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8.4.25

El obispo de Alcalá clama contra la eutanasia y pide sufrir como Cristo... Veamos, Cristo es misericordia... el cristianismo o es misericordia, o no es cristiano... este obispo no es misericordioso, luego no es cristiano... es por tanto, un burócrata clerical, uno de los que tanto aprecian los mercaderes del templo

 "Ángel Hernández ha dado un paso de gigantes en la lucha por la eutanasia en España. Todo ello después de grabar un desgarrador vídeo de dureza extraordinaria en el que acerca el vaso con la pajita a su mujer, María José Carrasco, para acabar con su vida, tal y como ella había pedido tantas veces.

Hernández quiso que ese documento saliese a la luz para que todo el mundo viese "el sufrimiento y el abandono" por el que estaba pasando la pareja. Con su decisión, ha metido de lleno el tema de la eutanasia en la campaña electoral.

El obispo de Alcalá opina sobre la eutanasia 

Como no podía ser de otra forma, el obispo de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Pla, también se pronuncia en su página web sobre la eutanasia.

Convertido en un estercolero imprescindible para las mentes más reaccionarias, en su portal web no solo habla de homosexualidad, sino que se lanzan consejos gratuitos de temas tan diversos como la “violencia doméstica”, las “enfermedades de transmisión sexual”, el “aborto”, así como una serie de trucos para “volver a ser virgen por segunda vez” o encaminados a  “abandonar la pornografía y dejar de masturbarse”.

En el apartado que en su web destina a la eutanasia, Reig Pla concede especial protagonismo a una de sus cartas pastorales que lleva por título “Cruzar otra línea roja. ¿Una muerte digna?”. En este documento, el obispo de Alcalá de Henares deja clara su postura: en nuestra  “marcadamente emotivista” sociedad, “se está imponiendo la cultura de la muerte”. 

A su entender, lo grave de este asunto es que “está en juego la vida y la salvación de las almas”. En este contexto, dando voz al ala más ultra de la Iglesia, sostiene que “nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad ni puede consentirlo explícita o implícitamente”.

Pero aún hay más. Pla considera, en lo que representa un claro menosprecio a las miles de familias al cuidado de personas dependientes, que “las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como expresión de una verdadera voluntad de eutanasia; éstas en efecto son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto. Además de los cuidados médicos, lo que necesita el enfermo es el amor, el calor humano”.

Muy grave es también la comparación que realiza en otro apartado de su carta pastoral. “Que el Estado reconozca el derecho a la eutanasia o al suicidio sería tanto como autorizar a los ciudadanos que así lo quisieran a que libremente pudieran darse en esclavitud y que otros pudieran comprarlos y venderlos. Nadie está legitimado a atentar contra su propia dignidad, pues pertenece a Dios”, indica sin mostrar el mínimo reparo.

El dolor y la muerte

Mención aparte se merece la opinión que ofrece sobre el dolor y la muerte. “El dolor, sobre todo el de los últimos momentos de la vida, asume un significado particular en el plan salvífico de Dios; en efecto, es una participación en la pasión de Cristo y una unión con el sacrificio redentor que Él ha ofrecido en obediencia a la voluntad del Padre”.

Finalmente, el prelado sentencia: “Un ser humano no pierde la dignidad por sufrir; lo indigno es basar su dignidad en el hecho de que no sufra (…) Enfrentarse al sufrimiento sin Cristo es lo que hace tambalear todos los principios y nos coloca ante la encrucijada de la vida sin más bagaje que nuestros sentimientos y emociones”."               (, El Plural, 05/04/19)          

25.6.21

El apoyo a la regularización de la eutanasia es mayoritario entre los profesionales... la ley es garantista, pero deja cuestiones no resueltas: por ejemplo, cómo se evalúa y mide el sufrimiento de un paciente que pide la eutanasia o cómo se abordan las peticiones de personas con problemas de salud mental.

 "Un facultativo objetor y otra favorable al nuevo derecho analizan la puesta en marcha de la norma. Ambos coinciden en que es garantista y en que deja cuestiones por resolver, como el abordaje de personas con trastornos mentales o la evaluación del sufrimiento.

 Los médicos tendrán un papel clave en todo el proceso de solicitud y ejecución de la eutanasia: a ellos tiene que remitirles el paciente la primera demanda de adelantar su muerte, una petición que han de analizar, estudiar, consultar con un colega y remitir, si cumple con los requisitos de la ley, a la comisión de garantías, el órgano que tiene la última palabra y donde la profesión médica también está representada. Pueden objetar, eso sí, y no participar en el proceso, pero el apoyo a la regularización de la eutanasia es mayoritario entre los profesionales, según las últimas encuestas.

 A pesar del posicionamiento de los colegios profesionales —la Organización Médica Colegial se mostró contraria a la ley—, las consultas realizadas al colectivo (entre profesionales de los colegios de Tarragona, Bizkaia, Madrid y Las Palmas) revelan que el apoyo a la regulación de la eutanasia supera el 67% y la objeción de conciencia oscila entre el 15% en Tarragona y el 25% en Madrid.

Ahora que la ley está a punto de entrar en vigor, dos médicos, uno objetor y otra favorable a la eutanasia, exponen sus puntos de vista. Mónica Povedano (Barcelona, 52 años), jefa de la Unidad Funcional de Enfermedad de Motoneurona del Hospital de Bellvitge (Barcelona), defiende que se respete la voluntad del paciente en el final de vida, mientras que Joaquín Escribano (A Coruña, 60 años), director de Pediatría en el Hospital Sant Joan de Reus (Tarragona), sostiene que detrás de la petición de eutanasia lo que hay es “un grito desgarrador de ayuda” y aboga por mejorar la atención y los cuidados para sortear la desesperanza de los pacientes.

Pese a sus discrepancias, los dos médicos coinciden, no obstante, en que la ley deja cuestiones no resueltas: por ejemplo, cómo se evalúa y mide el sufrimiento de un paciente que pide la eutanasia o cómo se abordan las peticiones de personas con problemas de salud mental.

¿Aplicaría la eutanasia a un paciente?

- Sí, pero no en todos los pacientes. En determinados pacientes, en determinadas condiciones y con determinadas patologías, creo que estaría justificado.

Estoy a favor de la eutanasia porque me dedico a una patología, que es la ELA, donde he vivido situaciones en las que el acompañamiento a lo largo de la enfermedad lo hacemos muy bien, pero a veces no sabemos acompañar bien el final de vida. Creemos que el final de vida lo marcamos los profesionales y no respetamos al paciente cuando decide qué es su final de vida. Y eso me ha llevado a plantearme que yo no soy quién para decidir cuándo es el final de vida en determinadas patologías, que he de respetar la opinión del paciente y acompañarlo y ayudarlo y no dejarlo solo.

- No, porque quitarle la vida a una persona de forma intencionada genera en mí un gran conflicto de conciencia. Y esto no creo que sea una falta de sensibilidad al dolor de otro, sino que es una reflexión profunda sobre lo que significa la compasión. Hay estudios que demuestran que la intención de la adelantar la muerte por parte de los pacientes es un grito desgarrador de ayuda. Estas personas necesitan una firme resolución de ayuda y muchas veces la eutanasia lo que hace es poner un punto final sin abordar de una forma integral lo que nos está pidiendo el paciente.

¿Qué opina de la ley de la eutanasia?

- Es una ley garantista, garantiza el derecho que tiene el ciudadano a la eutanasia. Pero sí creo que tiene algunos vacíos y coloca en una difícil situación a los profesionales. Hay unas partes de la ley de difícil interpretación o que se pueden interpretar de diferentes maneras.

Cuando hablo de vacíos, por ejemplo, es que dice que un paciente que tiene una enfermedad que le provoca un gran sufrimiento, podría solicitar la eutanasia. Esto nos crea un debate de cómo definimos el sufrimiento, cómo lo cuantificamos y evaluamos, cómo lo protocolizamos, qué hacemos con los pacientes que pueden tener enfermedades psiquiátricas, cómo evaluamos si el paciente lo está solicitando porque así lo vive o porque tiene una enfermedad que puede estar afectando a la toma de decisiones.

 - La ley lo que ha hecho es desenfocar el tema y hacernos perder una gran oportunidad de poder solucionar los problemas que presentan las personas al final de su vida de forma íntegra. Hay un problema en el cual una persona que expresa su deseo de adelantar la muerte, lo que nos dice desde el punto de vista clínico, es que hay una situación de factores que están modulando su estado de ánimo. Desde el punto de vista médico es como enfrentarnos a un síndrome, el síndrome de adelantar la muerte y como tantos otros síndromes clínicos, hay una causalidad multifactorial y dentro de esos factores, puede estar la enfermedad, pero no es el único factor. Ahí van a influir los apoyos emocionales, si tengo familia, mi condición socioeconómica, dónde vivo, con qué apoyos externos cuento, estoy recibiendo ayudas del Estado… Hay que hacer abordaje general del paciente para delimitar muy bien qué causas lo pueden estar conduciendo a experimentar ese sufrimiento insufrible. Y determinado el diagnóstico, habría que actuar: la gran revolución social pendiente está en incorporar el cuidado a las prestaciones sociales. (...)

