21.6.19

¿Cómo se ha convertido el empleo en España en un barril de pólvora? Tres son los elementos que han dado lugar al comportamiento tan volátil del empleo en España...

"(...) La mayor capacidad de adoptar decisiones empresariales que supongan destrucción de empleo es el verdadero fondo de todo este asunto, y aquí es donde se concentran las mayores diferencias entre los otros países (con regulaciones y prácticas muy restrictivas) y el nuestro (donde sucede todo lo contrario).

Tres son, a nuestro juicio, los elementos que han dado lugar al comportamiento tan volátil del empleo en España y a la sobre reacción del empleo a las caídas del PIB.

En primer lugar, la considerable proporción de empleo temporal, la más elevada de la UE: más de la cuarta parte de los asalariados, si lo medimos como stock en un momento del tiempo, pero varios millones más si consideramos el flujo de personas diferentes que a lo largo del año trabajan con algún contrato temporal o con más de uno.

Una constante desde hace más de treinta años que no está relacionada con la presencia de actividades estacionales, como hace unos días volvió a reconocer la Unión Europea: “El uso aún generalizado de contratos temporales, incluso en los sectores menos tendentes a la actividad estacional o cíclica, si bien está disminuyendo progresivamente, figura entre los más altos de Europa y podría suponer un obstáculo para la capacidad de crecimiento de España y su cohesión social” (Recomendación del Consejo relativa al Programa Nacional de Reformas de 2019 de España y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2019 de España). Por cierto que las estadísticas no muestran reducción alguna.

Esa utilización excesiva de la contratación temporal en actividades que no lo son no responde a lo regulado y autorizado por el ordenamiento jurídico y pone de manifiesto la existencia de un elevado y permanente nivel de fraude en el uso de los contratos temporales (cuyas causas y soluciones han sido analizadas en trabajos anteriores). Lo cual implica que el ajuste del empleo sea, al inicio de las crisis, de enorme rapidez e intensidad desde el primer síntoma de depresión del crecimiento del PIB.

La segunda causa de la volatilidad del empleo tiene que ver con la (des)regulación del despido. Cuantitativamente, esta ha sido mucho mayor que la pérdida de empleo temporal. Sucesivas reformas de su regulación (1980, 1994, 1997, 2002, 2012) han reducido drástica y repetidamente las indemnizaciones, cuyo coste es hoy solo una minoritaria fracción del que era a mediados de los años noventa (recuerden el aumento de la intensidad en la pérdida de empleo, que se constata en el gráfico del Banco de España, de la anterior crisis de 1992 a esta última) y con ello se han estimulado considerablemente los despidos.  (...)

La tercera causa se encuentra en la ausencia en el ordenamiento laboral español de una regulación de la prevalencia en los sistemas de ajuste, así como de mecanismos de adaptación de las empresas a las crisis que protejan el empleo.

Por una parte, no existe una regulación que jerarquice los métodos de respuesta de las empresas a las necesidades de ajustes, ni una prelación de esos métodos según la intensidad de esas necesidades:
  • La legislación define un menú amplio de posibilidades, entre las cuales la empresa opta libremente (regulaciones temporales de empleo, inaplicación de los convenios, reducciones salariales y de condiciones de trabajo, despidos individuales o colectivos).
  • La trivialización de las causas económicas (y también las restantes) de los despidos realizada por la reforma laboral de 2012 hace que cualquier eventualidad de la empresa, por mínima que sea, pueda dar lugar a las medidas más duras: los despidos.
  • Dado que no existe prelación alguna, las empresas pueden utilizar cualquiera de las medidas disponibles o incluso una combinación simultánea de las mismas.
Por otra parte, tampoco existe en la regulación una diferenciación entre las causas o naturaleza de los ajustes que permita diferenciar los métodos y medidas que se deben utilizar, según las razones sean:
  • Coyunturales (adaptación a una caída temporal de las ventas, o a una recesión económica cíclica).
  • O estructurales (respuesta a la falta de viabilidad económica de la empresa, falta permanente de competitividad y adaptación al mercado, o necesidad de realizar ajustes tecnológicos u organizativos).
La regulación (o su ausencia) permite que se adopten decisiones permanentes (destrucción de empleo) para causas puramente coyunturales.  (...)

En suma, las tres causas apuntadas constituyen los tres aspectos esenciales que explican por qué la elasticidad y volatilidad del empleo en España, evidenciadas por el Banco de España, son tan superiores a los restantes países del entorno. (...)"              (Antonio González , Economistas frente a la crisis, 11/06/19)

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