"La Audiencia de Madrid `salva al soldado Nacho Cano´y se amplía el fuego contra la jueza Iglesias en el caso González Amador .
Los
jueces reproducen como suyos exclusivamente los argumentos de la
defensa del productor y se apoyan en la jurisprudencia del antiguo
delito de tráfico ilegal de personas, reformado en 2010 y 2015.
La sección primera de la Audiencia de Madrid resolvió el pasado 11 de abril archivar la investigación contra el productor Nacho Cano y otros por un presunto delito del artículo 318 bis del Código Penal (tráfico ilegal de personas), a raíz de introducirse en España a jóvenes que trabajaron como becarios en el espectáculo musical “Malinche”, estrenado en enero de 2022, según un auto conocido el pasado viernes, día 25 de abril.
La jueza Inmaculada Iglesias, titular del juzgado de instrucción número 19 de Madrid, y el ministerio fiscal tenían previstas varias diligencias en el procedimiento, pero la Audiencia de Madrid ha considerado innecesario “tan prolija investigación cuando ya se ha dado una explicación razonable, de lo actuado se desprende una falta de indicios raciones suficientes de comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y de los extranjeros, con independencia de que cumplan o no los requisitos administrativos a valorar en otra jurisdicción, lo cual es ya entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al juzgado”.
No es posible conocer qué quiere decir la magistrada ponente del auto de la sección primera, Adela Viñuelas Ortega, cuando habla de de una investigación “tan prolija”.
Porque, según el diccionario de la Real Academia Española, la acepción “prolija” quiere decir cosas diferentes.
¿Minuciosa? ¿Cuidadosa? ¿Esmerada en exceso? ¿Pesada?
La jueza Iglesias había denegado en diciembre de 2024 la petición de sobreseimiento o. archivo de las actuaciones que solicitó la defensa de Nacho Cano. Su investigación tenía pendiente numerosas diligencias.
Lo normal es que la Audiencia de Madrid deje a una magistrada seguir adelante con su instrucción hasta terminar con las diligencias previstas.
Pero en este caso no ha sido así.
La Audiencia de Madrid ha cortocircuitado las diligencias y ha decidido que era el momento de poner punto final.
Por supuesto, no ha decidido conceder. como pedía la defensa de Cano, el sobreseimiento libre (archivo total que no puede reabrirse), sino el provisional, no sea que aparezcan nuevos indicios de delito.
Es lo que se hace cuando se resuelve a favor de una causa que presenta situaciones dudosas.
Pero el auto de la sección primera sostiene, según hemos citado, que no se debe seguir con las actuaciones “cuando ya se ha dado una explicación razonable”.
Y aquí está lo que podríamos llamar la “metodología” aplicada por la Sala de la sección primera de la Audiencia de Madrid.
En el auto dictado no se sigue el modelo clásico: relato de hechos, antecedentes con los argumentos de las partes.
Esto es: las razones de la jueza instructora Iglesias y del Ministerio Fiscal para denegar el sobreseimiento en diciembre de 2024 y que el recurso ha impugnado.
Pero tampoco están claros los fundamentos de derecho en que se basa la Sala con que empieza directamente la resolución.
Antes bien, la fundamentación está exclusivamente fundada en las alegaciones de la defensa del productor musical.
Es difícil, porque las líneas de demarcación son confusas, detectar dónde concluyen esas citadas alegaciones y comienza la fundamentación -los fundamentos de derecho- de la Sala.
Otro aspecto a señalar puede decirse de la jurisprudencia del Tribunal Supremo citada en el auto porque se refiere a la redacción del artículo 318 bis del Código Penal vigente hasta su modificación en 2010 y en 2015.
El auto se refiere en passant a la reforma del artículo 318 bis para afirmar que coexiste con otras dos provisiones ( artículos 312.1 y 313) dedicadas a los delitos contra los derechos de los trabajadores, los que, dice, quedan protegidos, mientras que los que corresponden a los ciudadanos extranjeros se contemplan en el 318 bis.
El auto, que no es recurrible, supone desde luego una victoria para Nacho Cano, quien había emprendido, desde la admisión a trámite de la querella, una cruzada contra la jueza Iglesias, contra quien se ha querellado por delito de prevaricación, sin éxito, una vez.
Ahora, tras su sobreseimiento ha anunciado una nueva querella contra ella.
Tanto Cano como la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, han acusado desde el comienzo de las diligencias al gobierno de Pedro Sánchez de utilizar las instituciones para perseguirles a ambos.