¿Teme que su posición respecto a esta ley pueda acarrear algún tipo de estigma o discriminación por parte de sus compañeros?

 - No lo creo porque no creo que me convierta en un médico matador de pacientes. Al revés, creo que un médico que está a favor de esto, lo que hace es acompañar correctamente al paciente en todo lo que es su proceso de enfermedad. Estar a favor de esta ley no significa que no vaya a luchar para que el paciente viva.

- Rotundamente, no. Tampoco tendría mucha lógica. En una encuesta del departamento, un 20% de los encuestados médicos respondieron que serían objetores en cualquier circunstancia y un 40% que podría ser objetor según el caso. Si los agrupamos, aparece un núcleo importante de médicos que en algún momento de su desarrollo profesional podrían presentar objeción ante una eutanasia.

Además, hasta ahora, mientras no se produzcan modificaciones, nuestros códigos deontológicos, tanto el catalán como el español, siguen considerando la eutanasia como un ejercicio fuera de la corrección ética de la profesión. No tendría mucha lógica que generara discriminación y rechazo entre los profesionales.

¿El sistema de salud y los profesionales están preparados para el aterrizaje de la ley?

 - Creo que no. No hay una correcta formación de los profesionales en la aplicación de la ley. Los profesionales tampoco están formados en la toma de decisiones al final de vida, en cómo se plantean los documentos de voluntades anticipadas, en cómo se mitiga el sufrimiento de los enfermos… Y también hay que protocolizar muy bien el circuito: quién la va a aplicar, dónde se va a aplicar… son aspectos que todavía no se han definido.

-  Las administraciones están haciendo un esfuerzo encomiable para dar cobertura dentro de unos plazos razonables. Se están diseñando modelos de cómo se hará formación a los profesionales, pero faltan por definir circuitos, los puntos de apoyo cuando existan dudas para profesionales y familias… Queda un largo camino por andar, sobre todo en formación. Pero no tengo ninguna duda de que el sistema sanitario podrá afrontar con garantías el desarrollo de la ley."               (Jessica Mouzo  ,  Gianluca Battista , El País, 20/06/21)

23.2.21

Cuando festejamos la nueva ley de la eutanasia, es de justicia recordar el acoso que sufrió la figura de Montes, quien agitó la bandera en favor de la muerte digna y soportó hasta 73 denuncias falsas elevadas hasta la Fiscalía por la administración Aguirre

"Los aplausos en el Congreso, los abrazos a la ex ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo, y los vítores de los activistas a las puertas de la cámara alta tras la aprobación este jueves de la ley sobre la eutanasia. Todos estos reconocimientos eran, en muy buena parte, para Luis Montes, quien fuera el estandarte en la lucha por una muerte digna.

 El médico del hospital Severo Ochoa (Leganés) —Luis ó Montes, jamás doctor porque prefería un trato cercano— fiero defensor de la sanidad pública y presidente de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), soporto las mentiras y las manipulaciones del PP, en los medios y en los juzgados en un intento de embarrar su lucha.

En 2004 una fuente anónima denunciaba 400 casos de eutanasia irregular en el Severo Ochoa y la administración Aguirre, con Manuel Lamela a la cabeza de la consejería de Sanidad, utilizaba este sospechoso chivatazo para llevar a Montes hasta los tribunales. Así, hasta la Fiscalía fueron remitidas 73 denuncias por sedaciones practicadas sobre pacientes terminales en el servicio de urgencias, coordinado por su figura. En 2008 la justicia daba carpetazo a la causa y la Audiencia Provincial consideró que deberían suprimirse del auto del archivo cualquier referencia “a la mala práctica médica”. 
 
Pero durante esos duros años, Montes sufrió una enorme presión mediática que la justicia no fue capaz de subsanar. Presión que iba más allá de los tribunales, pues Lamela, en su empeño por derribar a un defensor de lo público, creaba comisiones ad hoc para analizar las supuestas negligencias. Pero Luis nunca desistió en su empeño.

Había que defender la muerte digna, pero también la sanidad pública, que se enfrentaba a los planes privatizadores de Lamela, y contra los que Montes siempre mostró oposición. Lamela, ese ejemplo de ética y moralidad que fue finalmente imputado junto a su sucesor, Juan José Güemes, por malversación de caudales públicos durante la privatización de la sanidad madrileña. Lamela, fiero defensor de su bolsillo, que durante esta pandemia, hoy como abogado, se ofrecía a la sanidad privada para demandar indemnizaciones al Estado por “incautación de material”.

Mientras el ruido contra Montes era atronador, se construían ocho hospitales de gestión privada, se cedía terreno público a gestores privados y se ponía la sanidad en las manos de empresas como Acciona, Dragados y Sacyr. Mientras agitaban la bandera contra la eutanasia, Lamela diseñaba la cláusula del 1% para desviar fondos para su partido, tal y como consta en su imputación. El PP madrileño lograría así desviar cerca de tres millones de euros de la construcción de hospitales y centros de salud a su caja ‘B’ valiéndose de esta cláusula que hacía pagar a las entidades concesionarias, acusación que se inserta dentro de la trama Púnica. La campaña contra las sedaciones irregulares supo tapar muy bien el sonido de la caja registradora.
“El médico debe curar y aliviar”

Pero no, Luis Montes jamás practicó una eutanasia en el Severo Ochoa, tal y como demostró la justicia. Nunca actuó de manera irregular, porque las leyes caminaban muchísimo más lentas que su lucha. Luis defendía el derecho a morir dignamente y que este fin estuviera algún día contemplado en nuestra legislación; tal y como podemos festejar desde este jueves, hito que nos sitúa entre los cuatro primeros países europeos en aprobar la regulación de esta práctica.

“El médico debe curar cuando se pueda pero aliviar y confortar, siempre. Especialmente cuando la enfermedad no tiene solución y que nos llevará indefectiblemente a la muerte”. Con frases como estas, Luis hizo reflexionar a toda una generación de vecinas y vecinos de Leganés, quienes abríamos debate sobre la eutanasia en bares, parques, tertulias y charlas de manera recurrente. Especialmente durante los peores años de la represión aguirrista. Montes era nuestro doctor de referencia, pero también nuestro mayor profesor en el arte de morir dignamente.

Es por eso que el tejido social del pueblo se volcó con el Severo Ochoa durante esa extraña caza de brujas en la que llovían acusaciones y circulaban miles de bulos que intentaban poner contra las cuerdas la actuación del servicio de urgencias, mantra con el que se consiguió reunir a un lado de la población. Los compañeros y compañeros de Montes hicieron piña en torno a su figura y muchos secundaron sus enseñanzas, hoy impresas en cada esquina de la asociación DMD.

“El acoso y derribo al que fue sometido nuestro compañero Luis Montes y varias decenas de profesionales supuso un antes y un después en el devenir, no solo del Hospital Severo Ochoa, sino de la Sanidad Pública madrileña. Y a pesar de las sentencias a favor de los médicos de la urgencia del Severo Ochoa, nadie de la Consejería ni de la caverna mediática pidió perdón, dimitió ni subsanó el daño ocasionado”, contaba su compañera de hospital Mercedes Condés Obón en El Salto.

El 19 de abril de 2018 Luis Montes perdía la vida por un infarto repentino de camino a un acto en defensa de la muerte digna. Luis moría sin dolor y nos dejaba a todas y todos una tarea pendiente. Hoy parece que la tarea ya ha florecido y por eso, mientras escribo estas líneas, le imagino más vivo que nunca, agitando con dignidad la bandera que nos hará libres hasta el último de nuestros días."                                    (Sara Plaza Casares, El Salto, 19/12/20)

21.12.20

La valoración que cabe hacer de la Ley que regulará la eutanasia es eminentemente positiva, porque abarca prácticamente todas las situaciones posibles, incluidas las más difíciles de regular, que son aquellas en las que el sujeto no ha manifestado ni puede manifestar su voluntad. se sitúa en la vanguardia de la regulación sobre eutanasia en la Unión Europea, junto a países como Holanda y Bélgica... Podrán solicitar la eutanasia aquellos pacientes que lo soliciten y se encuentren en un contexto de “padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable”

"Cuál es el sentido y alcance de la ley que regulará la eutanasia en España.

(...) Analizar el significado y alcance de la eutanasia que se regula en la proposición de Ley requiere combinar una serie de variables:
 

1. Qué situación de salud precaria se considera en lo que se denomina “contexto eutanásico”

La definición de la situación vital que justifica jurídicamente la eutanasia distingue nítidamente ésta del auxilio al suicidio. Este auxilio se le puede prestar a alguien que se encuentre en perfecto estado de salud. Esa no es una situación de eutanasia. Para que concurra ésta el sujeto debe encontrarse en una situación vital de precariedad que la Proposición de Ley define de manera bastante amplia en su artículo 3, que incluye no sólo situaciones de padecimiento físico sino también aquellas otras que suponen un grave sufrimiento psíquico:

«Padecimiento grave, crónico e imposibilitante»: situación que hace referencia a una persona afectada por limitaciones que inciden directamente sobre su autonomía física y actividades de la vida diaria, de manera que no pueda valerse por sí misma, así como sobre su capacidad de expresión y relación, y que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para la misma, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable. En ocasiones puede suponer la dependencia absoluta de apoyo tecnológico.

