23.10.24

Ayer se aprobó la toma en consideración de la denominada Ley REDAL, un texto legal fundamental para la protección y la justicia con millones de familias afectadas por los abusos de la banca en los contratos hipotecarios

 "El Pleno del Congreso de los Diputados aceptó la toma en consideración de la denominada Ley REDAL, no aprobó la proposición de Ley, ni va a ser publicada en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado, tal y como se ha escuchado y publicado en algunos ámbitos. Esta ley, cuyo responsable principal es el diputado Félix Alonso, de Sumar, es muy importante para millones de afectados por los abusos de la banca en los contratos hipotecarios. Sin embargo, no se puede crear falsas expectativas en estas personas.

Friedrich Nietzsche afirmó que «la esperanza es el peor de los males, pues prolonga el tormento del hombre». Por esa razón, es cruel que se creen falsas esperanzas porque las personas afectadas no pueden creer lo que no es.

Lo que sucedió ayer en el Congreso de los Diputados fue el punto de partida. A partir de hoy los diferentes grupos parlamentarios tienen 15 días para la presentación de enmiendas que pueden ser a la totalidad o al articulado. Las primeras se dividen entre aquellas de devolución y las de texto alternativo. Así, cuando un grupo parlamentario ve inoportuna la tramitación del texto o se opone a su contenido, presenta una enmienda de devolución, para que la iniciativa no se tramite. Por su parte, las enmiendas de texto alternativo rechazan el contenido de la iniciativa, al tiempo que proponen un texto articulado diferente.

Durante estos quince días, plazo que es prorrogable, los diputados pueden presentar enmiendas al articulado, es decir, incluir una modificación parcial del texto original: sustituir un texto por, incorporar nuevo articulado o suprimir algún fragmento de la iniciativa.

A partir de este momento, la Ley REDAL tendrá que pasar primero por el debate de la ponencia, es decir, el grupo de diputados constituido en el seno de la comisión que debatirá la iniciativa a puerta cerrada, tanto el texto tramitado como las enmiendas presentadas. Esta ponencia tiene capacidad para proponer una nueva redacción aunque ésta no esté recogida por las enmiendas. El informe final de la ponencia incluirá el texto final de la proposición surgido de las enmiendas y las nuevas redacciones aprobadas por voto ponderado.

Ese documento pasa a la comisión, órgano que ratifica, debate y vota el informe de la ponencia, junto con las enmiendas que no fueron incluidas. Tras el debate, se votan las enmiendas al articulado y las transaccionales, si se presentan. Los acuerdos de la comisión se aprueban por mayoría simple.

El texto final surgido de la comisión se eleva al Pleno, aunque el Reglamento del Congreso permite, dependiendo del caso, que se delegue en la comisión para aquellas proposiciones o proyectos de Ley que son de obligatorio debate en el Pleno, tal y como se recoge en la Constitución.

La Ley REDAL, en el momento de debatirse en el Pleno, terminará con una votación de las enmiendas que se mantengan vivas y que no han sido ya incorporadas al texto. La aprobación definitiva se exige con mayoría absoluta o simple. Si se aprueba, pasa al Senado que la puede aprobar, vetar o devolver al Congreso. Si sucede esto último, volverá a debatirse en el Pleno. De aprobarse, será entonces cuando se promulgue y publique en el BOE.

Este es un resumen del procedimiento parlamentario. Ahora empieza el camino de verdad y queda mucho trabajo por hacer. Pero el primer paso ya está dado."

 ( , Diario16+, 23/10/24)

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