En el caso de Díaz Ayuso a raíz de las investigaciones que sigue la jueza Iglesias sobre los dos delitos fiscales y falsedad en las facturas presentados por Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso, y la pieza separada sobre negocios entre su pareja y el grupo sanitario Quirón, importante contratista, a su vez, de la Comunidad de Madrid.
Cano sostiene que el caso de González Amador recaló en el juzgado 19 de Madrid, cuya titular es la magistrada Iglesias, a través de un mecanismo de atribución fraudulento, y que no le correspondía instruir esa causa.
La unidad de acción entre Díaz Ayuso y Cano se ha vuelto a poner de manifiesto al conocerse el auto de sobreseimiento del productor musical.
El pasado viernes, precisamente, la presidenta de la Comunidad de Madrid realzó la victoria de Cano y acusó al gobierno de Sánchez de utilizar a las instituciones (léase juzgados) para perseguirle durante más de un año solo por el hecho de que el productor había expresado sus “preferencias políticas”. Es decir: su apoyo a Díaz Ayuso.
La presidenta hizo estas declaraciones con un papel escrito como guía. No nombró a la jueza Iglesias, pero la referencia a la jueza que a la vez investiga a González Amador, pareja de Díaz Ayuso, ha sido evidente, al denunciar que la investigación “ha sido un hecho gravísimo”.
La jueza Iglesias, que ha sido atacada sistemáticamente por Nacho Cano durante más de un año de instrucción, no solicitó nunca amparo ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Y a la vista de que Díaz Ayuso no la ha nombrado directamente tampoco está en condiciones de hacerlo ahora.
Pero las declaraciones de Díaz Ayuso han sido una advertencia muy clara contra ella en momentos en que la investigación de los lazos entre su pareja, González Amador, y ejecutivos del contratista, el grupo sanitario Quirón, se encuentran en una fase delicada para sus intereses.
(Ernesto Ekaizer , blog, 28/04/25)
"La pareja de Ayuso gana al Ayuntamiento en el caso de la obra en el piso y Almeida no recurre .
Alberto González Amador ha vencido judicialmente al Ayuntamiento de Madrid en el caso de las obras del piso donde convive junto a su pareja, la presidenta Isabel Díaz Ayuso. La sentencia del juzgado de lo contencioso número 14 de Madrid avala la reforma en la vivienda, que había sido considerada ilegal por el Consistorio de José Luis Martínez-Almeida. El fallo del 7 de marzo daba 15 días para recurrir en apelación, un plazo que el Ayuntamiento dejó pasar. La resolución ha sido adelantada este viernes por elConfidencial.com y a ella ha tenido acceso EL PAÍS. Los servicios jurídicos municipales no la han recurrido, al contrario que en muchos pleitos que pierden en el orden contencioso-administrativo, la vía judicial para resolver controversias entre ciudadanos y la Administración. La sentencia condena en costas al Consistorio, sin especificar la cifra.
El caso se remonta a agosto de 2022, cuando Amador inició una reforma en el piso que compró en el distrito de Chamberí, tras cometer un supuesto fraude fiscal de 350.910 euros. Como es preceptivo, el empresario comunicó al Ayuntamiento una obra de demolición por medio de una declaración responsable, pero el Ayuntamiento le ordenó la paralización porque Amador les había informado de que posteriormente ampliaría ese documento. El Consistorio le informó de que no es posible ampliar declaraciones responsables. No obstante, Amador envió ese segundo documento y la administración respondió con una nueva orden de paralización que repetía un texto idéntico al que había usado en su primera resolución de cese.
La jueza, Leticia Francisco Blanco, ha concluido que Amador estaba legitimado para hacer la obra debido a que el Ayuntamiento no se refirió en ningún momento a esa segunda declaración de Amador. La jueza ha fallado que el Ayuntamiento “hizo caso omiso” de aquella nueva solicitud de Amador, y eso a este le generó “una legítima duda” sobre si estaba habilitado para continuar con la reforma.
Además, la jueza ha determinado que el Ayuntamiento se equivoca al considerar que no se pueden ampliar las declaraciones responsables, porque esa opción sí está contemplada en la ley autonómica del suelo.
Las obras consistieron en una demolición de tabiques para redistribuir habitaciones, la renovación de acabados e instalaciones eléctricas, así como obras exteriores de sustitución, carpintería e instalación de toldos.
La sentencia data de hace un mes y medio, pero ni Ayuso ni el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, se han referido a ella. Amador sí habló sobre esta victoria ante la jueza que le investiga por cuatro delitos distintos, el pasado 10 de abril, cuando ya había expirado el plazo de recurso, pero la noticia no había trascendido.