«Enfermedad grave e incurable»: la que por su naturaleza origina sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables sin posibilidad de alivio que la persona considere tolerable, con un pronóstico de vida limitado, en un contexto de fragilidad progresiva.
 

2. Quién certifica la concurrencia de ese “contexto”

La certificación de que concurre el “contexto eutanásico” corre a cargo de las Comisiones de Garantía y Evaluación, de carácter regional, compuestas por 7 miembros, entre los que debe haber médicos y juristas. En las legislaciones belga y holandesa también se reconocen estas Comisiones regionales. 

 3. Si es imprescindible la concurrencia de la voluntad de la persona o esta puede sustituirse o presumirse

Respecto a la expresión de la voluntad de morir, existen 3 alternativas:

Si la persona está consciente en el momento en que se encuentra en el “contexto eutanásico”-(Caso Ramón Sampedro): Haber formulado dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, o por otro medio que permita dejar constancia, y que no sea el resultado de ninguna presión externa, dejando una separación de al menos quince días naturales entre ambas.

Si la persona suscribió un Declaración de voluntad anticipada (“testamento vital”), se considera como una declaración de voluntad actual. Si en ese documento se nombra un representante, será éste quien realice la declaración de voluntad en ese momento.

Si la persona no está en condiciones de manifestar su voluntad por el motivo que sea, el art. 5.1 d) establece que si un médico “responsable” certifica que el paciente “sufre una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante en los términos establecidos en esta Ley” podrá procederse a la eutanasia, siempre que lo apruebe la Comisión de Garantía y Evaluación.

Este es el caso más controvertido, porque no hay ninguna manifestación de voluntad de la persona afectada, pero es una decisión valiente de la Ley, porque permite regularizar situaciones que se dan todos los días en los hospitales de nuestro país, que se resuelven “al margen de la ley”, expresión que utilizo de un modo deliberadamente ambiguo porque significa al mismo tiempo que se toman decisiones sin sujeción a responsabilidad alguna y que se toman en función de las propias convicciones del personal sanitario, en función de lo que para cual significa la “muerte digna”.

Trasladar a un tercero una decisión tan personal resulta inadmisible desde un punto de vista constitucional si no existe control alguno. Con la nueva Ley esas situaciones quedarán sometidas a control jurídico.

Entre ellas se encuentran los recién nacidos con graves malformaciones que no hayan sido detectadas durante el embarazo, por casualidad o por negligencia médica, lo que aboca a los padres y al propio recién nacido a una vida llena de calamidades. Desde un punto de vista constitucional los padres no tienen derecho a decidir sobre la vida del recién nacido, aunque se les pueda consultar. Será la Comisión la que evalúe la situación y decida. 

 
4. Si se incluyen solo procedimientos “activos” o también “omisivos”

Lo que se ha denominado siempre “eutanasia pasiva” (abandonar el tratamiento del paciente cuando este resulta fútil) queda fuera de la consideración de “eutanasia”, según la Exposición de Motivos de la Proposición de Ley:

“En nuestras doctrinas bioética y penalista existe hoy un amplio acuerdo en limitar el empleo del término «eutanasia» a aquella que se produce de manera activa y directa, de manera que las actuaciones por omisión que se designaban como eutanasia pasiva (no adopción de tratamientos tendentes a prolongar la vida y la interrupción de los ya instaurados conforme a la lex artis), o las que pudieran considerarse como eutanasia activa indirecta (utilización de fármacos o medios terapéuticos que alivian el sufrimiento físico o psíquico aunque aceleren la muerte del paciente –cuidados paliativos–) se han excluido del concepto bioético y jurídico-penal de eutanasia”.

En consecuencia, se entiende que este tipo de actuaciones no requieren siquiera la intervención de la Comisión de Garantía y Evaluación.

Dentro de la “eutanasia activa” se incluyen tanto las actuaciones médicas que directamente provocan la muerte del paciente (indicadas en los casos de ausencia de capacidad física del paciente para ejecutar él mismo la acción) como aquellas otras en las que el médico se limita a prescribir el cóctel lítico o la sustancia que sea y el paciente mismo realiza la acción que provoca su muerte.

Desde un punto de vista jurídico-penal es importante la distinción entre una y otra modalidad, porque el suicidio no está penalizado, lógicamente, pero sí lo está la cooperación al suicidio ajeno. En la proposición de Ley se mantiene la penalización de estas actividades siempre que no cumplan lo prescrito en ella.
Una valoración positiva

La valoración que cabe hacer de esta proposición de Ley es eminentemente positiva, porque abarca prácticamente todas las situaciones posibles, incluidas las más difíciles de regular, que son aquellas en las que el sujeto no ha manifestado ni puede manifestar su voluntad. También cabe calificar como amplia la situación descrita como “contexto eutanásico”, sobre todo porque no se limita a reconocer como tal la grave enfermedad física inhabilitante sino también la enfermedad psíquica, tan grave como aquélla aunque no se manifieste de igual modo.

Por todo ello, la proposición de Ley se sitúa en la vanguardia de la regulación sobre eutanasia en la Unión Europea, junto a países como Holanda y Bélgica, que la adoptaron hace casi veinte años, configurando un modelo de respeto a la libre decisión de la persona sobre su propia muerte y también a someter a la legislación civil a criterios puramente civiles, lejos de las prescripciones dictadas por las confesiones religiosas que confieren a la vida un naturaleza de “santidad” que resulta más bien un eufemismo que sirve para expropiar al ciudadano de su derecho a decidir sobre su propia muerte."

(Nicolás García Rivas . Catedrático de Derecho penal, Universidad de Castilla-La Mancha. The Conversation, 17/12/20)


"El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves la Ley Orgánica para la regulación de la eutanasia, un texto que ha logrado el apoyo del 56% de la Cámara (198 votos a favor, 138 en contra y dos abstenciones) y ahora continuará con su tramitación en el Senado. El texto que regula el derecho a morir dignamente ha tenido en contra los votos de PP, Vox y UPN.

La norma llega después de un largo debate social que se ha convertido en un respaldo claro: la encuesta más reciente, la de Metroscopia en 2019, refleja un apoyo del 87%, una cifra que se mantiene cuando se pregunta a profesionales sanitarios.

La entrega de más de un millón de firmas que pedían una ley de eutanasia en julio de 2019 da también la medida del apoyo de esta iniciativa. Si el Senado da también su respaldo, España se convertirá en el cuarto país europeo que regule la muerte digna, como ya hacen Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo.

El texto aprobado establece que podrán solicitar la eutanasia aquellos pacientes que lo soliciten y se encuentren en un contexto de “padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable”. Si el paciente está consciente, deberá solicitar la eutanasia dos veces por escrito (u otro medio si no puede escribir) en dos documentos separados por 15 días, haciendo patente que no es “resultado de ninguna presión externa”.

Después de la primera solicitud, el médico informará paciente sobre su diagnóstico y posibilidades terapéuticas, así como sobre posibles cuidados paliativos, tras lo cual el paciente deberá confirmar su intención. Aún así, después de la segunda solicitud debe haber una nueva reunión entre ambos. Será este médico quien autorizará el proceso, antes, tiene que pedir la opinión de un facultativo especialista en el ámbito de las patologías que padece el paciente pero que no sea de su mismo equipo médico.

Además, la comisión de evaluación autonómica (cuya formación está especificada también en la norma) deberá elegir a dos expertos (uno de ellos jurista) que evalúen el caso. Ambos expertos deben de estar de acuerdo en su decisión, si no, será el pleno de la comisión quien la tome.

Del mismo modo, este texto recoge que los profesionales sanitarios directamente implicados en esta prestación “podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia”, algo de lo que deben dejar constancia “anticipadamente y por escrito".

La asociación Derecho a Morir Dignamente ha celebrado una aprobación que llega después de 36 años luchando y ha destacado que además se haya hecho con mayoría absoluta. DMD cree que, aunque queda ahora el trámite en el Senado, el apoyo de la Cámara Baja a la ley de eutanasia abre el camino para resolver una anomalía democrática histórica”, han explicado en nota de prensa. (...)

“Una vez entre en vigor, trabajaremos para vigilar que la ley se cumple, en informar a la ciudadanía y las administraciones para que sea un derecho efectivo y también para tratar de mejorarla”, ha explicado Velasco.

DMD recuerda el largo proceso que ha llevado hasta la votación de hoy en el que muchas personas hicieron pública su voluntad de decidir cuándo y cómo morir, sacrificando su anonimato y su intimidad. El caso reciente de Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su pareja, supuso un espaldarazo en un momento clave. La lucha por la muerte digna tiene otros nombres propios, como los de Ramón Sampedro o los de los médicos Luis Montes o Marcos Hourmann.

“Sin testimonio como esos y el apoyo de las más de 7.500 personas asociadas, no habríamos llegado hasta aquí”, dice desde DMD. Para Fernando Marín, vicepresidente de DMD, “una vez entre en vigor, se podrá afrontar el final de la propia vida con la tranquilidad de que no será obligatorio soportar situaciones que se consideren intolerables”.

