claramente inquisitorial.

La ponente del auto que resuelve las apelaciones contra la denegación de abrir juicio oral y acuerda abrirlo instando al juez Ríos a hacerlo es la magistrada Clara Bayarri.

El pasado 10 de febrero de 2026, la magistrada Bayarri, de la sección cuarta de la Audiencia de Valencia, todavía no conocía si habían llegado los recursos de apelación a su sala. Cuando llegan esos recursos se incoa, es decir, se designa ponente y tribunal (o miembros) de cada recurso.

En teoría, las ponencias de las apelaciones van por riguroso turno, según su número de reparto.

Así que Bayarri tenía en su sala una posibilidad entre cinco de que le tocase ser ponente frente a cuatro contra uno de que no.

Ella cruzaba los dedos y le ponía una vela a Dios y otra al Diablo para que fuera que no.

Es decir, que no le tocase.

En todo caso, ella tenía en cuenta que cuando se turnase la apelación contra la negativa a abrir juicio oral contra Oltra se señalaría fecha de votación y fallo para dentro de unos meses.

Ese 10 de febrero de 2026 se estaban señalando apelaciones para junio en lo que era un “señalamiento rápido”.

La magistrada ya había sido la ponente a mediados de mayo de 2025 en los recursos contra el auto de procedimiento abreviado. Y había ordenado su confirmación.

“Es suficiente con la existencia de indicios que establezcan la probabilidad de implicación, lo que no excluye la posibilidad de que tal implicación no exista”, escribió Bayarri en el auto de mayo de 2025.

El 12 de febrero pasado se recibieron las apelaciones y mira por dónde sus ruegos a Dios y al Diablo para que no volviera a ser ponente carecieron de eficacia.

Salió ella.

Ahora bien, teóricamente el señalamiento de fecha, según ella contemplaba, debía ser aproximadamente en junio. O después.

Pues, no. Diez días después de hacer esos cálculos -repetimos el 10 de febrero de 2026- resulta que ella, Bayarri, ya tenía la ponencia de 70 páginas y la sala la aprobaba.

El departamento de prensa de la Audiencia de Valencia tenía tanta prisa este martes 24 de de febrero que lanzó --antes de dar traslado del auto a las partes del procedimiento-- un mensaje en X en el que decía: “La Audiencia ordena abrir juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat y otros nueve acusados por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor cometidos por el exmarido de ella”.

No eran nueve acusados sino 12. Tanta prisa llevó a interpretar erróneamente las 70 páginas del auto. Y se rectificó con una nota.

El juez Ríos, según apuntamos, dijo que no advertía indicios de criminalidad para sentar a los acusados en el banquillo.

Se supone que es el juez que realizó la inmediación, esto es, investigó y tomó declaración a los acusados y testigos.

Pero lo que es el derecho penal esencial, puro y duro, para Bayarri, que hace el trabajo de la sección cuarta que preside el juez Pedro Castellano, es un cálculo de probabilidades.

En su auto señala: "Pero, tal improbabilidad debe ser cierta y objetivamente constatable en un cálculo de probabilidad que no sea aberrante, en términos de probabilidad gaussiana [La distribución gaussiana, también conocida como distribución normal, es un concepto estadístico que describe cómo se distribuyen los datos alrededor de un valor promedio], esto es, en una apreciación "normal" de lo probable. Si existe una probabilidad,( mayor o menor) , dentro del rango de distribución normal de la misma y no aberrante o inexistente, es que dicha probabilidad existe y es razonablemente probable" (página 61).

Bayarri señala, además, “que se afirme, in abstracto, en el auto, con posterioridad que no se aprecia que existieran órdenes, ni consignas, ni directrices en el caso, a la vista de los propios hechos que el magistrado consigna en su relato fáctico como indiciariamente acreditado, es incongruente y contradictorio”.

Ese relato en el auto de procesamiento, también obligado por la Sala, fue hecho por el juez Ríos “por imperativo legal”, es decir, obligado, algo que parecía excepcional pero que ya a la luz de las resoluciones posteriores se ha “normalizado”.

Bayarri “ahorca” al juez Ríos con su propia “soga”

Y ahora la magistrada Bayarri “ahorca” al juez Ríos con su propia “soga”. Es decir con el auto que hizo porque la Sala se lo ordenó. Y que ya en mayo de 2025, según hemos señalado, Bayarri confirmó frente a los recursos contrarios de las defensas.

E de gran está manifiesta innovación en el derecho español.

