"Ni la nueva confluencia de izquierdas ni la propuesta de Gabriel Rufián han logrado concitar la unidad y el apoyo que este martes expresaron los distintos dirigentes a la izquierda del PSOE ante lo que denominan un caso de "lawfare de manual", en palabras de Manuela Bergerot (Más Madrid), y de "persecución insoportable", como subrayó el ministro Pablo Bustinduy desde la sala de prensa de Moncloa. Mónica Oltra, exvicepresidenta del Consell y exconsellera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat, se sentará en el banquillo por el supuesto encubrimiento de los abusos sexuales de su exmarido a una menor tutelada.
Y lo hará por el empeño de la Audiencia Provincial de València, cuyo criterio se ha impuesto al del Juzgado de Instrucción 15 de València, que ha emitido hasta tres resoluciones favorables al archivo, y al del Ministerio Fiscal. Se consuma así la advertencia hecha por la propia política Compromís al anunciar su dimisión forzada en junio de 2022 tras ser imputada: "Esta historia pasará a la historia de la infamia política, jurídica y mediática de este país".
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València se vuelve a poner del lado de las acusaciones de esta causa, que tienen un marcado tinte ultra. Por un lado, el presidente del partido ultraderechista España 2000, José Luis Roberto, ejerce como abogado de la víctima. Por otro, Vox y la asociación Gobierna-Te, la entidad de la ultraderechista Cristina Seguí, cofundadora de Vox, ejercen como acusación popular.
En el marco de esta causa tampoco hay que pasar por alto "la pista del dinero", como puso encima de la mesa la propia Oltra. La exdirigente acompañó esta afirmación con una fotografía muy ilustrativa, en la que aparecían Alberto de Rosa, entonces presidente del Grupo Ribera Salud y hermano del juez Fernando de Rosa (exconseller de Justicia con Francisco Camps); el propio expresident de la Generalitat y Cristina Seguí, poco antes de abrirse la investigación judicial.
Cabe recordar además que el Grupo Ribera Salud era el gestor de dos hospitales de titularidad pública durante los gobiernos del PP que fueron devueltos al sistema público con el Ejecutivo del Botànic, formado por los socialistas valencianos, Compromís y Unidas Podemos.
El tribunal: "No puede negar a las acusaciones la apertura del juicio oral"
Como ya hizo en junio de 2024, cuando reabrió la causa tras archivarse por primera vez, la Audiencia revoca ahora las dos últimas resoluciones del juzgado de instrucción dictadas en junio y diciembre del año pasado, que acordaron el sobreseimiento del caso por falta de indicios.
La Sala estima así parcialmente en un auto notificado este martes los recursos de apelación interpuestos por la acusación particular y dos acusaciones populares contra la decisión del órgano instructor de sobreseer provisionalmente las diligencias y denegar esa apertura de juicio oral.
"Si existe probabilidad de que los hechos puedan ser apreciados como subsumibles en una conducta, por acción u omisión, valorable razonablemente por las partes acusadoras como delictiva, aun cuando el magistrado instructor no comparta tal valoración, no puede negar a las acusaciones, que han formulado escrito de acusación (…) la apertura del juicio oral, porque es lo que procede en derecho", precisa el tribunal.
El auto de la Audiencia Provicial de València, al que ha tenido acceso Público, señala el hecho de que la Conselleria no comunicara a los presuntos abusos a la Fiscalía de Menores, lo que la Audiencia califica como "silencio" y "omisión" a tener en cuenta.
"La Conselleria, como 'tutora' de la menor, tenía, como tal, las obligaciones de garante de la menor que tal tutela le confería, y la obligación de haber puesto los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Menores, sin perjuicio de alegar ante ella su valoración de la inocuidad de los mismos. Solo la Fiscal de Menores estaba llamada a valorarlo. No se hizo", afirman los magistrados.
Tres resoluciones favorables al archivo frente a un mismo empeño
La primera propuesta de archivo llegó el 2 de abril de 2024. Tras dos años de investigación, titular del Juzgado de Instrucción 15 de València, Vicente Ríos Segarra, decretó el sobreseimiento provisional de la causa contra la exvicepresidenta del País Valencià y los otros 14 investigados, que eran cargos de la Consellería de Igualdad y también responsables del centro de menores donde ocurrieron los abusos por los que el exmarido de Oltra fue condenado a cinco años de prisión.
El juez concluyó que no existe "un solo indicio de que se dictara orden o instrucción alguna emanada de los cargos directivos de la Conselleria dirigida a ocultar los hechos ni a desacreditar a la menor". "Todos y cada uno de los indicios que fundamentaron en su momento las imputaciones judiciales provisionales contra las personas investigadas se han desvanecido por completo una vez practicadas todas las diligencias necesarias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos investigados", consta en el auto.
Sin embargo, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València ordenó reabrir la causa. "Tras examinar el resultado de la instrucción practicada, que se expone de forma pormenorizada en la resolución impugnada, la Sala estima, discrepando del criterio del instructor, que no puede descartarse claramente la comisión de infracción penal, siendo posible identificar, en relación a determinadas actuaciones, una suficiencia indiciaria que justifica la continuación del procedimiento", señalaron los magistrados.
Poco más de un año después, en junio de 2025, el juez instructor archivó de nuevo el caso contra Oltra y el resto de acusados al entender que "no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes". La decisión del magistrado coincidió "plenamente" con el criterio de la Fiscalía, que consideró que los hechos "no son constitutivos de infracción penal alguna".
Más tarde, el pasado mes de diciembre, la jueza sustituta del Juzgado de Instrucción 15 de València desestimó los recursos de las acusaciones populares contra el auto que denegaba la apertura de juicio oral contra política de Compromís. Y lo hizo en sintonía con la postura mostrada por la Fiscalía.
En lo relativo al recuso de la asociación de Cristina Seguí, el Ministerio Fiscal destacó "la imprescindible concreción singularizada, fáctica y subjetivamente, de los indicios que tan enfáticamente se invocan como del debido respeto a la narración de hechos fruto de la investigación contenidos en el auto de incoación de procedimiento abreviado". Unos argumentos similares empleó para referirse al recurso del partido de Santiago Abascal.
Este auto confirmaba la decisión del juzgado de instrucción de archivar un caso que ahora, lejos de cerrarse, se encamina a la apertura de juicio oral."
(Pilar Araque Conde , Público, 24/02/26)
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