La DMD recuerda que en los países donde la eutanasia es legal, esta supone entre el 1% y el 4% del total de fallecimientos anuales y que, además, los países donde existe en la Unión Europea están en lo más alto de los rankings de cuidados al final de la vida de la Unión Europea, como, esperan, sucederá en España. Además DMD espera que este paso favorezca la discusión en Portugal y Uruguay, países que están muy cerca de aprobar sus respectivas leyes de muerte asistida." (El Salto, 18/12/20)

"La regulación de la eutanasia entrará en vigor a partir del verano.


(...) el Senado ratificaría esta propuesta a mediados o finales de marzo. Por ello, la ley entraría en vigor en junio de 2021, después de que pasen "tres meses desde su publicación en el BOE", tal y como refleja el texto de la norma en su disposición final cuarta. (...)

La aplicación de esta práctica se llevará a cabo por medio de fármacos. Asimismo, la muerte como consecuencia de la prestación de ayuda para morir tendrá la consideración legal de "muerte natural a todos los efectos", independientemente de la codificación realizada en la misma. La decisión de pedir la ayuda para morir debe ser autónoma, informada por el equipo sanitario responsable y sin presiones externas. (...)

La prestación de ayuda para morir estará incluida en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y será de financiación pública. En este sentido, "los servicios públicos de salud, en el ámbito de sus respectivas competencias, aplicarán las medidas precisas para garantizar el derecho a la prestación de ayuda para morir en los supuestos y con los requisitos establecidos en esta ley".      (Pilar Araque, Público, 17/12/20)

28.2.20

Morir con orgullo. La eutanasia es una elección, no una obligación

"Cuando algo se enfrenta a las ideologías o a las creencias religiosas, la resolución se hace literalmente eterna, es decir, que nunca se soluciona la cuestión. Se impone, primero, clarificar la situación para poder decidir después. 

Si un católico dice que Dios es el dueño de la vida, porque vivir es participar de la vida de Dios, merece respeto. Que tanto la vida como la muerte está en manos de Dios: “El es el dueño de todo viviente y el espíritu de todo ser humano” (Job 12, 10), sigue siendo digno de respeto. Si es propiedad y don de Dios, la vida es inviolable y lo que contradiga esto no es cierto, ni digno, ni puede considerarse como argumento. 

Respeto tales creencias. Lo que no estoy dispuesto a aceptar es que se impongan estas tesis como obligación, porque entonces lo que no existe es respeto al no creyente. Aunque no creas, debes aceptar el dolor y la muerte más terrible, si ocurriera así. No puedes emplear el recurso alguno para cortar su vida. Jesucristo murió en la cruz en medio de tremendos dolores y así salvó al mundo. Los demás únicamente podemos imitarlo, contribuyendo así a la salvación. Bueno.

Los profesores de filosofía de Secundaria saben mucho de esto, porque todos los gobiernos, independientemente de su color, han hecho tragar con la Ética como alternativa a la Religión. Era una cosa absurda pensar así: para garantizar el derecho de unos a recibir enseñanzas religiosas, otros estaban obligados a recibir clases de ética.

Tú no quieres clases de religión, pues en castigo tendrás que hacer ética. Los estudiantes más avispados decían que no querían estudiar religión, que era una materia optativa, pero que no deseaban elegirla, entonces, ¿por qué tenían que estudiar ética? Tenían razón, pero nadie hizo caso, porque el foco se ponía sólo en el derecho a recibir enseñanza religiosa. Este proceder cuenta ya con unos 40 años de ejercicio, que se dice pronto.

Ahora, con la oposición a la eutanasia ocurre algo similar. Las creencias religiosas no la aceptan, luego no se puede legislar sobre la misma. Y no es así, porque los que desean una ‘mala muerte’ tienen la puerta abierta para que sufran todo lo que Dios permita, haciéndolos participantes del dolor del Salvador. Nadie se lo impide, como tampoco se obliga a nadie a divorciarse, lo que sí hacen ellos con quienes desean un buen morir (eu = bueno; thanatos = muerte), un morir dignamente. 

Para el jesuita Juan Masiá decidir morir autónomamente ni siquiera va contra la fe religiosa, porque Dios creador hizo a los humanos co-creadores y, por tanto, responsables y cuidadores de la vida, que pertenece a quienes la han co-creado. No se trata de matar, sino de ayudar en el momento de morir. Los extremismos siempre están dispuestos para el ataque.

En cuanto a las afirmaciones aberrantes de que se quiere ahorrar el Estado en Seguridad Social, o que puede ser una vía legal para homicidios de personas, esto no se sostiene, si se establecen las garantías jurídicas adecuadas de vigilancia y las normas oportunas. La eutanasia es una decisión individual, sometida a controles profesionales y fórmulas legislativas.

Otros hablan de cuidados paliativos, pero no bastan cuando la persona no quiera solo no tener dolor, sino que desee no continuar en la existencia, haciendo esto en su plena capacidad de conciencia y pidiéndolo expresamente, como haría una persona autónoma, que se siente dueña de su vida. En este caso, hay que dejar morir en paz y el médico tiene que ayudar a que se cumpla la decisión del paciente, lo que no significa insensibilidad ante el sufrimiento, sino todo lo contrario. Es un acto de respeto a la autonomía de la persona y no un suicidio.

En esto, como en otras cosas, hay que atender a la sociedad, no solo a ella, pero también a ella. Más del 80% de ciudadanos están a favor de la eutanasia. Es más: más del 50% de los católicos, también, según Metroscopia y el CIS. Ejercer el derecho a la eutanasia es algo personal y libre, pero no obligatorio. Quien no quiera no tendrá que hacerlo, por supuesto. La Iglesia católica tiene que dejar de ser un lobby ideológico de presión en contra de la eutanasia de manera inflexible. 

Qué distinta es la posición de Jacques Pohier (teólogo y filósofo francés): “la eutanasia voluntaria no es una elección entre la vida y la muerte, sino entre dos formas de morir (un chois entre deus façons de mourir). No sólo los profesionales han de intervenir en el debate sobre la eutanasia, sino la totalidad de la sociedad.

No deberíamos dejar de pensar que, si se regulara la eutanasia, la ley no obligará nunca a nadie, depende siempre de la libertad de elección. A nadie se le deben imponer las creencias propias, que, en este caso, sólo pueden conducir a argumentos de pura miseria."                     (Julián Arroyo Pomeda, Catedrático de Filosofía, Crónica Popular, 22/02/20)

10.7.19

Un enfermo terminal de párkinson pide “dejar de padecer y de hacer padecer”

"Cuatro sillas de escritorio diferentes muestran la evolución del párkinson en el cuerpo de Antoni Monguilod. Arrinconadas en un lateral del despacho de su casa de Malgrat de Mar (Barcelona), los distintos tamaños y formas de los asientos se fueron sucediendo hasta la actual silla de ruedas de la que Monguilod, de 74 años, no se puede levantar desde hace dos meses. Su pérdida de autonomía le empujó a enviar una carta a varios medios reclamando la legalización de la eutanasia para evitar “sufrimientos” y como un “derecho fundamental”.




En este encarcelamiento corporal, que le impide completar una frase, el ordenador aparece como una rendija en la celda. El ratón y teclado dan a Monguilod el movimiento y las palabras que le va absorbiendo la enfermedad. De su puño y teclas salieron esos párrafos de auxilio que envió reclamando la despenalización de la eutanasia.

“Pasa las tardes frente al ordenador y todavía se encarga de las facturas y la administración del hogar”, comenta su esposa, Magdalena Fornés. Ante todo, el despacho de Monguilod es un museo de recuerdos de su vitalidad. Un violín en la parte superior de un armario, una jarra con el dibujo de un paracaídas de su etapa en la mili, fotografías con amigos y varios tomos encuadernados de la revista Som-hi, una publicación local mensual de la que se encargó entre 1977 y 2016.

“Dejar de padecer y de hacer padecer”, explica a EL PAÍS lo que significaría para él una “muerte digna”, en una entrevista en la que las dificultades en la comunicación son solventadas por su mujer. Además de ser su compañera de vida, ahora ella es sus piernas, sus brazos y su voz. “La quiero mucho y no quiero que pierda la salud cuidándome”, decía la misiva de Monguilod. Actualmente, Fornés atiende a su marido las 24 horas del día y solo se “puede escapar” cuando alguno de los cuidadores acude a su hogar. “Si no hay nadie no me quedo tranquila”, señala. Añora ir a la playa y de momento se conforma con una piscina portátil en la terraza de casa.

“Ha querido mostrar a la sociedad lo que algunas personas están padeciendo”, señala Fornés sobre la carta de su marido. “Puede parecer frío por mi parte aceptar y defender la posición que él ha tomado, pero yo creo que no hubiera sido capaz de llegar hasta donde él ha llegado. Los dos hemos sido siempre muy independientes y yo no soportaría tener que estar pidiendo que me hagan todo”.

