"Se puede comenzar eliminando el argumento falsamente ingenuo que
pretende imaginar un salario mínimo uniforme en todos los países.
Teniendo en cuenta las diferencias considerables en los salarios, sería o
bien demasiado bajo, o fuera de alcance.
Pero la propuesta obviamente
no es esa. Cuando hablamos del salario mínimo europeo tenemos que
entender: sistema de salarios mínimos. En cada país habría un salario
mínimo cuyo nivel tendría en cuenta su grado de desarrollo. No se trata
pues de un valor absoluto sino de un valor relativo. El objetivo es
definir una norma social europea común, pero adaptada a las realidades
de cada país.
Al igual que la línea de pobreza se mide en
relación con el ingreso mediano, el salario mínimo se definiría en
proporción al salario mediano (la mitad de los asalariados gana menos y
la otra mitad gana más). Y como la pobreza salarial también se define en
relación con el salario mediano, el objetivo principal está claramente
definido: hacerla retroceder.
Una larga letanía de ilusiones
En las diversas etapas de la construcción europea, nunca han faltado las promesas de un componente social.
La idea de un salario mínimo europeo se ha mencionado incluso durante
al menos 20 años. Por otro lado, la implementación de estas hermosas
resoluciones se ha pospuesto permanentemente a mejores días, y esto sin
duda contribuye a explicar la desafección de la ciudadanía en las
elecciones europeas. (...)
¿Por qué entonces no avanza este proyecto? Sin duda porque se
enfrenta a reticencias, entre las que figura el temor de una
equiparación a la baja. Sobre este tema se puede evocar un Documento de
la Dirección del Tesoro [de Francia] que, en 2014, exploraba la Pistas para el establecimiento de una norma de salario mínimo europeo .
Subrayaba que a nivel de la Unión Europea, “la fijación de un salario
mínimo común permitiría atenuar las posibilidades de dumping social y de
competencia excesiva sobre los salarios”y sugería que la norma europea
"Podría tomar la forma de un suelo de salario mínimo expresado en
porcentaje del salario mediano de cada país”. La Dirección del Tesoro proponía fijarlo en el 55% del salario mediano.
El interés de esta contribución es que provenía de Bercy [sede del
Ministerio de Hacienda francés, ndt] y legitimaba un proyecto que no era
completamente fantasioso. Pero, al mismo tiempo, el documento insistía
con fuerza sobre la necesidad de fijar en cada país el salario mínimo a
un nivel “adecuado” o “apropiado”.
En un primer momento, “el suelo podría establecerse así del 45% al 50% del salario mediano” y “en
una versión más ambiciosa, un objetivo a medio plazo podría ser fijado
al nivel correspondiente al futuro salario mínimo en Alemania, es decir
aproximadamente el 55% del salario horario mediano”. (...)
En Suecia y en Italia no hay salario mínimo interprofesional, y es
cierto que los sindicatos de esos países no lo quieren. Están apegados a
las negociaciones de rama o sectores de actividad y temen una
estatización que reduciría su capacidad de negociación. Piensan que
generaría el riesgo de un ajuste hacia abajo, no ya entre los países
sino, en esta ocasión, entre sectores de actividad.
Es un hecho que en
Suecia los mínimos convencionales son netamente superiores al umbral del
60%, incluso en los sectores peor pagados. Pero ¿qué decir de Italia
donde el mínimo convencional era en 2015 de 6,8 euros en el sector de la
limpieza?
Esta posición no tiene en cuenta la lección alemana.
Los poderosos sindicatos de industria se oponían, con los mismos
argumentos, a la propuesta de un mínimo interprofesional avanzada por
Verdi, el sindicato de los servicios. Si cambiaron de parecer se debió
fundamentalmente a la disminución de la cobertura de la negociación
colectiva. El salario mínimo interprofesional apareció entonces como un
suelo que limita la caída hacia abajo.
Por otro lado, en 2017,
la Confederación Europea de Sindicatos, aunque dividida, consiguió
llegar a un acuerdo sobre una resolución que afirma que los salarios
mínimos en Europa deberían corresponder a salarios dignos (living wages) al menos iguales al 60% de las remuneraciones medianas. (...)
La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea ,
adoptada en el 2000, no dice nada sobre la cuestión salarial, ni
incluso sobre el derecho a un salario digno. De esta forma marca una
regresión en relación con la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores ,
adoptada en 1989, que hacía del derecho a una “remuneración equitativa”
un derecho social fundamental [en su art. 5, ndt].
De forma más
explícita, el artículo 153-5 del Tratado sobre de Funcionamiento de la Unión Europea estipula que sus competencias “no
se aplicarán a las remuneraciones, al derecho de asociación y
sindicación, al derecho de huelga ni al derecho de cierre patronal”.
Pero ese artículo pone de relieve una hipocresía total si se recuerda
hasta que punto esa regla se infringe cada vez que la Comisión hace
recomendaciones a favor de la moderación salarial y de la
flexibilización del mercado del trabajo. Y en el caso de los países
llamados en crisis (Grecia, Irlanda y Portugal), hay que acordarse como
condicionó la troika su apoyo financiero a la puesta en práctica de reformas estructurales, que afectan directamente a la política salarial.
Y eso continúa, también en relación con las elecciones europeas. Hace algunos días, la nota de coyuntura de Eurobank, uno de los principales bancos griegos, informaba a sus lectores que: “las
medidas pre-electorales anunciadas la última semana por el Primer
Ministro griego Alexis Tsipras fueron acogidas con una cierta prudencia
por las instituciones europeas que expresaron su intención de examinar
esas medidas en profundidad. Si se muestra que están en contradicción
con los compromisos de Grecia en el marco del programa de vigilancia,
las instituciones podrían decidir demorar el próximo tramo de
restitución de las ganancias realizadas sobre los títulos griegos”.
Una crónica anterior señalaba un notable estudio
que mostraba que en Estados Unidos los aumentos del salario mínimo
benefician a quienes perciben salarios bajos, sin destruir empleos.
Attila Lindner, uno de los coautores de ese estudio, acaba de publicar
otro, Who Pays for the Minimum Wage , redactado con Péter Harasztos, un colega húngaro (a publicar en la American Economic Review,
una revista académica). Se basa en una “experiencia natural”, el fuerte
aumento –de casi el 60%- del salario mínimo que tuvo lugar en Hungría
en el 2001, que la hizo pasar del 35% al 55% del salario mediano.
Tras un análisis extraordinariamente minucioso y que utiliza una
modelización completamente ortodoxa, los autores concluyen lo siguiente:
“teniendo en cuenta el efecto relativamente débil sobre el
empleo, nuestros resultados sugieren que los salarios mínimos podrían
constituir un útil eficaz para redistribuir el ingreso de los
consumidores a los trabajadores de salarios bajos, sin pérdida
importante de eficacia”.
Parece pues que sería posible
un consenso bastante amplio sobre la idea de que un sistema de salario
mínimo europeo sería racional y deseable. Sin embargo, ese proyecto
tiene el riesgo de quedar en punto muerto, a pesar de que no sería más
que una respuesta muy parcial a los desequilibrios intrínsecos de la
Unión Europea y más específicamente de la zona euro. ¿Habría que ver en
ello el indicio de una incapacidad congénita de la construcción europea
para deshacerse de su lógica ultra-competitiva?”. (Michel Husson, Viento Sur, 23/05/19)
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