"Asun Gómez habla desde el Congreso de los Diputados con lágrimas en los ojos. "Muy contenta, muy emocionada, muy agradecida", dice. Y acto seguido se acuerda de él: "La victoria también es de Luis".
Se refiere a su marido, Luis de Marcos, que falleció en agosto de 2017 tras luchar por la aprobación de una ley de eutanasia que le permitiera marcharse sin el sufrimiento que también vivió Asun, siempre a su lado. "Estará orgulloso de lo que hemos conseguido", celebra, mientras lucha porque la voz no se le quiebre ni por el llanto ni por la emoción. Cuelga para ir a hacerse la foto con el resto de compañeros de lucha en la escalinata de la Cámara Baja.
Uno de esos compañeros es David Lorente, hijo de Maribel Tellaetxe, la mujer vizcaína que, tras enterarse de que sufría alzhéimer, pidió a su familia que no la dejara llegar a la situación de no reconocerles, de no saber quiénes eran. Murió en 2019, después de que su familia también intentara cumplir ese deseo. "Ha sido súper emocionante, pero también un momento de sentimientos encontrados. Siento mucha felicidad, pero también mucha tristeza de que esta ley no llegara a tiempo para mi ama", lamenta. "Pero toca celebrarlo todos juntos", señala.
La "victoria", como la califica Asun, se ha hecho esperar. Para ella cuatro años, pero para otros muchos más. De hecho, podría decirse que el debate comenzó hace 23 años. En el siglo pasado, ni más ni menos. Fue con el caso de Ramón Sampedro, cuya muerte removió conciencias, al igual que años después la de María José Carrasco, ayudada a morir por su compañero, Ángel Hernández.
Ramón murió a los 55 años, pero llevaba desde los 25 paralizado en la cama por una tetraplejia que le impedía vivir. Buscó por todos los medios un método para realizar un suicidio asistido sin que quien le ayudara no incurriese en ningún delito. Necesitaba, sí o sí, ayuda externa. Pero lo que pedía parecía un imposible. En 1998 consiguió que su amiga Ramona Maneiro le ayudara.
Fue detenida, pero la policía no encontró elementos que la incriminaran. El plan había sido estudiado con mucha minuciosidad y en él colaboraron hasta un total de 11 personas, cada uno con una tarea específica. Siete años después, cuando el supuesto delito de ayuda al suicidio que se le podría haber imputado a Maneiro había prescrito, ella confesó su participación. Desde entonces, la lucha por el derecho a una muerte digna ha regresado a la actualidad de forma periódica con diferentes casos que han conmocionado a la opinión pública.
Hasta este jueves, cuando España se convirtió en el sexto país del mundo en regular la muerte digna. Más de tres minutos estuvieron los diputados de la bancada izquierda aplaudiendo y celebrando la aprobación de la Ley Orgánica para la regulación de la eutanasia. La Cámara le dio luz verde definitiva —después de que el Senado la aprobara la semana pasada con algunos cambios en el texto en el dictamen de la Comisión de Justicia— con 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones.
La oposición a la norma llegó por parte del PP y de Vox, cuyos diputados buscaron robar protagonismo a los aplausos sacando ordenadores, tablets y
móviles en los que se podía leer "la derogaremos". Fueron recriminados
por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que recordó que la
"libertad de expresión se ejerce con la palabra" y frenó, también, la
celebración.
España se ha unido este jueves a Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Nueva Zelanda y se ha convertido en el sexto país del mundo en regular la ley. Javier Velasco, presidente de la organización Derecho a Morir Dignamente (DMD), celebra que, además, la norma aprobada "nos coloca en buena posición", más o menos a la par que Holanda, Bélgica y Luxemburgo. "Las de Canadá y Nueva Zelanda son muy restrictivas", valora.
Velasco está contento con la aprobación. Cree que, como país, es para darse la enhorabuena. Sin embargo, también le preocupa. "Es demasiado garantista", dice. "En principio eso sería una ventaja, pero el problema es que burocratiza excesivamente el proceso", argumenta. ¿Por qué?
La norma, que entrará en vigor dentro de tres meses, regula tanto la "eutanasia activa" —definida en lay orgánica como "la acción por la que un profesional sanitario pone fin a la vida de un paciente de manera deliberada y a petición de este, cuando se produce dentro de un contexto eutanásico por causa de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable"— como la que podríamos denominar pasiva o asistida—"aquella en la que es el propio paciente la persona que termina con su vida, para lo que precisa de la colaboración de un profesional sanitario que, de forma intencionada y con conocimiento, facilita los medios necesarios, incluido el asesoramiento sobre la sustancia y dosis necesarias de medicamentos, su prescripción o, incluso, su suministro con el fin de que el paciente se lo administre"—.
Para pedirla, la persona debe tener la nacionalidad española, residencia legal en España o certificado de empadronamiento "que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses", ser mayor de edad y capaz y consciente en el momento de solicitar la medida. Si en el momento no lo es, se podrá realizar igual si el paciente ha dejado por escrito la voluntad.
En cualquiera de los casos, no obstante, la ley recoge que la persona que padece la enfermedad debe "disponer por escrito de la información que exista sobre su proceso médico, las diferentes alternativas y posibilidades de actuación, incluida la de acceder a cuidados paliativos", haber realizado dos solicitudes "de manera voluntaria y por escrito, o por otro medio que permita dejar constancia, y que no sea el resultado de ninguna presión externa, dejando una separación de al menos quince días naturales entre ambas" —entre las cuales el médico deberá de informar de todas las alternativas y asegurarse de que el paciente las ha comprendido correctamente— "sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante [...] certificada por el médico responsable" y dar un consentimiento, de nuevo, antes de recibir la ayuda para morir. No hay ni uno ni dos consentimientos y cada uno de ellos debe, además, quedar por escrito en la historia clínica del paciente.
Además, en el proceso deben participar dos facultativos que no pertenezcan al mismo equipo médico y, después, la Comisión de Garantía y Evaluación —que será autonómica— nombrará a dos expertos, uno de ellos un jurista, para determinar si se continúa adelante. El paciente, claro, puede cambiar de opinión en cualquier momento.
Pero además de con los pacientes, la norma pretende ser garantista con los médicos, a los que permite la objeción de conciencia, definida en la norma como el "derecho individual de los profesionales sanitarios a no atender aquellas demandas de actuación sanitaria reguladas en esta Ley que resultan incompatibles con sus propias convicciones".
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