También fue el teclado del ordenador el que hace siete años dio la primera señal de alarma. Unos fallos en la mano izquierda le llevaron al médico. Con la “mejor memoria de la casa”, según dice su mujer, Monguilod rectifica la primera versión que apareció en la prensa sobre su enfermedad que indicaba una antigüedad de 12 años. Unos clic en el ordenador muestran aquel primer informe de 2012 en el que se abría la puerta a la enfermedad neurodegenerativa.

Monguilod, que redactó un testamento vital en el que ha donado su cuerpo a la ciencia, descarta cualquier otra vía como el suicidio asistido o la marcha a otros países en los que la eutanasia no está penalizada. Quiere evitar que su familia tenga problemas legales.

La pareja tampoco entiende que casos como el de Ángel Hernández, que hace unos meses asistió a su mujer en el suicidio, hayan terminado en un juzgado. “Es una vergüenza. Ella decide morirse, lo graban, lo enseñan y al final le juzgan. Tener que morir sufriendo, ¿para qué?”, señala Fornés.

La familia dice que ningún político se ha puesto en contacto con ellos y tampoco tiene ninguna esperanza en ello. “Es una cuestión en la que la mayoría de la gente está a favor, pero los políticos no hacen nada por cambiarla. Esto no da votos”, concluye Fornés. En el Congreso existen dos proyectos sobre muerte digna, del PSOE y de Ciudadanos, que hasta el momento no han logrado abrirse paso."                  (Grego Casanova, El País, 04/07/19)

6.5.19

La justicia dicta que un francés en estado vegetativo puede morir

"El caso de Vincent Lambert mezcla una larga batalla judicial con un desgarro familiar y un debate ético de calado. ¿Cuándo puede una persona quitarle la vida a otra? ¿En qué circunstancias? ¿Hay un momento en que una vida deja de serlo? El pulso por la vida y la muerte de Lambert, un francés de 42 años que en 2008 quedó tetrapléjico y en estado vegetativo tras un accidente de tráfico, entra en un nuevo capítulo, quizá el final. 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó un recurso de los padres de Lambert para impedir que los médicos abandonasen el tratamiento que mantiene vivo a su hijo.

Lambert, enfermero psiquiátrico de profesión, se ha convertido en un símbolo de un debate sobre los tratamientos al final de la vida y la muerte digna en Francia. El debate es legal. Enfrenta a quienes sostienen que el Estado francés está autorizando, de hecho, una eutanasia en un país donde la eutanasia es ilegal, con quienes defienden que seguir alimentando e hidratando a Lambert supone un “encarnizamiento terapéutico” sobre un hombre que, según un dictamen emitido por un grupo de expertos el año pasado, carece de “todo acceso posible a la conciencia”. 

También es una pelea familiar. De un lado, Pierre y Viviane Lambert, sus padres, descritos en la prensa francesa como católicos fervientes, además de una hermana y un hermanastro. Del otro, su esposa, Rachel Lambert, que desde 2016 es su tutora legal, cinco hermanas y hermanas y un sobrino.

La decisión del Tribunal de Estrasburgo respondía a una demanda de los padres para suspender la ejecución de una decisión previa del Consejo de Estado francés. También pedían que se impidiese trasladar a Lambert fuera de Francia. El temor era que su esposa le llevase a un país como Bélgica donde la eutanasia está regulada

El 24 de abril pasado, el Consejo de Estado dictaminó que los médicos del hospital universitario de Reims, en el nordeste de Francia, donde está ingresado Lambert, tomaron una decisión ajustada a derecho al decidir interrumpir los cuidados al paciente. 

Esto significaba retirarle la alimentación y la hidratación y administrarle un sedante profundo y continuo. El 31 de enero el tribunal de Châlons-en-Champagne, cerca de Reims, tomó una decisión en el mismo sentido. Lambert nunca dejó por escrito sus deseos, un testamento vital.

Los jueces de Estrasburgo avalaron las decisiones recientes de los tribunales franceses. Y se remitieron a la propia decisión del TEDH en 2015 sobre este caso, cuando ya concluyó que el cese de la alimentación y la hidratación artificiales de Lambert no supondrían una violación del artículo 2 el Convenio Europeo de los Derechos Humanos, que protege el derecho a la vida.

La nueva intervención del alto tribunal europeo no significa el fin del contencioso, que dura seis años. Aunque el accidente ocurrió en 2008, cuando Lambert, casado con otra enfermera, se dirigía al trabajo, fue en 2013 cuando se abrió la batalla jurídica. Al amparo de la llamada ley Leonetti de 2005, se decidió dejar de alimentar e hidratar a Lambert. 

La ley, completada en 2016, establecía que los cuidados médicos "no deben prolongarse con una obstinación irrazonable" y que "cuando parecen inútiles, desproporcionados o sin otro efecto que el mantenimiento artificial de la vida, pueden suspenderse o no emprenderse". “Por casualidad, durante una visita, uno de los hermanos de Vincent descubrió que no se le alimentaba desde hacía 16 días”, contarían desupués sus padres, según el diario Libération. Los padres confían aún en un último recurso ante el Comité de la ONU para los derechos de las personas discapacitadas.

“En la práctica, Francia se siente más ligada a las decisiones del TEDH que a los comités de la ONU cuando hay divergencias” dijo a la agencia France Presse el especialista en derecho europeo Nicolas Hervieu. Citado por el mismo medio, François Lambert, sobrino de Vincent y partidario de permitir su muerte digna, dijo: “Ya nada se opone a la decisión [de cesar los cuidados]. Corresponde que se aplique y por fin Vincent pueda partir”.

“Este camino de fin de vida, para nosotros, es como una demanda de eutanasia”, dice por teléfono Jean Paillot, el abogado de los padres de Lambert. “El día que Vincent de verdad esté al final de su vida, cuando estemos seguros de que estamos ante una situación de obstinación irrazonable, los padres serán los primeros que dirán: ‘Paremos. No queremos encarnizarnos’. 

El combate no es por encarnizarse para que Vincent viva, sino para que esté cuidado correctamente”. Según Paillot, “simplemente se encuentra en una situación de discapacidad. Y se dice que hay que poner fin a su alimentación y su hidratación. Yo, como jurista, digo que estamos ante una demanda de eutanasia que ha sido aceptada por la justicia francesa”.                 (Marc Bassets, El País, 01/05/19)

5.4.19

Detenido un hombre tras ayudar a morir a su mujer, en fase terminal




"Ángel Hernández y María José Carrasco lo tenían claro. El día que ella lo decidiera, él la ayudaría a quitarse la vida. Carrasco tenía desde hacía 30 años una esclerosis múltiple. En octubre pasado, cuando recibieron a EL PAÍS en su piso de Madrid, manifestó, con la voz gutural de quien está al borde de la asfixia, la única causa por la que no había dado el paso: "Él no tiene miedo, pero yo sí". 

Se refería a lo que le podía pasar a su marido si la ayudaba. Nadie sabe qué ha pasado en aquella casa estos seis últimos meses, pero el miércoles, Hernández le preparó la medicación definitiva. Ella la tomó. Él ha sido detenido.

"Quiero el final cuanto antes", decía en octubre Carrasco, de 61 años. Secretaria judicial, había sido una mujer activa, inquieta. Pero hacía ya años que el piano que tocaba había enmudecido, que los pinceles con los que pintaba se habían cegado. Con los años de enfermedad y deterioro, llegaron las barandillas en los pasillos, cayó un tabique para hacer más amplia la habitación. Se fueron las puertas que dificultaban el paso de la silla de ruedas. 

Todas, menos la del baño pequeño, el que usaba Hernández, de 69 años. El grande ya no tenía bañera, era un enorme plato de ducha. Prácticamente paralizada y con problemas de visión y audición, la tele del salón había crecido para que los dos pudieran ver películas antiguas, porque lo que dan por la tele no les gustaba.

La detención tuvo lugar este miércoles a las tres de la tarde, cuando los agentes se personaron en una casa ubicada en la calle Federico Carlos Sáinz de Robles, en el distrito de Moncloa Aravaca, tras ser avisados por los sanitarios del Summa, a los que Hernández contó que había suministrado una sustancia para provocar la muerte a su mujer. Está en el calabozo de una comisaría de Madrid a la espera de pasar este viernes a disposición judicial.

Como hiciera Ramón Sampedro hace 21 años, la pareja ha dejado grabado el proceso durante el que ella se toma la medicación letal. Pero esta vez no lo han hecho, como el famoso tetrapléjico, para exculpar a quien le ayudó a quitarse la vida. A Sampedro le funcionó. Cuando años después se inculpó a Ramona Maneiro, esta fue absuelta por prescripción el delito. Y es que la cooperación necesaria para el suicido está castigada en España, aunque si se hace con una persona en estado muy grave que lo pide se considera que hay una atenuante.

En cualquier caso, Hernández no tendría que ingresar en prisión si la pena es inferior a dos años y carece de antecedentes penales. "En España, aunque la eutanasia está prohibida, el Código Penal tiene en cuenta la compasión e introduce una atenuante muy privilegiada", explica Federico de Montalvo, jurista y presidente del Comité Español de Bioética.