Es infrecuente que el Ayuntamiento se rinda en primera instancia judicial en pleitos de este tipo. Fuentes jurídicas vinculadas al Consistorio indican que lo usual es que recurra sentencias desfavorables contra un procedimiento administrativo propio, especialmente los de disciplina urbanística. El Ayuntamiento de Almeida ha recurrido numerosos casos mediáticos, como los fallos que han beneficiado a los vecinos del Bernabéu o el cantón de limpieza de Montecarmelo, así como la ordenanza de veladores y terrazas o el plan de movilidad Madrid 360.
Un piso con polémica
La mudanza de Amador y Ayuso a este inmueble fue conocida en octubre de 2023, un año después de que el empresario comprara esta vivienda e iniciara la obra.
Sin embargo, la posible irregularidad urbanística no saltó a la prensa hasta marzo del año pasado, cuando fue revelada la investigación penal por fraude fiscal. Más Madrid presentó ese mes una denuncia por irregularidad urbanística con base en la información que aparecía en las bases urbanísticas del Ayuntamiento, donde figuraban las dos órdenes de paralización.
Una inspectora municipal visitó en mayo el inmueble y averiguó que Amador había concluido la obra a pesar de las órdenes de paralización. Los técnicos continuaron con el proceso de sanción y Amador recibió una orden de legalización firmada por el coordinador del distrito de Chamberí el 27 de mayo. Sin embargo, el expediente quedó paralizado después de que el empresario presentara un recurso judicial, según informó en julio El Debate.
La polémica en torno a la residencia de Ayuso también se ha extendido a un ático que se encuentra justo encima de este piso y que es usado por Ayuso y Amador. Desde hace meses, la oposición de izquierdas ha pedido explicaciones a la presidenta sobre la forma en que disfrutan de ese inmueble. El equipo de la baronesa se ha limitado a responder que ella no paga alquiler.
Lo que se ha sabido es que una empresa inmobiliaria propiedad del asesor fiscal de Amador compró ese ático en julio de 2023. Según contó el empresario a la jueza hace dos semanas, su intención era adquirir también esa vivienda, pero como no tenía liquidez le pidió a su asesor que le hiciera el “favor” de comprarlo y alquilárselo. Según su versión, lo alquila por 5.000 euros al mes y se ha reservado una opción de compra." (Fernando Peinado , Manuel Viejo , El País, 25/04/25)
"No fue una “gotera”. La obra sin permiso en la casa donde vive Ayuso arruinó un negocio familiar.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y su equipo han evitado pronunciarse acerca de la noticia de EL PAÍS sobre la obra sin autorización en el piso donde vive ella, a pesar de que puede calificarse como una infracción urbanística muy grave. Este jueves han ridiculizado un detalle que aparecía en esa información: el daño que causaron las obras a los vecinos y a un restaurante, insinuando que solo sufrieron una “gotera”. La realidad es que los desperfectos supusieron la ruina de una familia. Este periódico ha verificado fotos y vídeos que muestran los destrozos en el negocio ubicado en los bajos de su edificio, que acabó cerrando y declarándose en quiebra.
“¿Por qué cerró el bar de la casa que reformaba mi pareja antes de que fuera a vivir, cuya placa, arriba, era de la vivienda oficial de la época de Franco que tacha decenas de miles de inmuebles de todo Madrid?”, se ha preguntado este jueves la presidenta regional en el pleno de la Asamblea, acompañada por las risotadas de los diputados del PP. “¡La trama de corrupción del novio de Ayuso!”, ha seguido. “¿Puso suelo radiante o calefacción central convencional? ¿Orientó el aire acondicionado mirando al norte, al sur o a la azotea? ¿De verdad es el periodismo de investigación? ¿Creen que tenemos que llegar a algo tan absurdo?”, ha cuestionado. “Les animo a que me fiscalicen por mi gestión, y no por mi vida sentimental, que no le compete a nadie”.
La historia de este restaurante es bien conocida en el vecindario porque el negocio llevaba abierto desde 2013. Era regentado por una pareja de mediana edad con experiencia previa en hostelería que alquilaban el local a un gran propietario. Se trataba de una pequeña taberna con poco espacio interior y mesas exteriores, ubicada en una calle tranquila del distrito de Chamberí.
