Miguel Pasquau Liaño @miguelpasquau
1. La incautación del móvil de un Fiscal General es una medida de extrema trascendencia. No sólo para él, sino también respecto de quienes, por sus funciones, se han relacionado con él: ministros, magistrados, fiscales, policías, periodistas, autoridades extranjeras.
2. Nadie discute que sea posible: lo ha acordado un magistrado del TS, órgano competente por aforamiento. Si se tratase de la investigación de un delito como un golpe de Estado, un asesinato, etc, nadie tendría dudas de su pertinencia.
3. Pero se ha hecho para investigar la autoría de una filtración de algo que
a) ya era conocido por el público;
b) no revela datos personales de carácter íntimo (era algo que por su finalidad acabaría teniendo que ser conocido)
c) no tenía la consideración de "secreto oficial".
Con esto no digo que esa filtración no sea delito, o que sí lo sea. Esa es otra cuestión. Lo que sí digo es que, aunque fuera delito, sería una de las filtraciones de menos entidad que cabe imaginar. Y eso sí importa a los efectos de valorar la proporcionalidad de la medida.
Al margen de que afecte a las entrañas del Estado el nivel de blindaje del móvil de un Fiscal General (o del Pte del Gobierno, o del Rey, o del Pte del TS), una medida así, respecto de cualquier ciudadano, sólo se justifica pª la investigación de delitos de cierta entidad
Si se generaliza el criterio de que para investigar una filtración a prensa de una actuación procesal se puede incautar el móvil de los sospechosos (jueces, policías, fiscales, abogados), prepárense los Juzgados para saltar por los aires.
La información contenida en móviles y correos electrónicos de un Fiscal General puede ser, más que presumiblemente, extremadamente delicada. Imagínense el bochorno para el Tribunal Supremo si ahora algo de ese contenido se filtra a algún medio.
11:46 a. m. · 31 oct. 2024 105,3 mil Reproducciones
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