 "No me gusta la idea de una eutanasia institucionalizada, pero en casos concretos, cuando se hace por amor y a petición de alguien, no sé si hay un reproche penal que justifique que esa persona entre en prisión", opina.

Según la asociación Derecho a Morir Dignamente, con la que Hernández se puso en contacto tras ayudar a Carrasco a acabar con su vida, es el primer caso conocido en España, tras el de Sampedro, en el que una persona asiste a otra para suicidarse ante la incapacidad física de la enferma para hacerlo por sí misma.

 Hernández sería, según la asociación, el primer detenido por esta causa. El hombre sabía los riesgos, pero estaba dispuesto a afrontarlos. Hace más de 20 años, cuando aún trabajaba como técnico de audiovisuales de la Asamblea madrileña y ella ya estaba enferma en casa, se la encontró agonizante tras intentar suicidarse. Llamó al servicio de emergencias y lo impidió. Después, hablando con ella, le prometió no hacerlo más.

En octubre, cuando hablaron con EL PAÍS, tenían sus esperanzas puestas en la ley de regulación de la eutanasia que promueve el PSOE. Inquietos pero bien informados, temían que la precariedad del Gobierno impidiera llevar a cabo la tramitación. Tenían razón: el proyecto de ley sigue empantanado en la Mesa del Congreso sometida a la práctica dilatoria del PP y Ciudadanos de prorrogar una y otra vez el plazo de enmiendas para evitar que llegue ni siquiera a debatirse. Ellos entran de lleno en los supuestos de esa norma: una enfermedad grave, irreversible, que produce enormes sufrimientos físicos y psíquicos.

Derecho a Morir Dignamente ha reaccionado este jueves exigiendo a los "futuros diputados y diputadas que regulen y despenalicen la eutanasia urgentemente". "Defender el derecho a la vida no justifica obligar a una persona a vivir una vida deteriorada, con un sufrimiento inadmisible y que ya no desea", añade. "El acto de Ángel Hernández de ayudar a morir a su mujer, a la que ha cuidado durante décadas, sólo puede entenderse como un acto de amor que no debería recibir ningún reproche penal", asegura en un comunicado.

"Más del 80% de la población está a favor de despenalizar la eutanasia y el suicidio asistido. Sin embargo, el artículo 143 del Código Penal sigue castigándola con penas de prisión", recalca la asociación, que califica como "inaceptable" que "en una sociedad democrática, basada en el respeto a la libertad individual y la pluralidad", esté penado "ayudar a una persona a disponer de su vida libremente".

Hacía tiempo que la pareja lo tenía todo preparado. Sus únicos límites eran la voluntad de ella y que, llegado el momento, Carrasco, que comía con extrema dificultad, no consiguiera tragar. El miércoles lo hicieron. Hernández había previsto las consecuencias y únicamente temía una: al quedarse solo, no tenía forma de asegurar que, cuando llegara su momento, alguien le ayudara a irse con dignidad. Como le decía medio en broma medio en serio Carrasco, cuando no tienes asistencia, "hay que joderse".

"La desobediencia civil queda justificada"

Mikel Ormazabal

La familia de Maribel Tellaetxe, que murió el 6 de marzo en el País Vasco afectada de alzhéimer sin haber conseguido la eutanasia solicitada, reaccionó en la mañana de este jueves ante la muerte de María José Carrasco: “A este hombre [el marido] la ley le ha puesto entre la espada y la pared. Esta persona se ha visto en la disyuntiva de delinquir o ver cómo sufre su mujer. Lo que ha hecho es un acto de amor y de valentía y cuenta con todo nuestro respeto, apoyo y admiración”, ha dicho David Lorente, uno de los hijos de Tellaetxe.

Lorente opina que la detención de Ángel Hernández se produce porque “ha delinquido a efectos de la ley, y las leyes hay que respetarlas mientras intentamos mejorarlas”. Pero se pregunta: "¿Qué pasa cuando una ley atenta contra las libertades individuales, contra los derechos humanos, y supone un crimen contra la humanidad? Ocurre que la desobediencia civil queda justificada”.

En el caso de Maribel, no lo hicieron. “Mi padre nos dijo que la voluntad de nuestra madre era seguir sufriendo antes de que nosotros nos arriesgásemos a ir a la cárcel”, admite Lorente. “Por eso no somos mejores personas que él. Pero tan legítima es la vía que ha tomado este señor como la nuestra. Éticamente estamos a su mismo nivel”, afirma.


Lo que dice el Código Penal


El artículo 143 del Código Penal, aprobado en 1995, regula la inducción y la cooperación al suicidio. Su apartado 4 es el que, según los juristas, sería aplicable en el caso de Ángel Hernández y María José Carrasco: "El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo".

El número 2 impone una pena de prisión de dos a cinco años "al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona". Según explica el jurista José Antonio Martín Pallín, la pena aplicable, de rebajarse un grado, quedaría en una horquilla entre uno y dos años, pero en este caso "es clarísimo que habría que bajar la pena en dos grados", opina, con lo que quedaría entre seis meses y un año."     (Emilia de Benito, Cecilia Jan, El País, 04/04/19)


"María José Carrasco confirma en este vídeo que pidió a su marido que la ayudara a morir.
(...)  Este es el diálogo que mantuvieron:

Ángel. Bueno, María José, vamos a grabar este testimonio, porque es muy importante para que quede constancia del deseo que llevas queriendo que se lleve a cabo, que es el suicidio.

Ella asiente.

Ángel. ¿Sigues con la idea de que quieres suicidarte?
María José. Sí.
Ángel. ¿Quieres esperar a algo?
María José. No.
Ángel. ¿Quieres que se lleve a cabo ya?
María José. Sí.
Ángel. ¿Sabes que te tengo que ayudar yo? Que no hay nadie que te pueda ayudar, y además no estaría bien que…
María José. Sí, lo sé.
Ángel. Lo sabes. Me lo has pedido muchas veces, muchas veces. Más de las necesarias. Pero claro, yo confiaba en que se iba a aprobar lo de la eutanasia, pero claro, visto lo visto... Hoy es 2 de abril de 2019. ¿Entonces quieres e insistes en que quieres suicidarte?
 María José. Sí.
Ángel. Vamos a ver, ¿quieres que lo prepare y lo hagamos mañana?
María José. Sí.
Ángel. Bueno, pues no hay nada más que hablar. Yo creo que…
María José. Cuanto antes, mejor.
Ángel. Lo único que me preocupa es que no puedas ingerir el líquido porque tienes problemas de deglución. Y ya no es solamente el atragantamiento que tienes, sino que te cuesta mucho trabajo, te entra fatiga cada vez que ingieres algo. Esa es la única preocupación que tengo. Pero quieres seguir adelante, ¿no?
María José. Sí.
Ángel. Pues lo preparo todo. Te voy a dar lo que con mucho esfuerzo, cuando todavía podías un poco manejar tus manos, conseguiste a través de Internet. El pentobarbital sódico, que lo tenemos ahí guardado. Y eso es lo que te voy a aplicar. Esperemos que no sea un fraude, porque como lo tuviste que pedir por Internet… Bueno, lo veremos enseguida. Entonces ¿lo dejamos aquí?

María José asiente con la cabeza.

Ángel. Mañana.

Ella vuelve a asentir. Esta vez, también verbalmente: Sí.

Ángel. Vale, pues nada más que esto.

El marido de Carrasco apaga la cámara. Un día después, vuelve a encenderla. Vuelve a preguntarle a su mujer si está convencida y quiere seguir adelante.

Ángel. Bueno, María José, ha llegado el momento, el que tanto deseabas.
Ella asiente con una media sonrisa.
Ángel. Yo te voy a prestar mis manos, eso que tú no puedes. Yo te voy a prestar mis manos. Primero vamos a probar con un poquito de agua porque no sé si puedes tragar. Si vemos que no puedes tragar, lo abortamos, porque…

Ella bebe agua con una pajita.

Ángel. ¿Qué crees?
María José. Que sí.
Ángel. Te lo doy entonces. No es mucho, pero puede que sepa mal, o sea, que tienes que soportarlo. ¿Estás decidida?
María José. Sí.
Ángel. Pues adelante.

EL PAÍS ha decidido no emitir las imágenes en las que María José Carrasco ingiere el líquido.
"A ver, dame la mano que quiero notar la ausencia definitiva de tu sufrimiento. Tranquila, ahora te dormirás enseguida", le dice Ángel Hernández a su esposa."                 (El País, 04/03/19)

12.9.17

El drama de una anciana desesperada: "Yo envenené a mi hijo con 16 pastillas"

"Lo sucedido en la mañana del 26 de noviembre de 2015 tritura la mente —y el corazón— de María Luisa Martínez como si fuese un delirio. Este lunes, la Fiscalía del área de Alcalá de Henares hacía pública la acusación contra "una octogenaria que mató a su hijo e intentó quitarse la vida porque no podía cuidarlo”.  (...)