El local se inundó de aguas fecales en agosto de 2022, al poco de comenzar la obra en el piso que había comprado la pareja de Ayuso, Alberto González Amador, en la planta sexta. Según dos buenos conocedores de lo sucedido, que piden anonimato, un obrero dejó caer cascotes y ferralla por la tubería bajante. Estos escombros rompieron el techo del local y lo inundaron. El negocio se encontraba cerrado por vacaciones. Las imágenes a las que ha tenido acceso EL PAÍS fueron tomadas días después de los daños y circularon ampliamente entre clientela y vecinos. Las fuentes cercanas a los afectados cuentan que se había roto la manta acústica, que cubría techo y paredes con el fin de evitar que el ruido molestara a los vecinos. También se dañaron el aparato de aire acondicionado, la televisión, mesas y lámparas. Además, resultó afectada por humedades una de las paredes de la vivienda de la portera del edificio.
La pareja tuvo que enfrentarse a una costosa reforma de 8.000 euros y al cierre del negocio durante más de un mes, hasta finales de septiembre, el tiempo que les tomó adecentar el local, según estas fuentes. Esto supuso un lucro cesante que calcularon en otros 14.000 euros. En total, su seguro reclamó al de González Amador 22.000 euros. Estas fuentes añaden que las compañías que cubren a la pareja de hosteleros y al novio de Ayuso no se pusieron de acuerdo. Finalmente, los afectados solo recibieron 6.000 euros. Fuentes cercanas cuentan que los afectados no tenían dinero para pagar abogados y tampoco podían esperar años a que la justicia se pronunciara.
A la clientela le costó regresar porque todavía olía a aguas fecales, cuentan estas fuentes. “La gente canta, la gente sabe, y olía…”, dice una persona que frecuentaba el negocio. Los dueños trataron de paliar este tufo manteniendo ventanas y puertas abiertas. Poco después, Ayuso y su pareja fueron vistos consumiendo en el local.
Cuando llegaron las Navidades, se produjo una segunda inundación, de agua corriente. En esta ocasión, se mojaron los comensales durante una cena. También entró agua en los salones de las viviendas. Esta nueva avería fue la puntilla para los empresarios, que no volvieron a abrir. Los afectados entregaron las llaves del local en marzo de 2023 y al poco se declararon en concurso de acreedores.
Infracción muy grave
Las obras del piso donde vive Ayuso junto a su pareja habían comenzado en agosto de 2022. González Amador informó al Ayuntamiento el día 4 de ese mes del inicio de la obra, pero desobedeció dos requerimientos —uno el 2 de noviembre y otro el 13 de diciembre— en los que cargos municipales le exigían “la paralización y/o cese inmediato” de la reforma. No consta que inscribiera una nueva petición en ninguna de las tres bases de datos municipales donde se inscriben los trámites urbanísticos.
Las obras siguieron al menos hasta el 29 de diciembre, según el documento de un perito que las visitó. En este escrito, al que tuvo acceso EL PAÍS, se explica que la avería se origina en la “pérdida de agua de tuberías” en esa vivienda, “que está en obras”. Es más, según otros seis testigos directos, los trabajos continuaron hasta meses después. La noticia de la mudanza de la pareja a esta vivienda fue publicada por varios medios en octubre de 2023.
La normativa del Ayuntamiento califica como muy grave “la presentación de declaraciones responsables o solicitudes de licencias que incluyan documentación falsa, o que omitan datos o información de carácter esencial”, como es este asunto. Esta infracción prescribe a los tres años —en este caso en noviembre de 2025— y conlleva una sanción de hasta 3.000 euros.
Los medios han puesto el foco sobre esta vivienda tras conocer que González Amador la compró después de cometer un presunto fraude a Hacienda, desvelado por elDiario.es el 12 de marzo de este año. El mes anterior, la Fiscalía había denunciado a González ―y a otros cuatro colaboradores— por un presunto fraude fiscal de 350.951 euros. La cuantía corresponde a los ejercicios fiscales de 2020 y 2021.
Ayuso salió rápidamente en defensa de su pareja, pero horas después se conoció que González Amador había admitido su culpa ante la Fiscalía. Su objetivo era llegar a un acuerdo para pagar la cantidad adeudada y así reducir la posibilidad de acabar en la cárcel y de pagar una sanción hasta siete veces mayor que la cantidad defraudada.
El inmueble, de 183 metros cuadrados, está ubicado en Chamberí, una de las zonas más caras de la capital de España. Aquí el metro cuadrado se situaba en febrero en 6.271 euros, según el último informe de Idealista. Es decir, que un piso de 50 metros cuadrados cuesta, al menos, 313.500 euros. Y el de la presidenta y su pareja ascendería hasta 1.147.593 euros. Además, poco antes de la mudanza uno de los abogados de González Amador compró otra vivienda de similares dimensiones en la planta inmediatamente superior de ese edificio, en el ático. Se desconoce si ambos pisos han sido unidos." (Fernando Peinado , Manuel Viejo , El País, 05/04/25)
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