“Respecto a la inexistencia de acreditación de órdenes directas [para el presunto encubrimiento], es innecesario verificar mayor comentario. No solo porque el propio relato de hechos del magistrado instructor es una constante sucesión de hechos donde se describen indicaciones, consignas, y directrices expresas sobre el modo de actuar, sino que inclusive, en alguno de tales hechos, expresamente se pone en los hechos justiciables, la palabra ‘orden’ , - como por ejemplo la orden de abrir el “expediente- informe reservado para acreditar la credibilidad de la niña”, a una jurista, por cierto, una vez ya judicializada la investigación- sino, porque, aunque no las hubiera habido (que otra cosa dice el propio Instructor a lo largo de su relato) , o en los casos en que éstas no están claramente formalizadas, no era necesario. No se precisan, en la sociedad actual, órdenes , instrucciones, consignas ni indicación alguna para ejercer el dominio”.

En apoyo de su afirmación, Bayarri cita al premio Príncipe de Asturias 2025, el filósofo coreano Byung Chul (’La sociedad del cansancio’; ‘Psicopolitica: neoliberalismo y nuevas técnicas de poder’, ‘Topología de la violencia’ , ‘En el enjambre’, en que se analiza cómo la sociedad actual está marcada por el exceso de positividad y la autoexplotación en busca de la excelencia ( la ambición de la eficiencia) , que constituye una coacción sistémica : una nueva técnica de poder, que dá acceso a la esfera de la psique, convirtiéndola en su mayor fuerza de producción y de explotación, sin dejar de ser, por ello, un sistema de dominación. Sutil, pero no por ello menos antagónico a la libertad individual. Dominación efectiva, aunque sin dominio aparente”.

La magistrada concluye: "Estos 'no hechos' declarados como indiciariamente acreditados, pugnan con el tenor literal de los hechos descritos por el propio Instructor en su relato fáctico. Incongruencia que, así, los invalida".

Clara Bayarri, pues, ha escrito una sentencia.

Mónica Oltra no podía salir de 'El Proceso' kafkiano.

Y terminamos allí donde comenzamos.

Si te sientan en el banquillo sin indicios, ¿quién puede asegurarte que no te van a condenar sin pruebas?                      (Ernesto Ekaizer , blog, 25/02/26)  

25.2.26

Oltra, al banquillo tras archivarse su causa tres veces por falta de indicios... la Audiencia de València consuma la "historia de una infamia"... el Juzgado de Instrucción 15 de València ha emitido hasta tres resoluciones favorables al archivo... La primera propuesta de archivo llegó el 2 de abril de 2024. Tras dos años de investigación, titular del Juzgado de Instrucción 15 de València, Vicente Ríos Segarra, decretó el sobreseimiento provisional de la causa... El juez concluyó que no existe "un solo indicio de que se dictara orden o instrucción alguna emanada de los cargos directivos de la Conselleria dirigida a ocultar los hechos ni a desacreditar a la menor"... un año después, en junio de 2025, el juez instructor archivó de nuevo el caso contra Oltra y el resto de acusados al entender que "no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes". La decisión del magistrado coincidió "plenamente" con el criterio de la Fiscalía... el pasado mes de diciembre, la jueza sustituta del Juzgado de Instrucción 15 de València desestimó los recursos de las acusaciones populares contra el auto que denegaba la apertura de juicio oral contra política de Compromís. Y lo hizo en sintonía con la postura mostrada por la Fiscalía... El empeño de la Audiencia Provincial de València se impone al criterio del Juzgado de Instrucción 15 de València, que ha emitido hasta tres resoluciones favorables al archivo, y del Ministerio Fiscal... La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València se vuelve a poner del lado de las acusaciones de esta causa, que tienen un marcado tinte ultra... tampoco hay que pasar por alto "la pista del dinero", como puso encima de la mesa la propia Oltra. La exdirigente acompañó esta afirmación con una fotografía muy ilustrativa, en la que aparecían Alberto de Rosa, entonces presidente del Grupo Ribera Salud y hermano del juez Fernando de Rosa (exconseller de Justicia con Francisco Camps); el propio expresident de la Generalitat y Cristina Seguí, poco antes de abrirse la investigación judicial... el Grupo Ribera Salud era el gestor de dos hospitales de titularidad pública durante los gobiernos del PP que fueron devueltos al sistema público con el Ejecutivo del Botànic (Pilar Araque Conde)

 "Ni la nueva confluencia de izquierdas ni la propuesta de Gabriel Rufián han logrado concitar la unidad y el apoyo que este martes expresaron los distintos dirigentes a la izquierda del PSOE ante lo que denominan un caso de "lawfare de manual", en palabras de Manuela Bergerot (Más Madrid), y de "persecución insoportable", como subrayó el ministro Pablo Bustinduy desde la sala de prensa de Moncloa. Mónica Oltra, exvicepresidenta del Consell y exconsellera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat, se sentará en el banquillo por el supuesto encubrimiento de los abusos sexuales de su exmarido a una menor tutelada. 

El tribunal: "No puede negar a las acusaciones la apertura del juicio oral"

Tres resoluciones favorables al archivo frente a un mismo empeño