“Fui limpiadora de los uniformes de la Brigada de Paracaidistas de Alcalá de Henares [actualmente con base en Paracuellos de Jarama]", sentencia con firmeza María Luisa. Su memoria no titubea ni por un segundo y recuerda a la treintena de hombres que tuvo a su cargo: “Cada semana, los paracaidistas me traían hasta los calzoncillos y los calcetines”, explica desde el sofá de piel marrón de su casa en Torres de la Alameda. 

Lavaba a mano decenas de prendas militares en un barreño de madera que, durante los meses de invierno, le provocaba hasta heridas en las manos por el agua congelada. Ganaba cuatro pesetas, que junto al sueldo de su marido eran pocas pero suficientes para construir la casa en la que hoy pasa su íntimo calvario.

Se trata de la muerte de su hijo Tomás Romero Martínez, que dependió totalmente de ella a lo largo de sus 64 años de vida. Nació con una minusvalía mental, falta de movilidad y era sordomudo. Nunca pudo trabajar, pero su estado de dependencia empeoró cuando ya de mayor se quedó ciego. “Tomás siempre estaba en el campo de fútbol de Alcalá de Henares, le encantaba el deporte y colocaba la ropa de los jugadores, que le querían con locura”, recuerda su madre con un profundo dolor marcado en los ojos.

 Y sigue: “Cuando se quedó ciego, empezó a tener miedo de todo, ya no quería salir ni de su habitación y solamente hacía las cosas si yo estaba a su lado”. Su nieta Sandra lo corrobora: “Cuando mi abuela no estaba, mi tío se ponía nervioso, solamente quería estar con ella porque era quien lo había cuidado toda la vida”. (...)

Según el testimonio que la misma protagonista ha contado a El Confidencial, fueron el dolor acumulado y el deterioro de su salud por la avanzada edad los principales motivos que la llevaron a tomar la fatídica decisión de terminar con la vida de su hijo Tomás y la suya propia, aunque finalmente sobrevivió.

Los hechos se desencadenaron de la manera siguiente. Entre las 9:40 y las 12:00 del día 26 de noviembre de 2015, María Luisa Martínez Barranco, nacida el 10 de mayo de 1932 y sin antecedentes penales, decidió preparar un brebaje tóxico para ingerir. Según la nota informativa que filtró la Fiscalía, la anciana vació en un recipiente 16 pastillas de medicamentos correspondientes a ibuprofeno, paracetamol, urbason y enantyum, entre otros. Los trituró todos con una batidora y echó su contenido en dos vasos de cristal

Acto seguido, le dijo a su hijo Tomás que se bebiera el primero de los vasos, sin que el mismo tuviera posibilidad de conocer su contenido, tomándose ella el segundo de los vasos. Ambos entraron en estado de inconsciencia por intoxicación. Su nieta Sandra, que había acompañado junto con su madre Loli a su otro tío al médico, los encontró tumbados en la cama de uno de los dormitorios cuando regresaron a la vivienda.  (...)

María Luisa Martínez está a la espera de un juicio todavía sin fecha con un jurado popular. La suya no fue una decisión improvisada sino un acto de amor desesperado, según defienden sus familiares. “Mi madre lo que no quería es dejarnos a nosotros la carga de nuestro hermano sabiendo que ella estaba mayor”, cuenta Loli. A esta anciana le duele no poder coser ya los trajes de disfraces para sus nietos y ver cómo el hijo que vive con ella —también con una discapacidad— limpia los rincones de la casa que ella no logra alcanzar. 

 Todos los hijos han renunciado a cualquier tipo de indemnización por el suceso y denuncian la falta de consideración de algunas personas: “Estamos muy mal viendo lo que se dice de nuestra familia sin que nadie nos haya preguntado nada, tenemos miedo de lo que vaya a pasar porque lo que ha hecho mi madre lo hubiesen hecho muchas otras mujeres en su situación”, denuncia su hija Loli, que cada día va a casa de su madre a comer. (...)

“Nadie sabe ni quiere decir nada porque los que conocemos a María Luisa sabemos que fue algo muy íntimo, que decidió sin consultar con nadie porque pensó que era lo mejor para su familia”, confiesa un vecino, que prefiere preservar su anonimato, entre susurros. Y remata: “Es muy fácil juzgar cuando no conoces, pero una madre es capaz de hacer cualquier cosa por su hijo, aunque algunos no lo compartan”.                    (El Confidencial, 27/07/17)

7.4.17

La criminalización de la eutanasia viola el derecho a la libertad de la persona que desea morir, condenada a soportar lo que le quede de vida, una existencia incompatible con su dignidad

"Desde el siglo XIX, los códigos penales regulaban la eutanasia como ayuda ejecutiva al suicidio, castigando con la misma pena que el homicidio al que auxilia al suicida hasta el extremo de causarle la muerte. En 1995 se modificó la regulación existente desde hacía más de 150 años. 

El nuevo Código Penal atenúa la pena de prisión, pero no la suprime, y añade una atenuación extraordinaria para los casos en que se actúa por petición expresa, seria e inequívoca del que desea morir, si éste sufre una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que le produce graves padecimientos permanentes difíciles de soportar. 

En estos casos, que son los característicos de la eutanasia, también hay pena de prisión, accesoria de inhabilitación y antecedentes penales, aunque la prisión podría ser inferior a dos años, y por ello evitarse la cárcel. Pero para eso hace falta que se produzca la afortunada circunstancia, siempre aleatoria, de que juzgue un tribunal extraordinariamente comprensivo y benevolente.

El 63.3% de la población aprobaría la despenalización de la eutanasia. Casi un 60% de los votantes del PP, y un 77% de los del PSOE (encuesta del CIS, 2009). Sin embargo, la despenalización de la eutanasia y la regulación de su práctica legalizada han sido rechazadas hace dos semanas por el Congreso de los Diputados. 

Por 131 votos en contra, del PP y sus filiales autonómicas, y 122 abstenciones del PSOE, Ciudadanos, PDeCAT (la antigua Convergència) y Nueva Canaria, se rechazó la toma en consideración de una proposición de ley presentada por Unidos Podemos, En marea y En Comú Podem (86 votos). 

La formación equivalente a esta última en el Parlament de Catalunya había promovido otra propuesta en el mismo sentido, que fue aprobada sin más oposición que la del PP y Ciudadanos. Con la iniciativa del Parlament, ya son siete los Parlamentos autonómicos que han instado al Congreso a que se derogue el castigo penal de la eutanasia, y en todos ellos se ha contado con el voto favorable del PSOE.

Es significativo que, inmediatamente después de rechazar la proposición de despenalización de la eutanasia, Ciudadanos haya presentado un proyecto de ley de cuidados paliativos, demasiado parecido a otro anterior de los socialistas, y ambos similares a leyes ya vigentes en la mayor parte de las Comunidades Autónomas.   (...)

Es inaceptable escudarse en la suficiencia de una legislación sobre tratamientos paliativos para, así, evitar el problema de la necesaria despenalización de la eutanasia. No es lo mismo la eutanasia que la ayuda facultativa a morir sin dolor, a veces pedida anticipadamente por el paciente. 

Esta ayuda podrá regularse por una normativa estatal o autonómica de cuidados paliativos efectiva, suficiente y generalizada. Pero no cabe esgrimir esa normativa para ocultar o eludir el problema de la ayuda a la muerte voluntaria. 

Quedarían fuera del ámbito de los tratamientos paliativos casos en que no hay inminencia de muerte como el de Ramón Sampedro, magistralmente plasmado por Amenábar y Bardem en Mar adentro

 Son supuestos de tetraplejias, de vidas mantenidas artificialmente en estado vegetativo, e incluso estados de decrepitud mental avanzada. Estos casos también comportan padecimientos insoportables incluso si no hay grandes dolores físicos. En estos casos, cuando el paciente ha expresado con antelación, con plena lucidez, libertad y formalidad, su deseo de poner fin a su vida para acabar con su situación, necesita una mano ajena porque él, personalmente, no puede suicidarse.

 La criminalización de la eutanasia, sobre todo en tales supuestos, viola el derecho fundamental a la libertad de la persona que desea morir. La obligación a soportar por el tiempo que le quede de vida, una existencia incompatible con su sentido de la dignidad. Por eso la criminalización de la eutanasia implica una condena irracional, innecesaria e inhumana. "                 (José María Mena fue fiscal jefe del TSJC, El País, 03/04/17)

28.11.16

"Quiero que me dejen morir cuando yo lo decida"

"¿Por qué no podemos acabar con nuestra vida de manera digna si ésta se convierte en un infierno?", se pregunta José Antonio Arrabal. El verano del año pasado le diagnosticaron Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).

 Esta enfermedad le ha ido incapacitando progresivamente y ahora su gran temor es quedarse sin la movilidad que conserva en la mano derecha. La izquierda ya está "perdida", inmovilizada con una férula que lleva día y noche para evitar que se le agarroten los dedos. Además, cojea al andar porque la pierna derecha también está afectada y, de vez en cuando, se traba al hablar.

A sus 57 años, Arrabal tiene claro que no quiere cumplir ninguno más. Lo explica sin quebrarse, de una forma fría y sin perder la ironía. No busca compasión, busca que se le "reconozca un derecho". "¿No deberíamos ser dueños de nuestra vida?", cuestiona. 

