12.3.24

Sudáfrica apela urgentemente a la CIJ por la hambruna en Gaza.. Describiendo la situación en Gaza como "ahora tan aterradora que resulta indescriptible", Pretoria pide a la Corte Mundial que tome nuevas medidas para detener el genocidio de Israel

 "Sudáfrica presentó el miércoles una solicitud urgente ante la Corte Internacional de Justicia para que se indiquen medidas provisionales adicionales y se modifique la orden del tribunal de 26 de enero de 2024 y la decisión de 16 de febrero de 2024 en el caso relativo a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel), según informó la CIJ en un comunicado de prensa del 6 de marzo.

En su solicitud, Sudáfrica afirma que se ve

    "obligada a volver a la Corte a la luz de los nuevos hechos y cambios en la situación de Gaza -en particular la situación de hambruna generalizada- provocados por las continuas y atroces violaciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio... por parte del Estado de Israel... y sus continuas y manifiestas violaciones de las medidas provisionales indicadas por esta Corte el 26 de enero de 2024".

Solicita a la Corte que indique nuevas medidas provisionales y/o modifique las medidas provisionales indicadas en su orden de 26 de enero de 2024, de conformidad con el artículo 41 del Estatuto de la Corte y el artículo 75, párrafos 1 y 3, y el artículo 76, párrafo 1, del Reglamento de la Corte, respectivamente, "a fin de garantizar urgentemente la seguridad de 2,3 millones de palestinos en Gaza, entre ellos más de un millón de niños".

 Insta al tribunal a hacerlo sin celebrar una vista, a la luz de la "extrema urgencia de la situación".

 La situación en Gaza, descrita por la CIJ como "peligrosa" el 16 de febrero, "es ahora tan aterradora que resulta indescriptible... justificando -y de hecho exigiendo- la indicación de nuevas medidas provisionales de protección", argumentó Sudáfrica.

Sudáfrica ha solicitado que la CIJ adopte las siguientes medidas provisionales adicionales y modifique las ya existentes:

  1-  "Todos los participantes en el conflicto deben garantizar el cese inmediato de todos los combates y hostilidades, y la liberación inmediata de todos los rehenes y detenidos.

  2-  "Todas las Partes en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio deben adoptar inmediatamente todas las medidas necesarias para cumplir todas las obligaciones que les incumben en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.

 3-  "Todas las Partes en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio deben abstenerse inmediatamente de toda acción, y en particular de toda acción armada o apoyo a la misma, que pueda menoscabar el derecho de los palestinos de Gaza a ser protegidos de actos de genocidio y actos prohibidos conexos, o cualquier otro derecho con respecto a cualquier sentencia que el Tribunal pueda dictar en el caso, o que pueda agravar o ampliar la controversia ante el Tribunal o dificultar su resolución.

4-  "El Estado de Israel adoptará medidas inmediatas y eficaces para permitir la prestación de los servicios básicos y la asistencia humanitaria que se necesitan urgentemente para hacer frente a la hambruna y la inanición y a las condiciones de vida adversas a las que se enfrentan los palestinos en Gaza, mediante: (a) suspendiendo inmediatamente sus operaciones militares en Gaza; (b) levantando su bloqueo de Gaza; (c) rescindiendo todas las demás medidas y prácticas existentes que directa o indirectamente tengan el efecto de obstruir el acceso de los palestinos de Gaza a la asistencia humanitaria y los servicios básicos; y (d) garantizando el suministro de alimentos, agua, combustible, refugio, ropa, higiene y requisitos sanitarios adecuados y suficientes, junto con asistencia médica, incluidos suministros y apoyo médicos.

 5-  "El Estado de Israel deberá presentar un informe abierto a la Corte sobre todas las medidas adoptadas para dar efecto a todas las medidas provisionales ordenadas por la Corte hasta la fecha, en el plazo de un mes a partir de la fecha de esta Orden."

"Los niños palestinos están muriendo de hambre como resultado directo de las acciones y omisiones deliberadas de Israel - en violación de la Convención sobre el Genocidio y de la Orden de la Corte. Esto incluye los intentos deliberados de Israel de paralizar el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas ('OOPS'), del que dependen para su supervivencia la inmensa mayoría de los hombres, mujeres, niños y bebés palestinos asediados, desplazados y hambrientos", escribe Sudáfrica."                   (Consortium News 07/03/24; traducción DEEPL)

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