"Sé cómo terminan los pacientes de ELA, con una dependencia total de su familia y sin movilidad. Yo no quiero acabar así. Aunque parezca que no duele, sí que duele. No quiero que me obliguen a pasar dos años en esas condiciones, eso no es calidad de vida. Quiero que me dejen morir cuando yo considere que el sufrimiento es inaceptable".

En septiembre tomó la decisión de "morir con dignidad" y marcando él los tiempos. Comenzó a buscar información en internet y se encontró con su primer obstáculo: en España el artículo 143 del Código Penal recoge penas de prisión de dos a cinco años para aquellos que "cooperen con actos necesarios al suicidio de una persona" y castigo de seis a diez años "si la cooperación llega hasta el punto de ejecutar la muerte".

"Yo no quiero implicar a nadie". Asegura que le gustaría someterse a un suicidio asistido, morir sin dolor, tras ingerir un medicamento que le prescriba un médico. "Si lo haces de otra forma nunca sabes a ciencia cierta lo que va a pasar ni cómo vas a terminar", continúa. Como en nuestro país no está legalizada esta opción, ha comenzado a buscar información en el extranjero. En países como Holanda, Bélgica, Luxemburgo y Suiza sí que está regulada la eutanasia.

"¿Por qué me tengo que ir a Suiza a morir y no puedo hacerlo en España? Aquí he estado pagando mis impuestos. Es de cajón. No lo entiendo", afirma. A finales de octubre, dedicó todos sus débiles esfuerzos a intentar prender la mecha para que se reabra el debate de la muerte digna en la sociedad. Creó una petición en Change.org en la que solicita al Gobierno y a los partidos de la oposición que se modifique el artículo 143 y se despenalice el suicidio asistido.  (...)

El tiempo corre en contra de estos enfermos, Arrabal lo sabe y quiere morir antes de ser dependiente, aunque su gran temor es no conseguirlo. "No creo que pueda esperar más de tres meses. Todo depende de mi mano derecha. En el momento en el que pierda la movilidad, se acabó", relata. Entre las posibilidades que maneja, se encuentra la de acudir a una asociación en Suiza que ayuda a pacientes extranjeros a tener acceso a un suicidio asistido.

"Ya he estado mirando información. Para poder abrir expediente tienes que hacer un primer pago de 300 euros y otro de 80 euros en concepto de cuota de socio. A partir de ahí, ellos te van organizando. Pero necesito conservar algo de movilidad porque soy yo el que se tiene que llevar el vaso con la medicación a mi boca", relata. (...)

Hace un par de días se agobió mientras cenaba al ver que un plato de sopa podía con él. "Me cansé muchísimo. Tuve que hacer dos paradas para poder terminármelo", relata. En ese momento volvió a advertir a sus hijos (20 y 26 años) y a su esposa de que no quería llegar al punto de no poder comer solo.

 Desconoce cómo reaccionó su familia en ese momento: "En esos momentos no les miro porque debe ser complicado. Mi situación es dura pero la de ellos tampoco es sencilla".  

Su familia se mantiene apartada de estos planes, por petición del afectado. Arrabal se negó a hacer la entrevista con eldiario.es en su domicilio porque no se sentía cómodo relatando esta intención cerca de su seres queridos. "Entiendo que les pueda fastidiar este tema pero es que no es una cuestión de ellos, es mía. Si no lo entienden, me da igual porque es una opción personal", asevera.

Si la enfermedad se lo permite y si finalmente se marcha a Suiza, le gustaría acudir solo, sin seres queridos. Y mantiene dos intenciones: donar su cerebro para la investigación de la enfermedad y autorizar que se publique el vídeo de su muerte. "Quiero que la gente vea que no es un tratamiento agresivo, consiste en ingerir una medicación y en 10 minutos ya has fallecido", continúa. (...)"                 (eldiario.es, 13/11/16)

12.1.16

El Tribunal Supremo de Canadá abre una novedosa vía para la asistencia al suicidio

"(...) Y es que, en los países de nuestro entorno, se abre paso el acuerdo de que las personas disponemos, en virtud de nuestra autonomía, del derecho a ser ayudados en el morir, lo que comprende la posibilidad de rechazar o interrumpir un tratamiento de soporte vital (eutanasia pasiva o limitación de esfuerzo terapéutico); el derecho a recibir cuidados paliativos dirigidos a evitar el dolor, aunque acorten la vida (eutanasia activa indirecta o medidas de doble efecto), incluyendo la sedación terminal cuando el dolor no se pueda controlar; y la facultad de dejar por escrito anticipadamente la designación de la persona que nos representará y nuestra voluntad para el caso de que no podamos adoptar ya la decisión por nosotros mismos (instrucciones anticipadas, testamento vital). Este sería el consenso básico actual.

Sin embargo, algunos Estados (el primero fue Oregón) permiten dar a un enfermo terminal una medicación para que éste ponga fin a su vida (suicidio asistido). Otros admiten que sea el propio médico quien cause la muerte del paciente, también a petición de éste y en un contexto de graves padecimientos (eutanasia activa directa), como ocurre en Holanda o Bélgica. 

En Suiza no se castiga la ayuda al suicidio, lo que ha permitido un floreciente turismo eutanásico. Pero todos estos casos se consideran excepciones de las normas penales que castigan la muerte ajena o la ayuda al suicidio.

El Tribunal Supremo de Canadá ha ido más allá. En la sentencia Carter versus Canadá, de 6 de febrero, ha venido a reconocer que la ayuda médica a morir es un derecho fundamental.

 Examinando la validez de la norma penal que prohíbe la ayuda al suicidio (también para enfermos terminales), ha concluido que tal prohibición lesiona el derecho a la vida, porque fuerza a algunas personas a tener que suicidarse preventivamente, de modo violento, por miedo a no poder hacerlo cuando su enfermedad evolucione; y viola también su derecho de libertad e integridad porque privar a los enfermos terminales de esa ayuda provoca estrés y daño psicológico y les sustrae el control de su integridad corporal.

 La sentencia falla que es inconstitucional prohibir la ayuda médica a enfermos adultos competentes que la pidan a causa de una enfermedad o una discapacidad que les provoque sufrimiento permanente, intolerable e irreversible.

El Tribunal emplea tres argumentos. 

1º La prohibición de la ayuda médica a morir se justifica para proteger a personas vulnerables en situación de debilidad para adoptar decisiones, pero es desproporcionado porque no todos los enfermos en situación terminal son vulnerables, empezando por una de las demandantes, la señora Taylor, enferma de esclerosis lateral amiotrófica que solicitó ayuda para morir a fin de evitar lo que ella mismo describió como una “cruel elección” entre suicidarse por sí misma mientras pudiera o perder cualquier control sobre el momento y forma de su muerte. 

2º La prohibición de la ayuda a morir no es una medida indispensable porque los médicos pueden asegurar la protección de los enfermos terminales ante el abuso y/o el error con un sistema serio de garantías. De hecho, la sentencia da un plazo de un año al Parlamento canadiense para regular esta materia reconociendo el nuevo derecho. 

3º No se ha demostrado que allí donde se ha despenalizado la eutanasia se hayan debilitado con el tiempo las garantías (argumento de la pendiente resbaladiza).

La sentencia ofrece algunos flancos a la crítica. Es un tribunal y no el constituyente o el legislador quien convierte un tipo penal nada menos que en un derecho fundamental; la sentencia tendría que haber hablado sólo de suicidio asistido, pero introduce también la eutanasia (y no son lo mismo porque el suicidio asistido por médico garantiza mejor la libertad y voluntariedad del sujeto); considera, sin argumentar, que ayuda en el morir y ayuda a morir son dos caras de una misma moneda: ambas se fundarían en la libertad de decisión del enfermo (pero no es lo mismo “matar” o “suicidarse” que “dejarse morir”); apenas diseña cuáles serían las garantías a las que tendría que someterse este nuevo derecho; señala el riesgo de abuso o error como única finalidad de la prohibición de dicha ayuda, cuando hay otras finalidades (preservar la vida de los ciudadanos, prevenir los suicidios o mantener la integridad de la profesión médica —que se vería ahora en la tesitura de tener que poner directamente fin a la vida de algunos enfermos y de decidir en qué casos, aunque les reconoce el derecho de objeción de conciencia); sí hay pruebas, sobre todo respecto de Holanda, de que la pendiente resbaladiza no es una simple especulación.

Con todo, la sentencia Carter está llamada a ser muy influyente. Una declaración judicial tan contundente a favor de la ayuda médica a morir es una novedad. Canadá no sólo influye en España en el debate territorial (Quebec), sino que tiene mucho prestigio en materia de derechos. 

No hay que ser adivinos para augurar la repetición de sus argumentos por los defensores de la eutanasia y el suicidio asistido. En España se siguen prohibiendo ambas conductas, que se remiten, en la práctica, a la penumbra del acto médico.

 El sistema no es satisfactorio del todo, pero hay dudas razonables sobre sus alternativas. En mi opinión, habría que empezar a reflexionar en serio sobre la posibilidad de introducir el suicidio asistido por médico para ciertos casos. (...)"         (  , El País, 20 MAR 2015)